Por un verdadero Construir sobre lo Construido
Opinión

Por un verdadero Construir sobre lo Construido

Es contra la Constitución que cada administración pretenda comenzar de 0 y usar facultades extraordinarias para apartarse de la ruta de implementación del Acuerdo

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marzo 05, 2025
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En el Catatumbo y en todo el país, Colombia sigue teniendo una oportunidad única de resolver tantos problemas que debieron haberse resuelto hace décadas con o sin Acuerdo, gracias a que la Corte Constitucional precisó que la implementación del Acuerdo de Paz debería mantenerse por 4 administraciones, pero siempre Construyendo sobre lo Construido.

Y, en este caso no es solo un lindo eslogan.  Cumplir con lo previsto, ha dicho la Corte, es la materialización del derecho a la paz.  Por ello, se le predica el principio de la progresividad y no regresividad.  Eso quiere decir, contundentemente que es contrario a la Carta Constitucional que cada administración que llegue pretenda comenzar de 0.  No lo puede hacer.  Esta forzada a mantener o mejorar lo que recibe ya progresado.

Con esa certeza debemos esperar que ese máximo Tribunal resuelva la revisión del decreto 62 de 2025 mediante el cual se declaró el estado de conmoción para esa zona.  Es una de las últimas oportunidades que tenemos de salvar esa puerta para nuestra paz.

En ese procedimiento de revisión constitucional, además de que se debe oír a todos los interesados para que la Corte Constitucional tenga todos los elementos de juicio que necesita, es absolutamente indispensable que, en caso que no se declare la inexequilidad del decreto, se señale que el Gobierno debe usar las facultades extraordinarias condicionadas a que se mantengan las planeaciones que se dejaron listas por la administración del ex Presidente Duque en desarrollo del Acuerdo de Paz firmado con las antiguas FARC.

La Corte debe, entonces aprovechar para exigir (i) que se reinstaure la Consejería y la institucionalidad robusta que se había creado, (ii) que no se reduzcan los presupuestos, asignaciones, recursos para la implementación de ninguna de esas formas de planeación para desviarlos a unas otras nuevas prioridades y que, (iii) en las decisiones que se tomen en estado de conmoción se aseguren sinergias con:

(i) La Política e Víctimas: Documentos Conpes 4031 y 4094; (ii) El Proceso de reincorporación:  Hoja de ruta contenida en la resolución 4309 de 2019 de la ANR; (iii) La Sustitución de cultivos de uso ilícito: el Plan Colombia Sustituye (iv) La Prevención de consumo de estupefacientes: Resolución 89 de 2019 del MinSalud (v) Los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial: Focalización en el cumplimiento de las 333,000 iniciativas focalizadas por las comunidades (vi) La Reforma Rural Integral:  Los 16 Planes Nacionales Sectoriales y los detalles de su ruta ya establecidos por cada uno de los ministerios cabeza de sector; (vii) Los Enfoques de género y étnico Los indicadores correspondientes del PMI y la planeación de los mismos avalada por la Alta Instancia de Género y la IANPE; y  (ix) La Seguridad de excombatientes: Plan Estratégico y Medidas de Protección.

Eso en razón a que, en primer lugar, es contrario a la realidad que no se hubiera avanzado en la implementación, en particular en el Catatumbo.  Para lograr todo lo que se avanzó, que fue mucho durante la pasada administración se usaron los mecanismos ordinarios para conseguir la financiación de los programas.

En segundo lugar, toda vez que la misma Corte Constitucional señaló que todas las tareas previstas en el Plan Marco de Implementación del Acuerdo deben implementarse por 16 años en todo acorde con el principio constitucional de progresividad y no regresividad.  Contrario a ello, con el decreto de conmoción se perdería esa oportunidad histórica:

Como complemento, porque parecido no es igual y sería contrario a la Constitución usar las facultades extraordianarias para apartarse de la ruta que se dejó lista y en marcha para la implementación del Acuerdo.

Sería contrario a la Constitución usar las facultades extraordinarias para apartarse de la ruta que se dejó lista y en marcha para la implementación del Acuerdo

Asi que, señores magistrados, en ustedes confiamos (siempre) y recordemos Barajar y comenzar, es fracasar y si lo que pasara con el decreto fuera llevar a nada lo que se avazó por parte de las 2 adminsitraciones anteriores, no solo serìa, en nuestra opiniòn contario a la Constitución re-pensar lo que se debe hacer en el Catatumbo, sino que perderíamos para todas las generaciones por venir la oportunidad única de mantenerse ejecutando la planeación que se hizo y los avances que se habìan logrado y exigir que el presidente que llegue en 2026 deba hacer lo mismo-

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