En una ciudad sin nombre vivía un juez que no temía a Dios ni le importaban los hombres, y que despachaba tranquilo porque sabía que nadie podía obligarlo a nada.
En esa misma ciudad había una viuda que no tenía marido que hablara por ella, ni bienes que la respaldaran, ni apellido que le abriera puertas. Tenía un agravio y una certeza: alguien le debía justicia.
Fue donde el juez a pedirle amparo contra su adversario, y él la escuchó con fastidio y no movió un solo dedo por ella. Pero ella volvió. Volvió al otro día, y a la semana, y al mes, y al año. Volvió tantas veces que su cara se les hizo familiar al portero, al escribiente, a los que esperaban turno en la banca de afuera.
Hasta que el juez, que no temía a Dios ni respetaba a hombre alguno, terminó cediendo, y no porque le doliera la injusticia, sino de puro cansancio, para que esa mujer dejara de venir a molerle la paciencia.
Así, la que no tenía nada terminó doblando al que lo tenía todo, no con la fuerza ni con la ley de su lado, sino con la única arma de los que no tienen ninguna: no irse.
Esa parábola tiene casi dos mil años y la contó alguien para enseñar a no desfallecer en el reclamo, pero podría haberla escrito cualquier madre colombiana esta semana.
La Corte Constitucional acaba de fallar el caso de una mujer a la que, para protegerla, decidió llamar Amalia. Amalia y su madre persiguieron durante diecinueve años, en dieciocho procesos distintos, el pago de una cuota de alimentos.
Hubo acuerdos, hubo trámites, hubo hasta una condena penal por inasistencia, y el obligado siguió sin pagar. Para rematar, simuló la venta de un inmueble e hizo aparecer que ya no tenía con qué responder.
Diecinueve años y dieciocho intentos: la viuda del relato, multiplicada por miles.
Lo que dijo la Corte cambia el lente con el que veníamos mirando todo esto, porque no pagar la cuota, de manera prolongada y deliberada, no es un descuido ni un pleito privado de plata entre dos particulares. Es violencia económica contra la mujer.
Esconder los bienes, simular ventas, dilatar con litigios de mentira para no responder, tampoco es astucia de litigante, es abuso del derecho, otra cara de la misma violencia. Por eso la Corte ordenó que estos casos se juzguen con enfoque de género, y recordó un dato que lo dice casi todo, cerca del 92 % de las demandas de alimentos en el país las presentan mujeres.
Y aquí está la trampa de fondo, la que el machismo viene repitiendo desde hace siglos sin que casi nadie la nombre. Se ha querido ver la cuota alimentaria como un peso que el hombre carga sobre los hombros, un sacrificio que hace por bondad, y a la mujer como la que se beneficia de ese dinero y debería, por tanto, vivir agradecida. De ahí la intransigencia, de ahí el regateo, de ahí, tantas veces, la crueldad: si yo te doy, me debes gratitud, y si no me la das, me hago el pobre y no te doy nada.
La cuota no es un favor sino una deuda
La sentencia desmonta de un solo tajo esa mentira tan repetida, porque la cuota no es un favor sino una deuda. El padre no la paga con su bondad, la debe por su obligación. Y el hijo no es un acreedor incómodo, es un titular de derechos. La que sostiene la casa, cocina, cuida, madruga y trabaja para que ese niño coma no está disfrutando de nada, está cargando sola lo que eran dos. La gratitud, si alguien la debe, corre en sentido contrario.
Hay además una ironía que esta columna no puede callar, y es que entre los magistrados que firmaron el fallo estaba Jorge Enrique Ibáñez Najar, quien años atrás se negó a reconocer a su propio hijo y solo lo aceptó cuando una prueba de ADN lo declaró padre. Es el mismo togado que desde la Corte ha defendido el derecho de los hijos no reconocidos a tener un padre. Predicar desde la sentencia lo que se negó en la casa propia no invalida el fallo, lo vuelve más necesario, porque hasta quien escribe la regla pudo haber sido, alguna vez, el adversario de la viuda.
Volvamos por un momento a la viuda, porque el juez de la parábola termina cediendo, pero cede mal, no por justicia sino por puro hartazgo. Y ese es el reproche silencioso que deja la T-059. Amalia ganó, claro, pero ganó después de diecinueve años de tocar puertas, cuando el sistema ya no podía seguir mirando para otro lado. La justicia que solo llega cuando la mujer se ha desgastado hasta el hueso no termina de ser justicia, es una justicia tardía, que premia la terquedad de la víctima en lugar de castigar a tiempo al que evade.
Por eso el fallo importa más allá de Amalia, porque le pone nombre a algo que millones de mujeres padecen sin que nadie se lo hubiera dicho, que perseguir durante años una cuota que el otro esconde es una forma de violencia, y que el Estado tiene el deber de cortarla, no de administrarla con paciencia infinita.
Que la próxima viuda no tenga que volver mil veces, que le baste con tener la razón.
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