El martes 29 de octubre, cuando el avión que llevaba al presidente Gustavo Petro hacía Emiratos Árabes hizo una escala técnica en Madrid, algunos proveedores de combustibles se negaron a abastecer la nave por temor a sanciones de los Estados Unidos.
Sus dudas radicaban en el hecho de que el nombre del mandatario acababa de ser incluido en la famosa “lista Clinton”, pero revelaban también un profundo desconocimiento del instrumento. Ese hecho amerita repasar la figura y conocer sus alcances.
La Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de Estados Unidos (OFAC, por sus siglas en inglés) es la herramienta financiera que Washington utiliza para sancionar a gobiernos, grupos, empresas y personas que, según la Casa Blanca, amenazan la seguridad nacional, la política exterior o la economía de EE. UU. Aunque hoy se la asocia con medidas modernas contra el terrorismo, la proliferación de armas o el narcotráfico, sus orígenes son mucho más antiguos: OFAC fue creada formalmente en 1950 para imponer controles económicos durante la Guerra de Corea y desde entonces ha ido acumulando autoridad y listas técnicas —la más conocida es la “Lista de Nacionales Especialmente Designados” (SDN), por sus siglas en inglés- cuyo alcance real supera con creces las fronteras estadounidenses. OFAC
¿Por qué algunos la llaman “la lista Clinton”?
El apodo popular “lista Clinton” proviene de que, durante la presidencia de Bill Clinton en los años noventa, el Gobierno de EE. UU. usó con fuerza las designaciones para atacar redes internacionales de narcotráfico —entre ellas grandes golpes contra carteles colombianos— y promulgó órdenes ejecutivas específicas para bloquear activos de narcotraficantes significativos. Esos episodios reforzaron la imagen pública de que la lista era una creación o sello típico de aquella administración; sin embargo, la herramienta (OFAC y su práctica de designaciones) es institucional y ha sido utilizada por gobiernos de distinto signo desde mucho antes y después.US Treasury
Qué hace la lista en la práctica y por qué tiene efectos internacionales
Técnicamente, una persona incluida en la SDN ve “bloqueados” sus bienes bajo jurisdicción estadounidense y le resulta prohibida cualquier relación comercial con ciudadanos o entidades estadounidenses. En la práctica esto genera efectos extraterritoriales poderosos: bancos internacionales —por temor a multas millonarias y a perder acceso al sistema financiero estadounidense— suelen cerrar cuentas, negarse a procesar transferencias o suspender servicios a quien aparezca en las bases de datos de OFAC. El resultado es una forma de aislamiento económico que puede operar incluso en países donde la persona sancionada no enfrenta cargos judiciales locales. Esa sobreadaptación o “overcompliance” de instituciones privadas multiplica el impacto real de la lista fuera del territorio estadounidense. LeMonde
Cómo cambia la vida de alguien incluido en la lista en lo cotidiano
Para quien aparece en la SDN la vida cotidiana puede volverse un laberinto administrativo: enfrenta dificultad extrema para abrir o mantener cuentas bancarias, bloqueo de tarjetas, imposibilidad práctica de recibir transferencias internacionales, trabas para firmar contratos con multinacionales, problemas para cobrar honorarios en moneda convertible y riesgo de que terceros (proveedores, clientes, bancos) corten relaciones por temor a sanciones indirectas. Además, reputación se ve dañada y los recursos para operar internacionalmente se reducen drásticamente.
¿Se puede pelear la inclusión en la lista?
Sí: la OFAC dispone de un procedimiento administrativo formal para pedir la remoción —un “petition for removal” o solicitud de reconsideración— que se inicia escribiendo a OFAC (correo indicado en su web) y aportando pruebas que desvirtúen la base de la designación o demuestren cambio de circunstancias. Esa vía administrativa es la primera y, en muchos casos, la más práctica. Además existen recursos judiciales: las designaciones pueden ser impugnadas ante tribunales federales de EE. UU., aunque la jurisprudencia exige que éstos actúen con deferencia hacia el Ejecutivo en materia de seguridad y política exterior, lo que hace que las demandas judiciales sean complejas y con un grado de éxito incierto. En la práctica, una estrategia combinada —presión diplomática, evidencias en la petición administrativa y, de ser necesario, litigio— suele ser la ruta que recomiendan abogados expertos en sanciones.
