La imputación de la Fiscalía, a los exministros de Interior y Hacienda, se basa en el supuesto de la existencia de unos “cupos indicativos”, a partir de los cuales se da un acuerdo criminal y compra de congresistas para favorecer los proyectos del gobierno. La base de todo lo anterior son esos “cupos” que se convierten en moneda de cambio, en actividades informales y sin planeación. ¿De dónde salen y quién los administra?
Lo que existe en Colombia es un procedimiento reglamentado de elaboración, trámite y ejecución del Presupuesto General de la Nación (PGN), con vigencia para un año fiscal.
La elaboración del PGN empieza en el mes de febrero, de cada año, con las solicitudes de anteproyecto de todas y cada una de las entidades del gobierno, 163 secciones, desde la 0101, Congreso de la República, hasta la 4604, Instituto Nacional Para Ciegos (INCI). Con esa información preliminar, la dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), consolida y radica en el Congreso, como Anteproyecto, en la primera semana de abril.
Entre abril y julio se desarrollan mesas de trabajo sectoriales con los respectivos ordenadores de gasto de cada entidad y sus equipos de planeación y presupuesto, con el objetivo de consolidar y depurar información. Con el Marco de Gasto de Mediano Plazo (MGMP) se establece el límite presupuestal asimilable al cumplimiento de metas. Luego, se presenta al Consejo de Ministros y con autorización del Presidente se radica el proyecto de Ley en el Congreso en los diez primeros días de la legislatura.
Con plazo de radicación del PL, hasta el 29 de julio, empieza el trámite en el Congreso, son 83 días, que van hasta el 20 de octubre, en los que el proyecto de presupuesto es evaluado y sujeto a modificaciones, con el cumplimiento de tres plazos inflexibles: i) aprobar un monto, hasta el 15 de septiembre, ii) aprobar en primer debate, en Comisiones Económicas conjuntas, terceras y cuartas de Senado y Cámara, hasta el 25 de septiembre, y iii) aprobar en segundo debate, en plenarias de Senado y Cámara, hasta el 20 de octubre.
El PGN para el 2024 se tramitó a lo largo del año 2023, las fases previas se dieron en el MHCP, Consejo de Ministros y Presidencia, se radicó el 29 de julio, nombraron ponentes y coordinadores en las cuatro Comisiones Económicas, convocaron diversas reuniones con entidades y una Audiencia Publica en Barranquilla, el 8 de septiembre.
Los días 18 y 19 de septiembre hubo varias reuniones relacionadas, una de más de seis horas en el piso 7 del Ministerio, dirección de Presupuesto, la noche del 18, con grupo de compromisarios para acordar los términos de la ponencia para primer debate, con información de propuestas que iban y venían. El borrador de ponencia fue socializado en la mañana del 19 y radicado para convocar primer debate el 20 de septiembre, aprobándola.
La señora María Alejandra Benavides, en su función de enlace con el Congreso, participó marginalmente y recibió información privilegiada que, como quien escucha las conversaciones en las mesas de al lado y mira detrás de las cortinas, convirtió en relato, que trasladó a Fiscalía y Corte Suprema, de actos presuntamente ilegales, de donde surge la acusación de “concierto para delinquir” y “acuerdo criminal”.
La ponencia acordada la noche del 18 de septiembre fue votada y aprobada en primer debate el 20 de septiembre. Luego siguieron otras reuniones, en preparación del segundo debate, que se concretó el 17 de octubre, con una nueva ponencia, radicada ese mismo día, y convocatoria para segundo debate, en plenarias Senado y Cámara, el 18 de octubre, cuando el Congreso aprobó el PGN 2024. Al ser sancionado, se convirtió en la Ley 2342 del 15 de diciembre de 2023. Se liquidó con el decreto 2295 de 29 de diciembre de 2023, modificado por el decreto 0163 de febrero 14 del año 2024.
El PGN aprobado el 18 de octubre y sancionado como Ley 2342/23 tiene las siguientes características: i) se aprobó un monto de $502.6 billones, el mismo que propuso el Gobierno, ii) en el primer debate, las Comisiones Económicas propusieron redistribuir el presupuesto en $1.8 billones, reduciendo recursos en los sectores de Trabajo, Hacienda y Planeación para asignarlos en Igualdad, Transporte, Agricultura y Vivienda, y iii) en el segundo debate, de plenarias, los ponentes propusieron hacer una segunda redistribución, por $3.1 billones, reduciendo más recursos de Hacienda y Trabajo, para asignarlos en Defensa y Policía, Igualdad, Rama Judicial e Interior.
La función del Congreso en materia presupuestal se cumplió efectivamente, aprobó el monto, aprobó las grandes partidas del presupuesto, y realizó modificaciones efectivas por $3.8 billones, a manera de redistribuir los recursos entre sectores y entidades, sin modificar el monto establecido, todo asignado a nombre de personas jurídicas del Gobierno Nacional Central, que tienen su respectivo representante legal y ordenador del gasto. No hay una sola partida a nombre de personas naturales y, mucho menos, de congresistas.
Esta función del Congreso es la que identifican algunos como “cupos indicativos” y “acuerdo criminal” entre el Ministerio de Hacienda y las Comisiones Económicas. Cuando se pregunta a qué llaman “cupo indicativo”, dicen que es presupuesto asignado para que congresistas ejecuten, no hay ninguna partida a nombre de congresistas y ninguno de ellos es ordenador del gasto en el ejecutivo nacional. El acuerdo reflejado en las ponencias y versión aprobada del presupuesto no es “criminal”, si la Fiscalía lo considera así, tendrá que demandar la Ley, aun cuando el PGN de 2024 ya caducó, era efectivo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de dicho año.
* El autor de este texto corresponde al exministro de Hacienda
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