Batalla por la meritocracia

Batalla por la meritocracia

"Nuestra lucha es justa y no desfalleceremos, no hay culpa o reproche en haber estudiado y ser bueno, sabemos que tarde o temprano nuestra voz será escuchada"

Por: Estefanía del Pilar Arévalo Perdomo
septiembre 27, 2018
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Batalla por la meritocracia

En este portal se publicó una nota por parte del Colegio Nacional de Inspectores de Trabajo que de manera disfrazada ataca de frente la meritocracia con una interpretación abiertamente inconstitucional del numeral 1 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Honestamente, la historia tiene un referente de verdad muy distinto y es triste ver lo que están haciendo las organizaciones sindicales para tratar de evitar la pérdida de afiliados, porque estos, en su mayoría funcionarios públicos provisionales, no lograron pasar el examen del concurso de méritos.

Esta es una historia que gira en torno de una auténtica batalla, que se asemeja a la guerra fría, con todo y su contenido de espionaje; pero nosotros, los ganadores del concurso de méritos, y que además nos encontramos en listas en firme, estamos convencidos de que estamos del lado correcto, es decir, del lado del mérito.

Nos presentamos hace más de 15 meses al concurso de méritos convocado en virtud de la Convocatoria 428 de 2016 para 18 entidades del orden nacional, superamos todos los exámenes, incluso algunos hicieron prueba polígrafo. Atravesado este proceso, se emitieron los resultados definitivos y algunas listas de elegibles que cobraron firmeza antes del 27 de agosto de 2018.

Ese día, el 27 de agosto de 2018, empezó nuestro calvario, el Consejo de Estado notificó decisión contenida en auto del 23 de agosto de 2018,  con ponencia del consejero William Hernández, en la cual suspendió provisionalmente la actuación de la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) frente a la Convocatoria 428 de 2016 por encontrar una transgresión aparente al numeral 1 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, con el único argumento de que la convocatoria no estaba firmada por los jefes de entidades u organismos y que ello era indicativo de ausencia de coordinación entre estos entes y la CNSC. La demanda fue presentada por el Colegio Nacional de Inspectores de trabajo y pretendía únicamente la suspensión del concurso respecto del Ministerio del Trabajo.

Solo basta dar una lectura a los artículos 125 y 130 de la Constitución para descubrir que la interpretación del Consejo de Estado frente a este punto es flagrantemente inconstitucional, toda vez que coarta de manera directa la autonomía de la CNSC respecto de la administración de la carrera administrativa, habida cuenta que entrega el poder de convocatoria a las entidades y a su voluntad de salir a concurso o no. La autonomía de la Comisión frente a la convocatoria y respecto de la desvinculación del ejecutivo de toda actuación en torno a la administración de la carrera administrativa ha sido un tema ampliamente desarrollado en jurisprudencia de la Corte Constitucional, así por ejemplo en sentencias  C- 372 de 1999, C-1230 de 2005, C-753 de 2008, C- 471 de 2013, C- 245 de 2016, T-090 de 2017 y C-673 de 2015, que constituyen una línea jurisprudencial al respecto.

Asimismo, no es comprensible que se diga que en los procesos no existió coordinación y participación, cuando la documentación pueda dar fe de que las entidades enviaron la oferta pública de empleo firmada por los representantes legales y los jefes de talento humano, de que las entidades participaron en torno a la preparación de las pruebas, enviaron los manuales de funciones y apropiaron los recursos para el desarrollo de la convocatoria, incluso en el caso del Ministerio del Trabajo hay una carta de la Ministra de entonces, Clara López Obregón, solicitando el concurso, entonces, ¿cómo pueden hoy decir que no coordinaron y no participaron? Es incomprensible y verdaderamente inaudito.

No obstante, en respeto de la decisión del Consejo de Estado, la CNSC suspendió las actuaciones aun sin tener claridad de si la suspensión operaba con relación a todas las entidades o solo frente al Ministerio del Trabajo. Por nuestra parte, presentamos aclaración y recurso de súplica frente a la decisión; y quienes teníamos listas en firme empezamos a radicar peticiones ante las entidades para nuestro nombramiento, teniendo en cuenta que la decisión señalaba expresamente que la suspensión únicamente versaba sobre la CNSC y considerando el precedente jurisprudencial que trata sobre los derechos adquiridos de quienes se encuentran en listas de elegibles, edificado como línea jurisprudencial en las sentencias SU 133 de 1998, T-455 de 2000, SU 913 de 2009, T-351 de 2010, C-181 de 2010, T-156 de 2012, T-180 de 2015 y T-590 de 2015.

