Hacer vivir y dejar morir: la crisis del coronavirus en las cárceles

Hacer vivir y dejar morir: la crisis del coronavirus en las cárceles

El gobierno debe mostrar una voluntad real de proteger y preservar la vida de las personas presas. La implementación del Decreto 546 debe ser rápida y efectiva

Por: Juan David Cruz Duarte
mayo 04, 2020
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Hacer vivir y dejar morir: la crisis del coronavirus en las cárceles
Foto: Pixabay

Michel Foucault describía el biopoder como aquel tipo de poder que consiste en “hacer vivir y dejar morir.” Esta descripción del biopoder se contrapone a lo que Foucault entendía como el poder del soberano, cuya autoridad consistía en “dejar vivir y hacer morir.” Según Foucault, el biopoder es propio de la era moderna. Foucault resalta algunos de los peligros potenciales del biopoder: un “exceso” de este tipo de poder surge cuando la población se divide en categorías o “razas.” De ahí surge la paradoja según la cual para “hacer vivir” a “la raza buena” se debe “dejar morir” a la “raza mala,” “degenerada” o “inferior.” De ahí que el biopoder se encargue de “hacer vivir y dejar morir.” Este tipo de poder de “hacer vivir” mediante la administración, regulación y vigilancia de todos o gran parte de los aspectos de nuestra existencia biológica, implica también el ejercicio opuesto: negar la vida de los otros, o hacerla imposible, no mediante el acto de “hacer morir” (propio del poder soberano), sino al poner en riesgo, o incluso hacer imposibles, las condiciones necesarias para la vida de un grupo o comunidad. ¿Pero qué tiene esto que ver con la condición de los presos en las cárceles colombianas durante la pandemia que estamos enfrentando? Todo.

Para nadie es un secreto que las prisiones en Colombia están superpobladas. La condición de hacinamiento en la que viven los reclusos incrementa de manera considerable el riesgo de contagio de coronavirus, poniendo en riesgo de muerte a estas personas. Aunque el Ministerio de Justicia emitió el martes 14 de abril un decreto (el Decreto 546 de 2020) para aliviar la situación de hacinamiento en los penales, disminuyendo así el riesgo de contagio, es evidente que esta decisión se tomó demasiado tarde y que su implementación ha sido lenta e ineficiente. Este decreto permite a los presos mayores de 60 años, a las mujeres en estado de embarazo o con hijos menores de 3 años, a personas con problemas serios de salud (individuos que padecen de cáncer, VIH, insuficiencia renal crónica, diabetes, personas insulinodependientes o con trastorno pulmonar, personas con trasplantes, o que sufren de anticoagulación, hepatitis B, hemofilia, artritis reumatoide, enfermedades tratadas con medicamentos inmunosupresores, enfermedades coronarias, etc.) cumplir lo que queda de sus condenas en prisión domiciliaria. Según El Espectador, otras personas que podrían verse beneficiadas por estas medidas son aquellas “con movilidad reducida por discapacidad debidamente acreditada, personas condenadas o que se encontraren con medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento penitenciario y carcelario por delitos culposos, condenados a penas de prisión menores a cinco años y para quienes hayan cumplido el cuarenta por ciento (40%) la pena privativa de libertad en establecimiento penitenciario.” Este decreto incluye varias excepciones, personas que no podrían beneficiarse de las medidas de prisión domiciliaria o excarcelación. Según El Espectador, entre estas excepciones se incluyen “personas condenadas por varios delitos, como genocidio, homicidio simple o agravado, feminicidio, desaparición forzada, secuestro simple o extorsivo, desplazamiento forzado, tráfico de migrantes, tráfico de niños, niñas y adolescentes, amenazas contra defensores de derechos humanos y servidores públicos, violencia intrafamiliar, corrupción privada, lavado de activos, contrabando agravado, testaferrato, asesoramiento a grupos delictivos organizados y grupos armados organizados o financiación del terrorismo y de grupos delincuencia organizada, entre muchos otros”.

