Revés para el alcalde Galán, el consejo de Estado le tumbó la alcaldesa de una localidad clave en Bogotá

Karla Marín fue funcionaria hasta el final de la alcaldía de Claudia López y estaba cantado que su inscripción podría estar viciada y fue inhabilitada 

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diciembre 16, 2025
Revés para el alcalde Galán, el consejo de Estado le tumbó la alcaldesa de una localidad clave en Bogotá

En un fallo de segunda instancia, con ponencia del Magistrado Luis Alberto Álvarez, el Consejo de Estado anuló la designación de Karla Marín Ospina como Alcaldesa de la Localidad de Kennedy, nombrada y posesionada por el Alcalde de Bogotá Carlos Fernando Galán el pasado 18 de Julio de 2024. De acuerdo con el fallo proferido por el alto Tribunal, Marín Ospina estaba inhabilitada al momento de realizar su inscripción, por haber desempeñado un cargo público en la oficina de asuntos disciplinarios de la Secretaría de Gobierno de Bogotá, hasta el mes de enero de 2024.

Galán

La determinación del Consejo de Estado está justificada en el numeral 4 del artículo 66 del Estatuto Orgánico de Bogotá o Decreto Ley 1421 de 1993. El cual prohíbe la designación de personas a Alcaldes Locales, que hayan ejercido cargos públicos 3 meses antes de su inscripción al proceso, desde el Concejo de Bogotá ya habían advertido esa situación al Alcalde de Bogotá Carlos Fernando Galán, pero el mandatario se justificó diciendo que había un error en los tiempos del periodo laborado y continuo con el proceso sin tener en cuenta la advertencia de inhabilidad.

El pasado mes de Julio de 2025, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, había anulado en primera instancia el Decreto 238 del 18 de Julio de 2024, mediante el cual fue nombrada como Alcaldesa Local de Kennedy Karla Marín Ospina. El fallo del Tribunal, indica que, la funcionaria estaría incursa en una inhabilidad por haber ejercido funciones públicas 3 meses antes de su inscripción al proceso, hasta el 31 de enero de 2024. Y ahora el Consejo de Estado ratifica la decisión en segunda instancia y Marín Ospina deberá dejar el cargo.

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Cabe anotar que los señores Jorge Enrique Forero y Rubén Darío Barbosa fueron quienes instauraron la demanda de nulidad contra Karla Marín cuando la nombraron Alcaldesa de la Localidad de Kennedy. Los dos ciudadanos pidieron al Tribunal de Cundinamarca, declarar la nulidad del acto administrativo mediante el cual se nombró a Karla Marín como Alcaldesa Local de Kennedy, además pidió que se ordenara a la Junta Administradora Local (JAL) que realizara nuevamente el proceso de elección.

Ahora con la salida de Marín Ospina, el Alcalde Galán deberá designar un nuevo Alcalde Local en provisionalidad para que continúe con la ejecución presupuestal de la Alcaldía Local de Kennedy y se paren las obras en la Localidad, mientras la Secretaría de Gobierno de Bogotá en cabeza de Gustavo Quintero organice y adelante un nuevo proceso de selección con candidatos que no presenten inhabilidad.

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