Opinión

El guardián de la Constitución y el hijo que no cabía en su relato

Cuando el presidente de la Corte reescribe su historia personal humillando a una mujer y a un hijo, el problema ya no es privado, es constitucional

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diciembre 18, 2025
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Hay historias que se cuentan solas por acumulación. No por una frase, no por una entrevista, no por una retractación tardía. Se cuentan porque el tiempo las va ordenando y, cuando uno mira la línea completa, la pregunta aparece sola: ¿esto es compatible con presidir la Corte Constitucional?

La historia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar con el hijo que durante años negó e invisibilizó no comenzó ahora. Es una historia larga, marcada por la ausencia, por el desconocimiento y por una disputa que, en cualquier otro caso, habría permanecido en la esfera privada. Pero Ibáñez no es “cualquier otro”. Hoy es el presidente del tribunal que le exige al país entero respetar la dignidad humana, la igualdad y los derechos fundamentales.

El punto de quiebre llega cuando, ya investido con esa autoridad, decide decir en público que ese hijo fue concebido porque su madre lo drogó y abusó sexualmente de él. No lo dice en un proceso judicial. No lo prueba. Lo lanza como relato. Con nombre propio. Con consecuencias devastadoras. Y luego, un juez le ordena retractarse por vulnerar la honra y el buen nombre de la mujer.

Aquí conviene detenerse. Porque incluso si uno dejara de lado, por un momento, la gravedad de la acusación, la estructura del daño es evidente. Ese relato no solo cosifica y estigmatiza a la mujer; humilla al hijo de una manera todavía más cruel: lo convierte en el “resultado” de un abuso inexistente, en una prueba viviente de una historia que no eligió, en una carga simbólica que se le impone públicamente después de años de negación y silencio.

Eso no es una “defensa personal”. Es el ejercicio del poder narrativo desde arriba

La Corte Constitucional ha dicho, una y otra vez, que la violencia basada en género no se reduce a la agresión física. Existe también como violencia simbólica, psicológica e institucional, especialmente cuando se ejerce desde posiciones de autoridad y reproduce estereotipos que revictimizan a las mujeres. Sentencias recientes han sido claras en advertir que las autoridades no pueden reforzar prejuicios ni trasladar cargas de descrédito a las mujeres, y que hacerlo constituye una forma de violencia institucional incompatible con la Constitución.

El sistema interamericano va en la misma dirección: la Convención de Belém do Pará obliga a los Estados, y a sus agentes, a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, lo que incluye eliminar estereotipos y exigir especial diligencia a quienes ejercen poder público. No es un discurso moral. Es derecho vigente.

Por eso la discusión no es si Ibáñez incurrió o no en injuria o calumnia. Ese es un debate menor. El debate constitucional es otro: si quien preside la Corte puede protagonizar un episodio que, por su contenido y por su efecto, encaja en los patrones de revictimización y violencia institucional que la propia Corte condena en sus fallos.

Y hay un elemento que agrava todo: la retractación. No porque retractarse sea incorrecto rectificar es una obligación cuando se vulneran derechos,  sino porque aquí la retractación no repara el daño. Lo confirma. La retractación no borra la escena pública; la deja fijada. Y en ese proceso vuelve a golpear a quienes dice proteger: a la mujer, obligada a revivir el señalamiento; y al hijo, recordado una vez más como alguien cuya existencia ha sido disputada, negada y ahora públicamente degradada.

Entonces la pregunta no es jurídica en sentido estrecho. Es institucional y ética:

¿así debe actuar el guardián de la Constitución colombiana?

¿Con esa liviandad frente a la dignidad de una mujer?

¿Con esa indiferencia frente a la dignidad de un hijo?

¿Con esa facilidad para convertir una historia íntima en relato público y luego “arreglarla” con una retractación?

La presidencia de la Corte Constitucional no es un cargo para “resistir polémicas”. Es una función simbólica de máxima responsabilidad. Representa la promesa de que el poder también se somete a límites, de que la dignidad no es negociable y de que la igualdad no es retórica.

Por eso, cuando quien preside la Corte queda asociado por hechos públicos y decisiones judiciales, a una historia que humilla, estigmatiza y revictimiza, la salida proporcional no es un comunicado ni un silencio estratégico. Es una decisión institucional: apartarse de la presidencia para proteger a la Corte de su peor riesgo, que no es el escándalo, sino la incoherencia.

Porque una Corte que exige enfoque de género, no puede ser presidida por una historia que termina diciendo, en la práctica, que el poder puede negar, invisibilizar y luego reescribir la vida de una mujer y de un hijo sin consecuencias institucionales.

Y eso, en un Estado constitucional de derecho, no es un asunto privado. Es una falla grave del ejemplo público.

@Hombrejurista

Del mismo autor: Habeas data algorítmico: el derecho que necesitamos antes de que la máquina decida

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