Aunque el Decreto 546 sea el fruto de un esfuerzo bienintencionado del gobierno por disminuir el contagio del coronavirus dentro de los centros penitenciarios del país, es evidente que esta medida fue tomada demasiado tarde. El primer caso confirmado de la enfermedad en nuestro país se dio a conocer a la ciudadanía a principios del mes de marzo; la cuarentena preventiva obligatoria fue declarada el 24 de marzo. ¿Por qué esperar hasta el 14 de abril para expedir el decreto que potencialmente habría salvado numerosas vidas dentro de los penales del país? Como lo señalan los redactores del periódico El Tiempo, el Ministerio de Justicia anunció este decreto poco después de los varios motines simultáneos que tuvieron lugar en las cárceles del país en la noche del 21 de marzo. ¿Por qué esperar tanto tiempo para escribir y hacer público este decreto? Los redactores de Las2Orillas también señalan la negligencia del gobierno (y en particular del Ministerio de Justicia) al recalcar que “el 23 de marzo se anunció el decreto para la excarcelación entre 4.000 y 10.000 presidiarios para descongestionar penales y evitar el contagio del virus entre los más vulnerables… El decretó pasó por las cortes y la Fiscalía, pero quedó dormido en algún escritorio del Ministerio de Justicia y la incertidumbre y el miedo empezó a reinar. Solo el 14 de abril el gobierno expidió el decreto.” ¿Por qué el decreto “quedó dormido en algún escritorio del Ministerio de Justicia” durante tanto tiempo? Es evidente que los disturbios en las cárceles fueron motivados por el miedo de los presos a contagiarse de coronavirus. Solamente en el disturbio de la Cárcel Modelo de Bogotá murieron 23 prisioneros y quedaron heridas 83 personas. Es bien sabido que las cárceles del país se hallan en una situación de hacinamiento tan grave que los guardias del Inpec son particularmente vulnerables ante situaciones violentas como las que se presentaron en varias prisiones del país el mes pasado.

Como lo indican los redactores de Las2Orillas, el 23 de abril ni un solo preso había sido liberado bajo las condiciones indicadas por el Decreto 546. A pesar de las continuas protestas, y algunas huelgas de hambre de algunas personas privadas de la libertad, los frutos de la parsimonia y la falta de voluntad del gobierno se hicieron evidentes el 11 de abril, cuando fue revelado por la prensa que tres presos de la cárcel de Villavicencio habían sido infectados de COVID-19. Antes de esto, un hombre de 63 años murió en esa misma prisión, en el patio de Santander. Según los redactores de Las2Orillas, este hombre fue “atendido en el Hospital departamental de Villavicencio el 31 de marzo, regresó al penal el 1 de abril, pero fue remitido nuevamente y falleció a la semana.” Los contagios en el penal son una consecuencia natural del mal manejo que se le dio a este caso, y que se le está dando a muchos otros casos en el territorio nacional. De hecho, un prisionero de 78 años murió poco después en la misma cárcel. Para empeorar la situación, varios presos fueron trasladados de la cárcel de Villavicencio a la Picota de Bogotá, lo cual, al parecer, llevó el virus a esta prisión. Según los redactores de Las2Orillas, “reventaron los contagios en las cárceles de Las Heliconias de Florencia, en el Caquetá; y en la de Guaduas, Tolima, todos importados de Villavicencio y llevados por cuatro de los 12 presos trasladados de Villavicencio.” Este hecho deja muy en claro la ineficiencia de los directivos del Inpec, que no solo han pesto en mayor riesgo a las personas presas en el país, sino a sus propios empleados. En Villavicencio hay numerosos guardias infectados con el virus, también han sido infectados miembros del personal encargados de la preparación de los alimentos para los presos.

