Derecho a protestar
Opinión

Derecho a protestar

Las varias protestas, reflejo del malestar de la ciudadanía, han hecho que sectores del gobierno vuelvan a señalar la necesidad de regular la protesta social. Es decir, criminalizarla

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octubre 09, 2019
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En la semana del 23 al 27 de septiembre, Bogotá sufrió diversos incidentes enmarcados en el derecho a la protesta. Por una parte, un grupo de transportadores optó por bloquear importantes sectores de la ciudad con el argumento frágil de que estaban siendo perseguidos por la policía de tránsito. A la par, estudiantes de la Universidad Distrital, en pleno ejercicio de protesta por los actos de corrupción en la institución fueron atacados por el Esmad quienes, haciendo acopio de la desproporción que ha marcado su cuestionada trayectoria, no tuvieron inconveniente en gasear las inmediaciones del Hospital Universitario San Ignacio con las afectaciones que esto implica para, madres embarazadas, niñas y niños, bebés, personas mayores, pacientes en general. Estos hechos, provocaron otros actos de protesta por parte de estudiantes de universidades públicas como privadas.

Infortunadamente los excesos en los que derivaron los dos actos de protesta, por cuenta de la manera poco adecuada en que fueron atendidos por la fuerza pública, que privilegia la agresión generalizada al uso de la inteligencia, condujeron a que surgiera una breve polémica, en la que sectores del gobierno volvieron a señalar la necesidad de regular la protesta social, lo que solo es otra forma de decir que quieren criminalizarla. Es decir, que si usted siente que le están vulnerando un derecho fundamental no puede buscar la forma de reivindicarlo, porque lo podrían judicializar.

Proponer esto, demuestra, por una parte, la intención de generar un debate innecesario que sirva de distracción para no resolver los verdaderos problemas del país, y, por otra, medir, hasta qué punto sería viable para la línea actual de la Casa de Nariño implementar medidas represivas, que les permitan limitar cuando no eliminar de plano cualquier brote de inconformidad por parte de la ciudadanía.

 

Limitar la protesta social a unas horas y unos días determinados,
como lo plantea un senador desubicado,
es un planteamiento que atenta contra un derecho esencial de la ciudadanía

 

Limitar la protesta social a unas horas y unos días determinados, como lo plantea un senador desubicado, es un planteamiento absurdo, que atenta contra un derecho esencial en el ejercicio de la ciudadanía, consagrado en la constitución, así como respaldado por normas internacionales, de las cuales Colombia, como un Estado social de derecho es firmante.

Ahora bien, protestar, se entiende, como un medio legítimo para revindicar cualquier tipo de derecho. De acuerdo con el documento ¿Cómo se rige la protesta pacífica en Colombia? El ejercicio y la garantía de un derecho fundamental de la Fundación Ideas para la Paz (FIP) “El derecho a la protesta social se ha entendido como el conjunto de derechos fundamentales de: 1) Asociación o reunión pacifica; 2) Libertad de expresión, y 3) Huelga y otras garantías relacionadas, en la ejecución de circunstancias específicas de tiempo, modo y lugar”.

Si bien el ejercicio de la protesta es legal, desde el punto de vista constitucional y jurídico, así como necesario, desde el ejercicio pleno de la democracia, se enfrenta constantemente con una dicotomía, ya que el acto de protesta, es primordialmente disruptivo, de lo contrario no tendría efecto, es decir sería un ejercicio cojo. Lo que implica que necesariamente afecta a otros miembros de la sociedad y es aquí donde deben intervenir las fuerzas del orden, las cuales deben acompañar y garantizar que la protesta mantenga su cauce pacífico. Sin embargo, esto, con respecto a las protestas protagonizadas por estudiantes, indígenas o campesinos, comunidad LGBTI y otros colectivos, percibidos como incómodos para ciertos sectores, no es cierto. Cuando son estos colectivos los que se pronuncian, la actuación del Esmad tiende a ser desproporcionada y se apoya en el argumento cuestionable de que la protesta está infiltrada, lo que, ellos consideran que les da autoridad para usar de forma desmedida sus múltiples recursos. Todo ello amparado en esas tres palabras, (la protesta infiltrada) que los medios y los altos mandos de la institucionalidad policial repiten como autómatas con el fin de crear un discurso homogéneo, el cual anula la posibilidad de indagar o cuestionar sus métodos. Así, entonces, quien protesta, a ojos del gobierno y sus estamentos, es un vándalo y por ende sus argumentos carecen de validez y por ello las fuerzas del orden deben actuar con toda la contundencia del caso.

Con respecto al auge de protestas en 2019, el director de seguridad ciudadana de la Policía Nacional, general Jorge Vargas, señaló en entrevista con la revista Semana sobre los hechos señalados en este artículo que “durante 2019 se han registrado 3.463 actividades de protesta en 463 municipios de los 32 departamentos del país, 1.373 concentraciones, 1.058 marchas, 448 asambleas…” con razón el gobierno y sus senadores acólitos están incómodos con la protesta social que es reflejo del malestar de un sector, cada vez más notorio de la ciudadanía, con la forma en que este gobierno se conduce.

 

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