Revivir en Semana Santa el Juicio a Jesús de Nazareth

Revivir en Semana Santa el Juicio a Jesús de Nazareth

Una interpretación jurídica de la pasión y muerte de Jesucristo

Por: carlos eduardo lagos campos
abril 19, 2019
Este es un espacio de expresión libre e independiente que refleja exclusivamente los puntos de vista de los autores y no compromete el pensamiento ni la opinión de Las2orillas.
Revivir en Semana Santa el Juicio a Jesús de Nazareth
Imagen: Cristo crucificado /Velásquez (fragmento)

 ANTECEDENTES

Jesús fue juzgado en tiempos de Poncio Pilato, bajo el mandato del emperador de Roma Tiberio, el segundo después de Octavio Augusto; Julio César padre adoptivo de Octavio no alcanzó a ser emperador, tuvo el título de dictador inicialmente por 10 años, pero cuando se declaró dictador de manera vitalicia fue asesinado por el senado romano.

Frente a la jurisdicción romana se encontraba el gobernador Poncio Pilato, mientras que en Galilea  gobernaba el rey Herodes Antipas y en Jerusalén la jurisdicción era asumida por el temible Sanedrín; quien realizaba los juicios como máximo tribunal religioso frente a este se encontraba Caifás.

Judea era región muy inestable dentro del imperio Romano y cualquier alteración del orden público era castigada con la muerte, las comisiones romanas a esta región se consideraban un castigo, los judíos se negaban a la instalación de dioses paganos y odiaban los tributos.

EL SUPUESTO FÁCTICO

Los hechos se concretan en toda una serie de actos y predicaciones que desarrolla de Jesús en los últimos años de su vida en las provincias de Galilea, Judea y Jordania, entre otras poblaciones de la actual Palestina.

La realización de una serie de milagros según Juan 2:1-12, que comienzan con la conversión del agua en vino en una boda en Caná, la curación de los enfermos y resucitar a los muertos; Pero lo que disparó los cuestionamientos de Jesús fue su creciente popularidad no sólo a través de sus discípulos sino del pueblo; incluso es visitado en secreto por miembros del sanedrín como Nicodemo y Jesús de Arimatea. A medida que aumenta la fama de Jesús disminuye la de Juan el Bautista y los fieles empiezan a bautizarse con los discípulos de aquel, al tiempo que el Bautista es arrestado y sacrificado tras haber denunciado el adulterio del rey con Herodías esposa de su hermano Filipo. Pero quizás el hecho más significativo fue el trato a los mercaderes del templo, a quiénes expulsó acusándolos de haberlo pervertido.

Recordemos que fue ahí donde pronunció sus frases más célebres “Destruid este templo, y en tres días lo levantaré”; así como la magistral respuesta de “dale al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”.

 LA CAUSA JUDIA

Como habíamos expresado existían tres jurisdicciones bien diferentes en Jerusalén la primera era ante el sanedrín que era la autoridad religiosa de los hebreos y cuyo sacerdote era José Ben Caifás.

 LA IMPUTACIÓN

El cargo fue el de BLASFEMIA recordemos según los hechos bíblicos este había afirmado ser el mesías esperado por los judíos y adicionalmente ser el hijo de Dios.

EL JUICIO

Fue un juicio breve y sumario e inquisitorio, por cuanto según las leyes de Moisés se requerían por lo menos dos testigos por cada delito, el cargo era infundado y Jesús fue muy hábil con el uso de la palabra.

EL ACERVO PROBATORIO

De manera limitada Jesús tuvo tiempo para hacer una intervención de parte a través de respuestas trascendentales pero no concretas, logrando confundir al Sanedrín con expresiones como: “mi reino no es de  este mundo, yo para esto he nacido, Tú lo has dicho yo no” Situaciones probatorias que impidieron una decisión condenatoria por parte del Sanedrín, reforzada con la ayuda y defensa oficiosa de Nicodemo y José de Arimatea; pero principalmente por el incumplimiento de la carga probatoria que exigía un número plural de testigos, situación que no se cumplió pues solo uno hizo presencia en el Auditorio. Razón por la cual es remitido ante la jurisdicción Romana.

