El 24 de julio de 2025, cuando estaba en furor el debate sobre la intención del presidente Gustavo Petro de alcanzar mayorías en la composición de la Corte Constitucional, Felipe Harman, director de la Agencia Nacional de Tierras, llegó al alto tribunal con una demanda que busca que el gobierno se convierta en un juez agrario y pueda disponer y distribuir predios en todo el país sin la intervención de ninguna otra autoridad.
Faltaban todavía nueve días para la elección del exdefensor del pueblo Carlos Camargo como magistrado, con lo cual la Casa de Nariño vería frustrada su supuesta intención de “tomarse” la Corte, pero Harman se encontró allí con un viejo amigo: el magistrado Vladimir Fernández, exsecretario jurídico de Petro.
El 18 de septiembre siguiente Fernández, como sustanciador del asunto, terminaría admitiendo la demanda y abriendo la posibilidad que el gobierno, ante la ausencia los jueces agrarios que aún no han sido nombrados, disponga discrecionalmente de las tierras para la reforma agraria que hace parte del Acuerdo de Paz con La Habana.
La demanda ataca parcialmente diez artículos del decreto ley 902 de 2017 relacionado con una reforma rural integral en materia de acceso a la formalización de tierras. Su autor sostiene que como aún no están actuando los jueces especializados agrarios se están demorando demasiado los trámites de asignación de tierras en desmedro de los derechos fundamentales de los campesinos.
Así, tras insistir en que la fase judicial del procedimiento único condena al campesinado a una “administración de justicia nugatoria de sus pretensiones”, Harman sugiere a la Corte que, mientras la jurisdicción agraria entra en funcionamiento, le permita a la Agencia Nacional de Tierras seguir decidiendo de fondo los procesos.
El magistrado Fernández terminó admitiendo la demanda, luego de dictar pautas sobre la manera como debía ser corregida y abrió el camino para su trámite.
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En esa dirección, ya pidió el concepto de la Procuraduría Nacional de la Nación y ordenó invitar a las principales universidades del país y a los ministerios y agencias del gobierno interesados en el tema para que participen en audiencias públicas previas a la decisión. Su auto apenas menciona que la Jurisdicción agraria ya fue creada mediante un acto legislativo o de reforma constitucional y que solo hace falta integrar los cargos de los jueces especializados.
Una de las cosas que más inquietan a los especialistas es que, si prospera la demanda como está proyectada, las decisiones del gobierno sobre las disposiciones de las tierras se darían en instancia única porque serían inapelables.
Por ahora se ha determinado que la Agencia de Tierras no ha tenido los mejores logros a la hora de adjudicar tierras, pues lo ha hecho en áreas protegidas ambientalmente o en otras carentes de agua y servicios fundamentales para sacar adelante los proyectos productivos.
Harman lo niega y sostiene que la demanda busca corregir un traslape de competencias entre los jueces de lo contencioso administrativo y los civiles del circuito. “Mientras estos pueden estar llamados a decidir asuntos de orden contencioso administrativo, aquellos, en contravía de su naturaleza, podrían verse abocados a resolver asuntos de índole privada”, aseguró ante la Corte.
Mientras tanto, según él, están en vilo los derechos del campesinado de acceso a tierras dignas para construir riqueza.
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