El caleño Nilson Rivera Infante trabajó por años en la Comercializadora A.F.A.R pero ya no podía seguir trabajando. Su salud no se lo permitía, ahora, debía descansar. No fue ningún capricho, los dolores e incapacidades lo habían reducido. Para salir del problema buscó la pensión por invalidez en Porvenir; sin embargo, el Fondo de Pensiones no lo escuchó.
Para Porvenir su afiliado debía buscar la pensión por vejez. Para el Fondo de Pensiones Rivera no cumplía con las cincuenta semanas exigidas para la pensión por invalidez, situación extraña para el protagonista por haber leyes y normas donde él cumpliría el requisito. Por la diferencia de criterios, llegaron los jueces.
En primera instancia, el Juzgado Once Laboral del Circuito de Cali, declaró que Nilson Harvey Rivera tenía derecho a su pensión de invalidez, que debería ser reconocida a partir del 2 de septiembre de 2022. No fue la única decisión, el Juzgado también le ordeno a Porvenir pagar a Rivera la suma de $ 14.246.667, por concepto de retroactivo pensional.
La decisión no le gustó a Porvenir, que buscó en la Corte Suprema de Justicia, para revocar la decisión del juez y no pagar ni un peso de los catorce millones ni reconocer la pensión por invalidez. La decisión no le funciono, la magistrada Marjorie Zúñiga Romero de la Corte Suprema de Justicia ratificó el castigo contra el Fondo de Pensiones, de nada le sirvió a Porvenir haber impugnado la decisión del Juzgado Once Laboral.
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