¿Se desvanece la ilusión de un nuevo campo colombiano?

¿Se desvanece la ilusión de un nuevo campo colombiano?

Los incumplimientos del Gobierno en cuanto a la Reforma Rural Integral

Por: Colectivo Agrario Abya Yala
mayo 22, 2017
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¿Se desvanece la ilusión de un nuevo campo colombiano?
Foto: resolver.se

 Ya van más de 5 meses desde la firma del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, aquel 25 de noviembre de 2016. La euforia y emoción con la que el pueblo colombiano recibió la noticia se va desvaneciendo con la falta de avances y compromisos por parte del Gobierno Nacional, especialmente, en lo que concierne a la implementación de la Reforma Rural Integral (RRI).

La falta de voluntad política para cumplir lo acordado en La Habana se hace evidente al revisar el contenido de los proyectos de ley presentados en materia de tierras. Estos lejos de promover la economía campesina, familiar y comunitaria, pretenden profundizar un modelo de desarrollo rural privilegiando los intereses del gran capital agroindustrial.

El punto de la RRI tiene por objeto sentar las bases para la transformación estructural del campo colombiano a partir de tres ejes: (i) la creación de un fondo para la distribución gratuita de tierras, un catastro multipropósito para la formalización masiva de la pequeña y mediana propiedad rural y una zonificación ambiental con el objetivo de cerrar la frontera agrícola; (ii) el desarrollo de Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) como mecanismos para la focalización de la RRI en las áreas más afectadas por el conflicto armado y el abandono estatal; y (iii) la ejecución de Planes Nacionales de RRI en temas de infraestructura y adecuación de tierras, estímulos a la producción agropecuaria y a la economía solidaria y cooperativa, salud, educación, vivienda, erradicación de la pobreza y el derecho a la alimentación para la población rural.

Lo anterior, implica que el Gobierno debe desarrollar normativamente y en términos de política pública cada eje y acuerdo en particular. A pesar de que lo acordado dista mucho de ser revolucionario y apenas abre camino para superar el histórico abandono estatal del campo, las iniciativas conocidas hasta el momento permiten afirmar que el presidente Santos no está pensando en respetar los compromisos derivados de la RRI. Estas iniciativas presentadas por el Gobierno se relacionan con:
Proyecto de Ley de ordenamiento social de la propiedad rural
Proyecto de Ley de adecuación de tierras
Proyecto de Decreto de formalización de la propiedad rural
Proyecto de Decreto sobre régimen especial de adjudicación en zonas de reserva forestal
Proyecto de Ley que reforma los procesos de restitución de tierras (Ley 1448 de 2011)
Proyecto de Ley de innovación agropecuaria
Proyecto de Ley que crea el sistema nacional de catastro multipropósito
Proyecto de Decreto de uso ocupación y tenencia en áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales
Decreto Ley de Pago por Servicios Ambientales

Varios aspectos de estos proyectos de Decreto-Ley o de Ley conocidos públicamente que forman parte del paquete de reformas legislativas para ser tramitadas mediante el ejercicio de las facultades especiales para la paz, contradicen el espíritu del acuerdo de la RRI e incorporan disposiciones regresivas sobre los derechos del campesinado y los pueblos étnicos.

El Colectivo Agrario Abya Yala se permite presentar una serie de artículos dedicados a referir una breve descripción de las principales preocupaciones que suscitan algunos de estos proyectos. En esta primera entrega nos ocuparemos del análisis del proyecto de Decreto-Ley “por el cual se adoptan disposiciones de ordenamiento social de la propiedad y tierras rurales y se dictan otras disposiciones”.

La importancia de este proyecto —que pretende ser el corazón de la RRI— está dada porque reemplazaría la Ley 160 de 1994, por medio de la cual se creó el Sistema Nacional de Reforma Agraria en nuestro país. De hecho, la propuesta propone derogar dicha Ley en su integridad, con lo cual dejaría de existir la categoría de “sujetos de reforma agraria” para pasar a hablar en términos de “beneficiarios” que no necesariamente serán campesinado sin tierra o con tierra insuficiente.

El borrador de este Decreto-Ley ha sido objeto de tantas críticas venidas desde diferentes sectores de la sociedad que la Agencia Nacional de Tierras se vio forzada a improvisar unas maratónicas jornadas de socialización entre el 26 de abril y el 6 de mayo en las ciudades de Cali, Medellín, Montería, Santa Marta, Villavicencio, Florencia y que terminó en Bogotá.

En todos los lugares fue evidente la amplia desconfianza existente frente a la institucionalidad agraria, derivada de décadas de corrupción y complicidad en el despojo administrativo de tierras. La gente no le cree a un gobierno que detrás de un manejo técnico con aparente neutralidad de la problemática agraria, esconde los intereses del sector empresarial interesado en un modelo agroindustrial de desarrollo mezquino.

De ahí el enfoque marcadamente productivista y la carencia de un énfasis fuerte que desarrolle el fomento y protección a la economía campesina para la construcción de condiciones de buen vivir en las comunidades rurales acordado en la RRI.

Asimismo, el proyecto pretende imponer reformas profundamente regresivas al reconocimiento de derechos presente en la legislación agraria actual, desconociendo el deber del Estado de promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra para quienes carecen de ella, y según el cual, los baldíos tienen una destinación preferente para ser adjudicados a sujetos de reforma agraria. Por el contrario, el proyecto permite sanear jurídicamente los casos de acumulación indebida de baldíos, en favor de poderosas empresas y sectores políticos beneficiarios del despojo.

Además, desconoce la consulta previa establecida como salvaguarda en el capítulo étnico del acuerdo de paz, no vislumbra una ruta clara para la participación de los pueblos indígenas, rom, afrocolombianos, raizales y palenqueros en la RRI, viola la autonomía territorial y la necesidad de la participación de los entes territoriales en la definición de los asuntos relacionados con el uso del suelo e incluye una serie de temas que no guardan relación con lo acordado en cuanto al punto uno o de RRI. Así, por ejemplo, se establece la creación de un derecho real de superficie sobre bienes baldíos de propiedad de la Nación, la pérdida de efectividad de la extinción de dominio por desconocimiento de la función social de la propiedad y la modificación del tamaño de la Unidad Agrícola Familiar en dimensiones superiores a las actuales, provocando una mayor concentración en la propiedad al permitir la asignación de tierras a mayor escala.

Dichas reformas tienen como objetivo consolidar la propuesta de las Zonas de Interés y Desarrollo Empresarial (ZIDRES), en una clara oposición a las Zonas de Reserva Campesina (ZRC), una dualidad presente desde la misma promulgación de la Ley 160 de 1994 que en esta oportunidad se pretende resolver de un plumazo. Con razón, líderes históricos del movimiento campesino y representantes de las autoridades indígenas y negras levantan su voz desde los territorios para decirle a Santos que, si su intención es engañar la fidelidad de la implementación con el contenido de propuestas contrarias a los compromisos adquiridos, estarán prestos a ejercer su legítimo derecho a la protesta social.

Si el gobierno nacional se niega una vez más a escuchar, sus propuestas serán objeto de réplica, esta vez no en salones de hoteles donde realiza falsos ejercicios de participación, sino en las calles, donde se le hará sentir lo ilegítimo de abusar de las facultades presidenciales para la paz con el fin de socavar los derechos conquistados por las luchas del movimiento campesino, étnico y popular al fragor de la movilización.

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