Dieciséis representantes de la Comisión de Acusaciones a ponerle la lupa a las denuncias contra Petro

Dieciséis representantes de la Comisión de Acusaciones a ponerle la lupa a las denuncias contra Petro

Fico Gutiérrez denunció al Presidente por dos presuntos delitos asociados con la financiación de la campaña. Se suma a Miguel Polo Polo y a Miguel Uribe Turbay

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junio 06, 2023
Dieciséis representantes de la Comisión de Acusaciones a ponerle la lupa a las denuncias contra Petro

Hacia las cuatro de la tarde de este lunes 5 de junio, el presidente de la Cámara de Representantes, David Racero, envió a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes un mensaje para que su secretario estuviera pendiente de la llegada del excandidato presidencial Federico Gutiérrez.

Gutiérrez debía llegar, según un anuncio previo, con el propósito de radicar Una denuncia contra el presidente Gustavo Petro por los presuntos delitos de violación de los topes de la campaña y falsedad. Como evidencia presentaría los audios publicados por la revista Semana que registran parcialmente una airada conversación en la que el excongresista y saliente embajador en Venezuela, Armando Benedetti, amenaza a Laura Sarabia con revelar la forma como fue financiada campaña presidencial del mandatario en la Costa.

Pese al desprestigio que históricamente ha llevado a cuestas, la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes sigue siendo el fiscal natural del presidente de la República y constitucionalmente está obligada a actuar, ya sea de oficio (por iniciativa propia) o cuando haya una denuncia que cumpla con los requisitos establecidos por el Código de Procedimiento Penal.

Esa opción fue contemplada de inmediato por sectores de oposición, pese a que por ahora no hay certeza de que Petro conociera el contenido de los audios o tuviera injerencia directa en el recaudo de 15.000 millones que llegaron a los fondos de su campaña y son de dudosa procedencia.

Un penalista que además es conjuez de la Corte Suprema explicó que mientras no sea modificada la Constitución, la Cámara es para todos los efectos fiscal del presidente y que no hay ninguna norma que le impida actuar por iniciativa propia. Es decir, hacerlo sin esperar a que la Fiscalía General de la Nación o el Consejo Nacional Electoral, por ejemplo, le trasladen hallazgos hechos durante sus actuaciones.

La idea según la cual el Congreso no podría actuar si antes lo hace la justicia ordinaria se abrió paso en 1994 cuando Alfonso Valdivieso, entonces fiscal general, envió a la Cámara copias del voluminoso e histórico proceso 8.000 que terminaría con una absolución política al presidente Ernesto Samper.

La remisión del expediente, que los medios interpretaron entonces como una “denuncia penal”, motivó una fuerte reacción del gobierno y de sus bancadas afectas a Samper que acusaron a Valdivieso de estar promoviendo un “linchamiento público”.

No está claro se además de las versiones publicadas por los medios de comunicación Fico Gutiérrez dispone de otros elementos de prueba.

Hay expertos que se apartan de la visión del conjuez de la Corte. Iván Cancino, bien conocido en las lides del litigio, le dijo a Las2orillas que todo se circunscribe a la competencia de la justicia penal ordinaria porque no hay ninguna evidencia de que el presidente Petro hubiera sido partícipe de alguno de los hechos atribuibles por ahora a Benedetti, según lo dice en mismo en sus mensajes grabados.

En la Comisión de Acusación de la Cámara tenía mayoría la colación de los partidos de gobierno, pero con su reciente ruptura Petro no podría no tendría seguro el apoyo de once representantes con los que contaba allí.

Si la Comisión admite la denuncia, el procedimiento será largo. Primero tendría que instruir el proceso y eso incluiría la práctica de numerosas pruebas y una posible indagatoria al presidente. Luego decidiría si hay mérito o no para llevar el Caso a la plenaria. Esta decidiría sobre una posible acusación política ante el Senado. Y el Senado sería el último cuerpo que podría llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia.

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