LA CAUSA ROMANA

Esta estaba a cargo del Pretor Poncio Pilato quien para el caso del derecho romano en las provincias era el juez para los romanos y para los extranjeros en aplicación del Ius romanorun y el ius Gentium, respectivamente.

LA IMPUTACIÓN

A través del vocero del Sanedrín ante los romanos fue la de SEDICIÓN

EL JUICIO.

Era Público e inquisitorio, esto es que la dirección del proceso la tenía el Pretor romano y no las partes. La técnica utilizada por los romanos era el interrogatorio de parte lo que conocimos en Colombia como la indagatoria y hoy en día la entrevista al indiciado y la formulación de la imputación.

EL ACERVO PROBATORIO

De la misma manera cómo sucedió en el sanedrín el interrogatorio a Jesucristo no arrojó ninguna prueba en contra de Jesucristo ni su confesión en relación con este delito, ello porque jamás el Cristo incitó al pueblo a levantarse en contra del imperio romano.

Pero el principal fundamento para deshacerse del juicio por parte de Poncio Pilato, fue el hecho de que Jesús inició su predicación en Galilea la cual era jurisdicción del rey Herodes Antipas.

Ante los resultados adversos frente al imperio romano los fariseos y Saduceos trasladaron a Jesús al viejo palacio macabeo de Herodes el grande.

EL ENTORNIO POLITICO

Lo constituían los fariseos y Saduceos quienes eran la clase gobernante en Judea, se podría decir que eran los dos grandes partidos políticos de la época pero muy arraigados en el aspecto espiritual.

Los saduceos eran la clase rica, quienes detentaban el poder civil y religioso ocupando la mayoría de los escaños en el sanedrín. Cohonestaban con el imperio romano y eran los encargados de mantener las buenas relaciones entre pueblo de Israel y Roma. Se puede decir que constituían el partido conservador de la época.

Mientras que los fariseos eran comerciantes que componían por decirlo así la clase media, o sea personas del común, no tenían títulos nobiliarios, eran más aceptados por el pueblo que los saduceos, componían una minoría en el Sanedrín y contaban con un número minoritario de sacerdotes; no obstante tenían una gran influencia dentro de este concilio porque tenían el favor del pueblo.

UNA TERCERA JURISDICCIÓN

El conocimiento era competencia de Herodes Antipas el tetrarca de Judea, hijo de Herodes el grande a quien se le había delegado por los romanos la jurisdicción de Galilea.

LA IMPUTACIÓN

En este caso fueron una combinación de las dos causas anteriores, esto es lo mismo que se dijo ante Pilato sobre la SEDICIÓN y toda una serie de hechos infundados sobre el quebrantamiento de la ley de Moisés, más concretamente lo relacionado con la BLASFEMIA.

 EL JUICIO

Era privado, inquisitivo y sumario sin más formalidades que el capricho de un rey.

EL ACERVO PROBATORIO

Herodes interrogó a Jesús sobre los milagros y lo conminó a que realizará por lo menos uno. En este caso la defensa de Jesús se centró en el silencio del acusado. Herodes quedó sorprendido de la imponencia de Jesús y de su conducta.

Herodes jamás superó la muerte o asesinato de Juan el Bautista y vio en Jesús ese mismo poder y señorío, por lo tanto tras burlarse de él, envolverlo en un manto púrpura real; lo envió de vuelta a Pilato.