El 6 de septiembre de 2018, el Consejo de Estado aclaró la decisión del 23 de agosto de 2018, señalando que la suspensión únicamente versaba sobre el concurso adelantado con ocasión del Ministerio del Trabajo. Celebramos parcialmente esta decisión, con pena por nuestros compañeros elegibles del Ministerio de Trabajo; pero con el ánimo de que el concurso seguiría con normalidad para las otras entidades. Sin embargo, dos horas después, el mismo día, el mismo consejero William Hernández, en un proceso diferente instaurado por el señor Wilson García Jaramillo, procedió a la suspensión de la convocatoria 428 de 2015 para 15 entidades.

Estas decisiones no son una postura unificada en el Consejo del Estado, toda vez que este mismo organismo, el 27 de junio de 2018, emitió una decisión diferente frente a otra solicitud de suspensión. En dicha ocasión, con ponencia de Sandra Lissete Ibarra, decidió no suspender, porque a su juicio el efecto útil de la norma se había cumplido con todas las actuaciones de las entidades que certificaban su participación en el proceso. Las circunstancias eran las mismas, sin embargo, la decisión fue distinta.

Con dificultad, material y anímica continuamos en nuestra lucha. Las entidades han empezado a contestar las peticiones de quienes nos encontramos en listas de elegibles en firme, señalando que no procederán con los nombramientos porque a su criterio la actuación del concurso también se encuentra suspendida para ellos, interpretación del todo descabellada, incomprensible, además de contraventora de nuestros derechos adquiridos y de la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

Hemos acudido a acciones de tutela y afortunadamente ya contamos con dos decisiones a nuestro favor que obligan a las entidades a proceder con el nombramiento de dos compañeros de la Contaduría y el Invima que gozan de listas en firme. Hemos tocado la puerta de la rama legislativa, con la fortuna de ser escuchados por la vicepresidenta del Senado, Angélica Lozano, quien realizó un foro para escuchar nuestra voz y todos los argumentos en torno a estas interpretaciones inconstitucionales y al atropelló que estamos viviendo, tan solo por ganar el concurso.

La conclusión es que una leguleyada no puede acabar con el acceso a cargos públicos a través del mérito, por tanto se estableció un compromiso en aras de buscar decisiones definitivas y la atención de las entidades que no quieren nombrar a quienes tenemos listas en firme. Hicimos también un plantón ante el Consejo de Estado, gritamos arengas para que nos escuchen, para que sepan que estamos ahí, que somos personas de verdad vulneradas en nuestros derechos fundamentales, esos mismos que ellos juraron proteger cuando se hicieron parte de la rama judicial.

También hemos buscado a los medios de comunicación para ser escuchados por el país, por eso vemos en esta nota una oportunidad, queremos que Colombia entera sepa que somos los mejores para ser sus funcionarios, pero por una simple firma, no nos dejan posesionarnos. Queremos que se enteren que fuimos nosotros los que superamos las pruebas y ganamos los concursos, pero el Estado parece querer seguir persistiendo en mantener a quienes están allí por clientelismo, amiguismo o por recomendación. Para nosotros es importante que sepan que el servicio público puede ser distinto, pero sencillamente no nos dejan transformarlo.

Es relevante poner de presente que el daño que se nos ha causado desafortunadamente va a tener que ser indemnizado, independientemente de que nos nombren o no. Aquí ya hay un daño configurado y una responsabilidad estatal. Es triste ver como los servidores públicos exponen el patrimonio de todos los colombianos por mantener las horribles prácticas clientelistas a salvo de la meritocracia.

Hay días como hoy, en los que nos sentimos decaídos, hoy se ha suspendido otra convocatoria, ya son 7 en total, y más personas entran en nuestra situación. Somos más de 13.000 ciudadanos, miles de nosotros sin trabajo, otros tantos que se quedan sin empleo en diciembre, muchos que se alcanzaron a trasladar a otras ciudades y hoy están mirando cómo se devuelven. Somos miles de seres humanos viviendo una tragedia en torno del empleo, y todo por una simple firma.

Pero somos los mejores, nuestra lucha es justa y no desfalleceremos, no hay culpa o reproche en haber estudiado y ser bueno, sabemos que tarde o temprano nuestra voz será escuchada por nuestro pueblo y seremos apoyados, tenemos absoluta certeza que el mérito triunfará y que dentro de poco podremos estar prestando el mejor servicio por y para nuestra nación. Seguimos en la batalla, convencidos de que no perderemos y que Colombia preferirá el mérito sobre el clientelismo y la corrupción.

 

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