OFAC y Colombia: antecedentes y heridas abiertas
Colombia no es ajena a las designaciones de OFAC. En los años noventa y 2000, designaciones contra miembros de los carteles y empresas fachada tuvieron efectos directos sobre investigaciones locales y facilitaron cooperación internacional en decomisos y entregas de información. Al mismo tiempo, muchas decisiones de Washington sobre personas relacionadas con el narcotráfico o el crimen transnacional han alimentado debates políticos en Colombia sobre soberanía, selectividad y las consecuencias sociales de esas listas. Las designaciones han servido como herramienta contra estructuras criminales —con efectos positivos en ciertas investigaciones— pero también han generado tensiones diplomáticas cuando afectan a figuras políticas o funcionarios.
El 24 de octubre de 2025 la Tesorería de EE. UU. anunció la designación del presidente Gustavo Petro, así como de personas de su entorno —entre ellas su esposa, su hijo y el ministro Armando Benedetti— bajo autoridades relacionadas con el combate al narcotráfico (E.O. 14059 y reglas conexas). El comunicado del Tesoro acusa que, desde la llegada de Petro al poder, la producción de cocaína en Colombia alcanzó niveles históricos y que el mandatario y su administración permitieron o no frenaron el accionar de grupos vinculados al narcotráfico. La medida incluye la inclusión en la SDN y el bloqueo de activos en EE. UU., además de advertencias a terceros que mantengan relaciones con los designados.
La noticia generó reacciones inmediatas en Bogotá y en el exterior: desde declaraciones de rechazo del propio presidente —que negó las imputaciones y aseguró que las autoridades colombianas han intensificado decomisos de drogas— hasta pronunciamientos oficiales de senadores y del Ejecutivo estadounidense intentando matizar el alcance de las medidas. Analistas legales han señalado que la designación es rara —colocar a un jefe de Estado en una SDN no es lo habitual— pero no es sin precedentes en la historia de sanciones estadounidenses.
¿Qué implica para Petro y su gobierno?
En lo inmediato, la inclusión en la SDN complica la vida financiera personal de quienes aparecen en la lista: cuentas en entidades con exposición a EE. UU. pueden verse congeladas o cerradas, operaciones internacionales se vuelven difíciles y aliados financieros extranjeros pueden cortar vínculos. Para el gobierno colombiano implica además un choque diplomático potencial: reducción o condicionamiento de cooperación en seguridad, riesgo de mayores controles sobre transferencias de ayuda o asistencia, sin olvidar el efecto reputacional de ver al presidente señalado por la principal potencia económica mundial como facilitador de actividades relacionadas con el narcotráfico. Reuters
Dentro de Colombia, la inclusión del presidente Gustavo Petro y de su círculo cercano en la lista de OFAC no sólo tiene implicaciones financieras o diplomáticas; también abre un frente político de gran calado que reconfigura el debate interno y ofrece nuevos argumentos a los sectores de oposición.
Para los detractores del gobierno, la sanción funciona como una validación internacional de sus críticas sobre la forma en que la administración ha manejado la política antidrogas, la relación con Venezuela y los vínculos con sectores cuestionados. Figuras de la oposición ya la presentan como “la prueba más contundente de la pérdida de credibilidad de Petro ante la comunidad internacional” y la usan para reforzar el relato de que el país se está alejando de sus tradicionales aliados occidentales.
Sin lugar a duda la lista de OFAC es una palanca potente: técnica y legalmente dirigida a proteger los intereses estadounidenses, pero con efectos prácticos que son globales. Llamarla “lista Clinton” puede servir para recordar su uso intensivo en periodos pasados, pero oculta una realidad más amplia: OFAC es una institución con historia y herramientas que sobreviven a administraciones y se emplean según prioridades cambiantes de la política exterior estadounidense. En el caso colombiano, la designación de figuras del primer círculo del presidente Petro abre un capítulo complejo en el que lo jurídico, lo diplomático y lo político se mezclan. La salida —si existe— será probablemente híbrida: evidencias técnicas, presión diplomática y, si hace falta, batallas legales que pueden durar meses o años. Mientras tanto, los efectos prácticos ya se sienten en cuentas, contratos y relaciones internacional
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