DE VUELTA ANTE LA JURISDICCIÓN ROMANA

Pilato se dirige a los sumó sacerdotes y a los miembros del Sanedrín con las frases célebres que proclama su inocencia: “Habéis traído a este hombre ante mí, acusándolo de que pervierte al pueblo, prohíbe el pago de los impuestos, y dice ser el rey de los judíos. Lo he interrogado y no lo encuentro culpable de estas acusaciones. De hecho, no encuentro falta alguna en él. Luego lo envié a Herodes, y el tetrarca debe de haber llegado a la misma conclusión, puesto que nos lo ha enviado de vuelta. De cierto este hombre no ha hecho nada merecedor de muerte. Si aún creéis que necesita ser disciplinado, estoy dispuesto a castigarle antes de ponerlo en libertad”.

LA APLICACIÓN DEL DERECHO CONSUETUDINARIO O EL “COMUN LAW”

Ante la protesta de los líderes judíos Pilato acudió a una antigua tradición en la cual los Pretores romanos podían amnistiar a un condenado o a un procesado en el tiempo de la Pascua. En ese momento se postuló el nombre de Barrabás para el acto, quien había sido condenado, era un verdadero sedicioso político, con un amplio prontuario delictivo; pero también era hijo de un sacerdote del pueblo y especialmente los Fariseos apoyaban a su manera a este tipo de rebeldes nacionalistas.

Al explicar Pilato a la multitud quién era Jesús y su posición frente a la causa, en el sentido de que no lo consideraba culpable y su posición frente a Barrabás quien ya había sido juzgado y encontrado culpable de  SEDICON HURTO y ATRACO. Destacamos que mientras el Cristo aún no había sido condenado Barrabas ya lo estaba y a muerte.

El siguiente paso era preguntarle al pueblo de Israel: “A quién Pues preferís que yo o suelte a este barrabás el asesino o a este Jesús de Galilea?”

La respuesta no se hizo esperar la mayoría de los presentes eran simpatizantes de los FARISEOS y SADUSEOS lejos estaban los amigos de Jesús, en consecuencia la repuesta del pueblo fue contundente: "Que suelten a barrabás pedían los fariseos" pero en este caso también lo hacían los saduceos, sus seguidores, los sacerdotes y los miembros del sanedrín que para el caso eran casi los mismos, no había neutralidad, la suerte de Jesús estaba signada, no hubo espacio para su defensa pública.

El Pretor Pilato quedó desconcertado por la exclamación de este pueblo e insistió en dos ocasiones más con la misma pregunta; pero la respuesta fue la misma.

En medio de esta cacofonía de voces aparece una intervención inesperada en favor de Jesús, se trata de Claudia la esposa de Poncio Pilato quién en una epístola expresa: "Te ruego que nada tengas que ver con este hombre justo inocente a quién llaman Jesús mucho el parecido esta noche en sueños por causa de él"

Atónito, desesperado y asustado  Pilato pregunta: finalmente “Qué hacer con el que se llama rey de los judíos” la muchedumbre grito “crucifícalo, crucifícalo, crucifícalo”.

LA CRUCIFIXION COMO PENA

El origen de la crucifixión no era de Judea ni tampoco romana, su nacimiento se remonta a Asiria, este método de tortura y ejecución es acogido por los romanos por considerarlo ejemplar, ya que su duración producía un efecto psicológico en el pueblo, toda vez que el proceso incluía un desfile con un madero que luego se utilizaba como travesaño en la cruz, exhibiéndolo ante el pueblo con el fin de persuadir a las personas a no desafiar la autoridad romana; un caso anterior pero muy conocido fue la crucifixión de seis esclavos  capturados tras la rebelión de Spartaco en la vía Apia.

