Informar-Opinar: un agridulce
Opinión

Informar-Opinar: un agridulce

Desde la orilla

Por:
febrero 11, 2016
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El día del periodismo o, como suele designarse, apuntando a la profesión: ‘el día del periodista’; es el día a día, no es pues uno cualquiera, en cada uno de ellos están presentes para recordar una democracia erguida, una función social y, una actividad que, en veces, resulta agridulce.

Recordemos cómo desde la época de Núñez se dijo, con especial resalto, que en momentos del cambio hacia la Constitución Nacional de 1886[1]: La imprenta debe, por lo mismo, ser antorcha y no tea, cordial y no tósigo; debe ser mensajera de verdad, y no de error ni calumnia; porque la herida que se hace a la honra y al sosiego es con frecuencia la más grave de todas’; por supuesto, el principio se convirtió en derrotero: opinar como derecho, el derecho a informar y a ser informado y, por supuesto, con imparcialidad y verdad: elementos que han discurrido en aguas turbulentas, desde entonces. Veamos.

Sí, Señoras y Señores, lo que se llamó imprenta, se convierte en varios derechos fundamentales, de libertades, contenidos, garantizados en la Constitución Política de 1991, como (i) la libertad de conciencia[2], en convicciones, creencias, sin que pueda, por ello, ser compelido;  la convicción se hace opinión; así que (ii) ‘[S]e garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones[3], la de informar y recibir información veraz e imparcial, (…); la convicción, la creencia explicitada, verbalizada, que entra en el campo del delicado equilibrio: el derecho-libertad de informar y ser informado; delicado equilibrio en cumplimiento del compromiso con la verdad, con la imparcialidad; dos valores, axiologías que trascienden el marco ético, en veces estético, para ponerse en el de la creación del paradigma, —con consecuencias jurídicas, desde luego— de la profesión; (iii) a la libre empresa ‘(…) la de fundar medios masivos de comunicación’[4]; (iv) con responsabilidad social que además, (a) garantiza el derecho a la rectificación, como forma de aproximación, nuevamente, a la verdad e imparcialidad y que, por lo mismo, en idéntico nivel —las dos caras de la moneda— refuerzan el derecho a informar y a ser informado; se tiene así, antes que un círculo vicioso, una espiral de protecciones que, además, en la misma secuencia de tutela prevé: (b) la prohibición de censura: que va desde el control político-dictatorial, pasando por manifestaciones o mecanismos sutiles —mutaciones— de impuestos al papel, ahora a las autopistas de información, hasta amenazas, seguimientos, interceptaciones ilegales[5], la cruenta disposición; censura: capricho, arbitrariedad, despotismo; (v) a la vez el derecho al trabajo[6], con la protección del Estado, por supuesto, en condiciones dignas y justas;  en fin, (v) una profesión[7], como todas, de libre escogencia.

Pero además, existe un correlato: (i) el derecho a la intimidad[8], al buen nombre, con el derecho propio, se insiste, a la rectificación; y, (ii) al derecho a la honra[9].

Derechos y libertades multifacéticas;
derechos y libertades pluriofensivas;
derechos y libertades protegidos por las leyes

 

Derechos y libertades multifacéticas; derechos y libertades pluriofensivas; derechos y libertades protegidos, en el marco extenso y bien que regulados por las leyes

¿Que han existido excesos? Es posible; pero quién duda del papel de importancia que ha logrado el periodismo, en veces, mostrar las debilidades de la democracia, unas veces pone la alerta de un siniestro, otras realiza el control social informal a los atentados a intereses vitales; ha estado allí en  momentos como el de la tragedia de Armero, o ante actos de corrupción, de ataque a las instituciones, cuando el mismo poder  se ha desbordado o cuando se asecha a la democracia o, cuando se coopta el poder: la parapolítica o los falsos positivos; sin ese trasluz, todo hubiese quedado en la impunidad o, por lo menos, en la oscuridad.

¿Actividad agridulce? Es posible, especialmente cuando existe censura o respuesta violenta.  Empero, así mismo, es una labor básica desde la otra orilla, la orilla de la ciudadanía. En ello creemos.

[1] Bogotá, 11 de noviembre de 1885. -Honorables Delegatarios. Rafael Núñez”.

JARAMILLO URIBE, Jaime. et.al. Núñez y Caro 1886. Bogotá: Banco de la República, 1986. Págs. 39-48. http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/historia/docpais/indice.htm

[2] Art. 18 Constitución Política.

[3] Art. 20 ibidem.

[4] Arts. 20-38 Constitución Política.

[5] Art. 15 ibidem.

[6] Art. 25 ibidem.

[7] Art. 26 ibidem.

[8] Art. 15 ibidem.

[9] Art. 21 ibidem.

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