¡Ojo! Afectaciones no son lo mismo que muertos

¡Ojo! Afectaciones no son lo mismo que muertos

A propósito de la discusión que se abrió en el país tras la publicación del NYT que denunciaba una directiva del Ejército que podía traer de regreso los falsos positivos

Por: Luis Felipe Vega Diaz
mayo 22, 2019
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¡Ojo! Afectaciones no son lo mismo que muertos
Foto: Pixabay

Los recientes eventos en el mundo político por causa de los formularios usados por Nicacio de Jesús Martínez (comandante del Ejército), que fueron asociados por los medios de comunicación con el funesto episodio en la historia de Colombia conocido como “falsos positivos” y que en medio de reclamaciones que van desde Human Rights Watch hasta el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo generaron una suerte de temor colectivo sobre la actuación del Ejército en las zonas de periferia geográfica, tienen en común un factor sustancial: los analistas políticos en los medios de comunicación, como los defensores de derechos humanos, no tienen la menor idea de la doctrina ni de los procesos para la toma de decisión militar en el marco operacional de las fuerzas militares.

Es tal el desconocimiento que cuando se hace referencia al uso del término “afectación” se le asocia directamente con “asesinatos”. Es cierto que no se puede ocultar el rol nefasto que jugó la directiva ministerial 029 de 2005, como tampoco se puede ocultar que este mismo Ejército ha garantizado no solo su contribución a la construcción de la memoria histórica del conflicto, valga la pena anotar el rol decisivo que tuvo el actual comandante en esta empresa siendo comandante de la Fuerza de Tarea Conjunta Omega como siendo director de la Escuela Superior de Guerra, sino también la renuncia a cualquier negacionismo de conductas indebidas por miembros de la Fuerza en el cumplimiento de su misión.

Dicho esto, es indispensable desenmarañar lo que se entiende en las políticas de mando por “efectividad operacional”. Sin duda, se hace mención a la ejecución de operaciones bajo tres criterios:

1. Seguimiento y control.

2. Reducción de riesgos.

3. Legitimidad en el apego irrestricto a la ley y a los derechos humanos.

Estos criterios no pueden ser comprendidos por fuera de la Doctrina Damasco, que supone asumir el reto de enfrentar contingencias futuras y nuevas amenazas, al igual que actuar con “honor”, el cual se entiende doctrinalmente, como el cumplimiento con la misión constitucional y en estricto sometimiento a la ley.

Es por esto que el Plan Bicentenario, lanzado a principio de año y socializado con sectores sociales y políticos, tiene un componente mucho más exigente en la garantía a los derechos humanos como una política institucional, orientada y dirigida por el actual comandante.

Sin embargo, tanto los medios de comunicación como las ONG han olvidado las 207 mil víctimas militares durante el conflicto por violaciones a sus derechos fundamentales o el incremento de “afectaciones” de soldados en los procesos de erradicación o desminado. El silencio llega a ser ensordecedor, porque al parecer el “soldado” no es reconocido como ciudadano, padre de familia o hijo.

En este orden de ideas, es indispensable la crítica y el control social a las actuaciones del Ejército, pero de igual modo, antes de lanzarlas a la opinión pública, es necesario que se asuman dos criterios:

1. Conocer de lo que se habla.

2. Asumir de buena fe el arrojo en su misión de más de 220 mil hombres y mujeres que garantizan las libertades de más de 40 millones de colombianos.

 

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