En la antigüedad las penas impuestas revestían diversos caracteres como la ley del Talión  “Ojo por ojo diente por diente” o el código de Hammurabi, la ley de las doce tablas, la crucifixión era un castigo reservado para los delitos políticos; por lo demás las penas eran muy variadas cada una cumplía una función de acuerdo a la época o a las relaciones de producción, por ejemplo muchas de ellas cumplían un propósito económico como la condena a las minas o al servicio en las galeras, otras como el escarnio público, el cepo o la lapidación por infidelidad, tenían un aspecto retributivo y en todo caso ejemplarizante, el destierro era muy común para deshacerse de los rivales, en el trascurso del tiempos las penas fueron muy diversas en todo el mundo por ejemplo la hoguera se utilizaba para los herejes simbolizando el averno, en la película de la letra escarlata que protagonizó Demi Moore vemos un claro ejemplo del escarnio público. La prisión es algo muy reciente que data de la revolución francesa; lo que vemos en las películas de personas en las mazmorras corresponde a la que hoy conocemos como detención preventiva. Quizás eran más creativos? Saquen ustedes sus propias conclusiones.

 EL SUPLICIO DE JESÚS

Antes de tomar la decisión final Jesús es azotado, torturado, burlado y vestido con un manto color púrpura, coronado con espinas y un cetro de cáñamo, posteriormente es escupido, abofeteado y golpeado con el propio centro; así sangrante y herido fue presentado nuevamente a la multitud la cual nuevamente grito al unísono “crucifícalo”.

LA CONDENA

Se dice que entonces Poncio Pilato se lavó las manos en señal de no asumir la responsabilidad del fallo y procedió a dictar la condena, la cual prácticamente se convertiría en una condena por aclamación, algo que violaba no sólo las leyes romanas, sino también las judías, puesto que el único condenado era Barrabás, el Cristo no había sido condenado por ninguna autoridad, sin embargo fue sometido a la decisión de la multitud en una institución creada para amnistiar y no para condenar, lo que finamente sucedió. Jesús fue condenado por la multitud. Hecho que fue ratificado por la autoridad romana para evitar una rebelión del pueblo de Israel.

Definitivamente este no fue un juicio en derecho, fue un juicio político donde se violó no sólo el Derecho de Defensa, sino también  el Debido Proceso, la Dignidad Humana, la Presunción de Inocencia y el “indubio pro reo” entre otros derechos fundamentales del procesado.

A la luz de la doctrina constitucional contemporánea lo que se presentó en el juicio de Jesús fue una VÍA DE HECHO dejando el derecho romano y las leyes de Moisés a un lado para imponerse en este caso el capricho del sanedrín, de los Saduceos y algunos Fariseos.

Finalmente podríamos decir que en el fondo muy pocas cosas han cambiado en los sistemas judiciales del mundo y concretamente en Colombia donde todavía imperan los intereses personales, las conveniencias políticas y en ocasiones el cohecho para proferir fallos venales, que en muchas ocasiones tipifica el delito de prevaricato.

En Colombia ha sucedido que se impone la misma condena a un delincuente de cuellos blanco que se apropia de miles de millones como el caso de conalvías e interbolsa para citar solo dos ejemplos, que a un ciudadano que se roba un caldo de gallina en Cali; igual situación de impunidad sucede con los aforados, Perú nos ha dado muestras de rectitud en la administración de justica con los recientes casos de Odebrech, donde se han judicializado a más de cuatro expresidentes, uno de ellos acaba de suicidarse, otro esta en cuidados intensivos y los nuestros haciendo política y destruyendo al País de manera irresponsable.

Por supuesto lo que sucede en la rama jurisdiccional no necesariamente es una regla general, pero si existe la tendencia de favorecer siempre al más fuerte.

Desde el Centro de Pensamiento Libre consideramos que se requiere fortalecer nuestro sistema judicial, poner a funcionar de manera adecuada la comisión de política criminal, separar a nuestros jueces y magistrados de la posibilidad de nominar cargos públicos, para así lograr la purificación de nuestra justicia.

*Abogado

Especializado en Instituciones jurídico penales

Universidad Nacional de Colombia.

Miembro de número del Centro de Pensamiento Libre.

 @CarlosLagos112

 

 

 

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