El departamento del Meta es uno de los que tiene un mayor número de infectados de COVID-19. El 28 de abril, Semana reportó que se habían 355 casos confirmados de personas infectadas en el departamento, es muy diciente que 306 de estos casos correspondían a presos y guardias del penal. Según el gobernador del Meta, Juan Guillermo Zuluaga, van a hacerse pruebas de COVID-19 en la cárcel de Villavicencio, estas “pruebas van a ser tomadas a la totalidad de la cárcel, no solo a los internos, sino también a todo el personal de custodia y al personal administrativo del Inpec.” No olvidemos que el primer caso confirmado del virus en Colombia fue reportado a principios de marzo, ¡hace casi dos meses! No olvidemos tampoco que el Decreto 546 fue emitido hace más de dos semanas. Pero presos y guardias siguen infectándose en las cárceles. La situación de hacinamiento sigue siendo grave. Se está haciendo poco por la población carcelaria del país, y lo poco que se está haciendo se está haciendo de manera parsimoniosa e inefectiva. Entonces, ¿el gobierno tiene una voluntad real de salvar las vidas de los prisioneros y guardias que conviven en estos hacinados espacios? Todo parecería indicar que la respuesta a esta pregunta es no.

Vale la pena aclarar que Colombia no es el único país en donde la población carcelaria ha sido puesta en grave peligro por la inactividad o la falta de voluntad política del gobierno. En Italia también se reportaron disturbios en varios penales, los cuales dejaron varios muertos y heridos. Países como Canadá y Australia no reaccionaron a tiempo ante la emergencia sanitaria que enfrenta su población carcelaria. El Reino Unido respondió ante la emergencia tarde y de manera desordenada. En los Estados Unidos, el panorama en las cárceles y los centros de detención de inmigrantes indocumentados tampoco es muy alentador. Hace más de un mes, el New Strait Times publicó un artículo en donde se hace un breve resumen de la grave situación dentro de las cárceles en los Estados Unidos. El caso de El Salvador es particularmente preocupante; allí existe un terrible hacinamiento en las prisiones (El Salvador es uno de los países con más presos per cápita en el mundo). Par empeorar la situación, el presidente Nayib Bukele ha decido mezclar a miembros de pandillas enemigas (Mara Salvatrucha y Barrio 18) en las mismas cárceles, lo cual, potencialmente, podría aumentar de manera considerable las muertes violentas dentro de los penales. En términos biopolíticos, ¿no son estos presos y pandilleros “la raza inferior” o “degenerada” de la que nos hablaba Foucault?

¿Por qué se repite este patrón constantemente? Mientras que numerosos gobiernos alrededor del mundo toman medidas serias para evitar la propagación del coronavirus entre sus ciudadanos, esta voluntad política no es tan evidente cuando nos enfocamos en el contexto de la población carcelaria de esas naciones. Colombia es un ejemplo claro de esto: la cuarentena preventiva obligatoria fue instaurada con el fin de preservar la salud y el bienestar de la población, la movilidad de los ciudadanos se ve limitada, controlada y vigilada con la intención de “hacer vivir” a la población. Esto es biopoder en su forma más pura. Pero, como ya mencioné antes, el biopoder no solo se manifiesta en su capacidad de “hacer morir,” sino también en su capacidad de “dejar morir.” Y esto es lo que ha estado haciendo el gobierno con la población carcelaria de Colombia, no los está matando, solo los está “dejando morir.”

El gobierno debe mostrar una voluntad real de proteger y preservar la vida de las personas presas en el país. La implementación del Decreto 546 debe ser rápida y efectiva, los presos y guardias infectados con el virus deben recibir atención médica adecuada y oportuna, adicionalmente, deben hacerse pruebas de COVID-19 en las cárceles del país de manera masiva y constante. El Estado no debe dejar morir a estas personas. Y nosotros, como ciudadanos, debemos exigir que la vida de estos individuos sea valorada y protegida. Por favor, no los dejemos morir.

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