Dosis de inconstitucionalidad

Dosis de inconstitucionalidad

El decreto promovido por el presidente Duque, además de violar algunos derechos, desvía el enfoque real de la problemática: salud pública

Por: Roberto Carlos Díaz Vásquez
noviembre 13, 2018
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Dosis de inconstitucionalidad
Foto: Las2orillas

Antes que nada, creo que es conveniente decir el por qué decidí escribir este artículo, más allá del temor de ser juzgado por un amplio sector de la sociedad, incluso de mi familia, pienso que es un deber como estudiante de derecho sentar posición sobre el decreto de la dosis mínima del presidente Iván Duque, ya que a mi parecer es un tema de gran importancia en la sociedad colombiana, el cual no ha perdido relevancia, y que, como tal, debe ser debatido ampliamente, claro está, con argumentos jurídicos que tengan un "piso constitucional".

Como dije anteriormente, este es un debate que no ha perdido relevancia, aun cuando ya pasaron varias semanas desde que se expidió dicho decreto, es por eso que a continuación esbozaré los argumentos por los cuales considero que la medida adoptada por el presidente es a todas luces inconstitucional.

A partir de aquí, cabe mencionar que el decreto viola evidentemente el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la autonomía personal y la dignidad humana.

Primero que todo, el Estado colombiano al reconocer a través de la carta política dichos derechos (libre desarrollo de la personalidad y autonomía personal) no puede limitarlos sino en la medida en que estos entren en conflicto con los derechos ajenos. Es decir, que la policía al incautar la sustancia psicoactiva, cuando la persona no la está consumiendo en el espacio público, quebranta la constitución, en el entendido de que si la persona no la consume en espacio público no puede afectar el derecho a la salud, entre otros, de las demás personas. Por ende, como lo dije anteriormente, la medida reñiría con el derecho al libre desarrollo de la personalidad y la autonomía personal, que no pueden ser limitados de esta manera.

En segundo punto, y algo que incluso me parece más violatorio de la constitución, es en el caso de la dignidad humana, porque el decreto al plantear la posibilidad de que la dosis sea devuelta a la persona, solo en el entendido de que esta se declare un adicto (bajo certificado médico, o por testimonio de los padres), es un atentado directo y grave en contra de la persona y su dignidad, ya que criminaliza y estigmatiza al consumidor, haciendo que se declare adicto, aun cuando este no lo sea. Aparte de esto, la policía discriminaría a cierto sector de la sociedad (personas de bajos recursos, habitantes de calle, estudiantes universitarios, etc.), haciendo requisas a diestra y siniestra sin un parámetro claro bajo el cual hacer esto, y solo basándose en prejuicios dañinos que, para lo único que serviría a la larga, sería para crear enfrentamientos entre la ciudadanía y la autoridad policial.

Por último, considero que no solo este decreto es inconstitucional, sino que además desvía el enfoque que se le debe dar a esta problemática, al tratarlo como un mero tema de seguridad ciudadana y no como un problema de salud pública.

En mi opinión, más allá de las posiciones a favor y en contra del decreto, creo que es muy pertinente que se dé un debate amplio en la sociedad colombiana sobre esta problemática, que ayude no solo a darle el enfoque que es debido, sino que a partir de esto se creen políticas públicas efectivas (y apegadas a la constitución) que permitan darle una solución a este flagelo.

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