“Es evidente que la rectora (del Gimnasio Castillo) más que protectora es discriminatoria”. Tribunal de Cundinamarca.

“Es evidente que la rectora (del Gimnasio Castillo) más que protectora es discriminatoria”. Tribunal de Cundinamarca.

El magistrado Jesús María Armenta falló a favor de la familia del desaparecido Sergio Urrego, reconociendo que el adolescente fue discriminado por su condición sexual.

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septiembre 25, 2014
“Es evidente que la rectora (del Gimnasio Castillo) más que protectora es discriminatoria”. Tribunal de Cundinamarca.

Tras el suicidio de Sergio Urrego, el estudiante del Gimnasio Castillo, su madre Alba Reyes interpuso una acción de tutela para que la justicia tomara cartas en el asunto. De esta manera la denuncia llegó al Tribunal Superior de Cundinamarca, específicamente al escritorio del magistrado Jesús María Armenta, quien acaba de fallar a favor de la familia Urrego Reyes.

El ente judicial reconoció que Sergio fue discriminado por las directivas del Colegio Gimnasio Castillo Campestre, quienes le violaron sus derechos a la intimidad, dignidad y la honra familiar.

Varias pruebas indicaron que Azucena Castillo, rectora del colegio, se encargó de discriminar al estudiante tras las diversas acciones en su contra. Por ejemplo, el Tribunal se basó en una prueba documental donde la rectora Castillo Castillo acusó a los padres de Sergio de no haberle dado una orientación sexual adecuada. También con términos despectivos la rectora se entrometió en la libertad de pensamiento y personalidad del estudiante.

Para la rectora Azucena Castillo, los padres de Sergio fueron muy permisivos al haberle dejado consultar “todo tipo de material”, que según ella perjudicó la condición sexual al punto que Sergio declaró en alguna oportunidad su bisexualidad.

Sin embargo, la sentencia tan solo se quedó en el llamado de atención hacia el colegio Gimnasio Castillo Campestre, sugiriendo “no repetir este tipo de actos”. Acciones que dejaron insatisfecha Alba Reyes porque el Tribunal no ordenó medidas de peso para resarcir de fondo el daño causado después de que su hijo ante el matoneo decidiera quitarse la vida.

Según Colombia Diversa,  “las órdenes judiciales fueron insuficientes porque (1) el Tribunal no emitió órdenes para modificar el Manual de Convivencia, pese a decir que era violatorio de la Constitución; (2) tampoco ordenó la realización de un acto público donde el colegio reconozca su responsabilidad y repare el buen nombre de Sergio y su familia, ni que se le otorgue a Sergio el grado simbólico y póstumo con presencia de sus familiares y amigos; y (3) no ordenó ningún cambio efectivo a la política pública para evitar que se siga discriminando a los estudiantes del país.

Finalmente, Albar Reyes advirtió que apelará del fallo de tutela ante el Consejo de Estado, porque la dignidad de su hijo y de su familia aún no han recibido la reparación pública que se merece.

 

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