Colombia y la barbarie de la guerra entre palestinos y judíos
Opinión

Colombia y la barbarie de la guerra entre palestinos y judíos

Tienen razón quienes critican los desafortunados trinos del presidente Petro, pero eso no sirve para entender qué hay detrás de esa guerra y su verdadera dimensión

Por:
octubre 18, 2023
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Al igual que las ‘investigaciones exhaustivas’ que no son sino figuras retóricas que no aportan nada a la realidad, las proclamas de ‘estar en contra del terrorismo’ no significan nada concreto fuera de satisfacer el requisito de hacer una declaración formal ante un hecho que nadie puede respaldar.

Lo que está pasando en la franja de Gaza es un episodio de una guerra de varios lustros y como en toda guerra hay afectación a los civiles, hay terrorismo y hay barbarie, pero simplemente porque toda guerra es barbarie.

Tienen razón quienes critican los desafortunados trinos del presidente Petro, pero esas críticas no colaboran en nada para entender la problemática qué hay detrás de esa guerra ni en consecuencia para darle sus verdaderas dimensiones. El limitarse a hacer énfasis en el horror de lo que hizo el Hamás solo sirve para justificar el horror de lo que está haciendo Israel, es decir para multiplicar la espiral de barbarie que mantiene enfrentadas a dos naciones por motivos religiosos, raciales y territoriales.

La historia de las batallas, los muertos, la definición de fronteras etc., que constituyen los antecedentes de este triste y trágico capítulo se repiten con las versiones de cada parte y se puede fácilmente conocer, quedándose cada individuo con la interpretación que mejor le haya sido inducida por la información o desinformación que recibe. Poco se puede adicionar para cambiar esto.

Pero no deja de ser interesante ir a su verdadero origen y a la participación de Colombia en él.

El profesor Cepeda (nuestra especie de Kissinger criollo) escribió sobre los comentarios de López Pumarejo en una intervención en las Naciones Unidas en relación con el derecho de veto de las cinco grandes potencias. Esto fue cuando los debates sobre la creación del Estado de Israel y tiene otros aspectos interesantes. (Acta 124a de la Sesión Plenaria de la ONU)

Cuestionó lo inconveniente de ese desequilibrio entre los 15 miembros del Consejo de Seguridad. Pero también el principio o el mecanismo de voto en las resoluciones de la Asamblea General al permitir las aprobaciones por la simple mayoría de los ‘a favor’ sobre los ‘en contra’; esto porque al no contar con las abstenciones prácticamente garantizaba decisiones que nunca tendrían mayorías de respaldo y serían permanentemente controvertidas. Para el caso en cuestión señaló que se aprobaba por ser patrocinado por Estados Unidos y la Unión Soviética -es decir sin interés de nadie de vetarlo- pero con el voto contrario de los sí afectados- todo el mundo árabe- y la ‘neutralidad’ o abstención de quienes completaban una mayoría absoluta que no apoyaba la medida.

Señaló que además al ser vinculantes y obligatorias las decisiones del Consejo de Seguridad paro no así las de la Asamblea General, se volvía inoperante el sistema. Lo ilustró él con ejemplos ya entonces sucedidos; pero más se ha visto después, cuando las resoluciones de la Asamblea donde votan todas las naciones no se concretan porque en el Consejo como desarrollo de la ‘guerra fría’ las veta una de las grandes potencias.

Lo interesante es que el marco que sirvió de pretexto a su exposición -el nacimiento del Estado de Israel- es donde más se verificó lo acertado de esto.

No solo predijo que esto llevaría a una serie de conflictos sin solución (es decir, todos los enfrentamientos no solo políticos sino sangrientos entre judíos y palestinos) sino a la inoperatividad de la ONU como gestor de paz y como sancionador de los delitos contra esta.


En Derecho Internacional se diferencian ´ius ad bellum´ -cuando o porqué hacer la guerra-, de ´ius in bellum´ -cómo o lo que se puede hacer en la guerra-. Son independientes uno del otro y obligatorios


 Varias resoluciones de la Asamblea General han ordenado acciones a Israel (detener asentamientos, respetar lugares religiosos, etc.) y no se han confirmado en el Consejo de Seguridad por el veto de Estados Unidos; pero sobre todo y en especial la misma suerte ha corrido la principal, la de hacer una partición en dos Estados (algo similar ha sucedido con el poder de veto de la Unión Soviética, o Rusia).

Describir lo horrible de lo que sucede en el presente oculta las causas -y hasta cierto punto la lógica casi inevitable- que hay detrás de ello.

En Derecho Internacional se diferencian ius ad bellum -cuando o porqué hacer la guerra-, de ius in bellum -cómo o lo que se puede hacer en la guerra-. Son independientes uno del otro y obligatorios, sin que uno justifique jamás el otro.

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