Hasta un mes y siete días antes de posesionarse como magistrado de la Corte Constitucional, el abogado laboralista Héctor Carvajal se desempeñaba como asesor del gobierno en temas pensionales y ejecutaba un contrato por seis meses que le representarían honorarios por cerca de $300 millones como analista de alternativas de regulación en materia de pensiones.
Uno de los contratos los firmó con el Fondo de Pensiones Colpensiones y otros directamente con la Casa de Nariño, pero sus objetos eran similares. En por lo menos uno de sus estudios propuso las fórmulas que luego dieron origen al proyecto de reforma pensional que se convertiría en una de las banderas sociales del presidente Gustavo Petro.
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Carvajal estaba recién llegado a la Corte cuando la corporación, en una decisión que los expertos llaman “modulada”, es decir, acompañada de recomendaciones sobre la manera como pueden ser enmendable un vicio de inexequibilidad le devolvió al Congreso el proyecto de reforma laboral para que corrigiera vicios de trámite que lo harían inconstitucional.
El 3 de octubre de 2025, la senadora de oposición María Fernanda Cabal, precandidata presidencial del Centro Democrático, demandó la ley aprobada por las cámaras y adujo básicamente que la Cámara se limitó a votar una proposición que se acogía a lo decidido favorablemente por el Senado, pero sin darle el debate y votar su articulado, en contravía de lo recomendado por la Corte.
La decisión fue tomada antes de que se conociera el texto de la sentencia y modulada y se basó, según ella, en un comunicado de prensa de la Corte que explicaba las generalidades de la decisión.
El estudio de la demanda presentada por la congresista le correspondió en reparto al magistrado Jorge Enrique Ibáñez, Najar, presidente de la Corte. En su ponencia Ibáñez acogió en lo sustancial los argumentos de la demanda, pero dejó en claro que los vicios del proyecto no podrían enmendarse a la luz de unas recomendaciones, sino que era preciso darle de nuevo trámite a un nuevo proyecto de reforma pensional. En conclusión, propuso declarar inconstitucional la ley.
El peso del voto de Carvajal para que se apruebe la Reforma pensional
Los pronósticos y cábalas -inevitables en estos casos- anticipaban que la votación de la ponencia dividiría a la Corte cinco a cuatro a favor de la declaratoria de inconstitucionalidad. La mayoría, para el rescate del proyecto, estaría conformada por el propio Carvajal y por sus colegas Vladimir Fernández, exasesor jurídico de Petro; Natalia Ángel, Miguel Polo y Juan Carlos Cortés. A favor de la ponencia solo estarían el propio Ibáñez y sus compañeros Carlos Camargo, Paola Meneses y Lina Marcela Escobar.
La demandante incorporó una nueva arma a su arsenal: recusó al magistrado Carvajal y le pidió marginarse del estudio por considerar que su condición de antiguo asesor del gobierno y coparticipe en la elaboración del proyecto necesariamente comprometían su criterio y nublaban su juicio para decidir de manera imparcial.
Si la recusación fuera acogida y persistieran las tendencias en la eventual votación, entonces se produciría un empate a cuatro y la suerte de la reforma pensional quedaría en manos de un conjuez.
Sin embargo, el magistrado Carvajal se negó a declararse impedido y consideró infundadas las razones esgrimidas por la demandante. Según él, su antiguo condición de asesor temático en asuntos laborales era un ejercicio de carácter genérico y en ningún caso condicionaba su criterio frente a la laboral. Consideró subjetivo el señalamiento sobre su amistad con el presidente Petro. Recordó que las causales para un impedimento son taxativas, esto es expresas, y no subjetivas.
Las normas para tramitar los impedimentos indican que el primer pronunciamiento debe provenir del recusado, lo que significa que es él quien inicialmente debe decir si acepta o no declararse impedido. Como dijo que no lo haría, ahora le corresponderá a la sala en pleno decidir si acepta o no los argumentos de la recomendación.
El incidente marca una pausa en el trámite de la demanda, pero no impide que pronto se conozca un fallo de fondo.
Si la reforma se cae es previsible que el gobierno diga que la decisión hace parte de un “bloqueo institucional”, uno de los argumentos expuestos en su proyecto de convocatoria de una Asamblea Constituyente que acaba de elaborar con la idea de enviarlo por firmas al Congreso.
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