El referendo que pretende decidir qué tipo de familia debemos tener

El referendo que pretende decidir qué tipo de familia debemos tener

"No hace falta ser adivino para saber la decisión del pueblo colombiano, mayoritariamente cristiano, si el referendo contra la adopción sucede"

Por: Andrés Felipe Puentes Díaz
diciembre 14, 2016
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El referendo que pretende decidir qué tipo de familia debemos tener

Fueron más de las 12 de la noche y el edificio del Congreso de la República seguía en pleno debate de uno de los temas quizás más polémicos que ha llegado a interés nacional en el año de hoy: la llamada ideología de género. Para quienes no están al tanto, Carlos Alonso Lucio López, su esposa la Senadora Viviane Morales y un sector mayoritario de la población (2 millones 300 mil personas que firmaron la iniciativa legislativa) buscan llamar al pueblo a un referendo que prohíba la adopción de menores po

No hace falta ser adivino para saber la decisión del pueblo colombiano, mayoritariamente cristiano, si el referendo contra la adopción sucede

r parte de personas homosexuales y solteras bajo el entendido que solo las familias heterosexuales son aptas para hacerlo. El referendo busca, entre quizás muchos otros intereses políticos, establecer un criterio único que determine cuál es la única familia dentro del Estado Colombiano, amparada por la Constitución.

Las posiciones por parte de los senadores fueron varias y contrarias. No hace falta ser adivino para saber la decisión del pueblo colombiano, mayoritariamente cristiano si se le da la facultad de ir a las urnas a decidir sobre el tema.

Es interesante escuchar y ver los argumentos de aquellos que afirman la homosexualización de la sociedad. Carlos Lucio, su principal promotor, considera que como consecuencia de la sentencia C-683 de 2015 (aquella en la que la Corte Constitucional permitió que los homosexuales pudiesen adoptar) se dio vía libre para que los miembros de la comunidad Lgbtiq pervirtieran a la sociedad e impusiesen su pensamiento, innegablemente minoritario, ante la sociedad. No obstante, sus afirmaciones no tienen peso alguno.

En principio asegura acérrimamente que no existe vulneración alguna del principio de igualdad porque sencillamente las personas homosexuales no son iguales que las heterosexuales. En efecto no lo son. Ahora bien. Algo debe ser reconocido a Lucio, y ese ha sido un error argumentativo por parte de quienes buscan impedir la iniciativa: no es un derecho de los adultos el de adoptar, sino de los niños de ser adoptados. No podemos hablar que hay discriminación por impedir a una persona no idónea (económica, social, moralmente, etc.) adoptar a un menor de edad. Hay discriminación cuando se cree que un homosexual, o un soltero, no es apto para hacerlo por la sencilla razón de que su condición sexual o su estilo de vida independiente difieren de la concepción generalizada de lo que es una familia. No existe evidencia científica que cerciore que un niño que crece en un hogar homoparental lo hace para convertirse en un sujeto indeseable por la sociedad. Sino por el contrario, no hay diferencia alguna entre quienes se criaron con dos padres, dos madres, una mamá y un papá, un padre, un padre y la abuela, o con la tía. No se lo inventó la Corte: de 18 instituciones académicas y científicas que fueron llamadas a dar su punto de vista, solo 2 consideraron que el crecimiento del menor se vería comprometido de forma negativa. De esas dos, una basó su argumentación en principios religiosos y la segunda en un estudio científico desacreditado internacionalmente.

Continuó afirmando que es necesaria la creación de una política pública que establezca cuáles son los criterios para poder adoptar a un menor y que la exclusión de los homosexuales y los solteros no es discriminatorio. Para empezar, esa política existe y es definida por el Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006). Lo que realmente se busca con esta iniciativa no es salvaguardar los derechos del menor, sino de limitar a personas que son aptas a ejercer el mecanismo que la ley otorga para la conformación de un hogar. No puede decir que no existe discriminación cuando el único argumento que tienen para sustentar su afirmación es el de que los roles del hogar son diferentes y la ausencia de uno de estos afecta inmediatamente el crecimiento del menor. ¡Por su puesto que lo son! ¿Pero cuántas familias de nuestra sociedad son realmente las que pueden clasificarse dentro de la concepción decimonónica que se busca reafirmar? ¿Vamos a negar a los miles que han crecido en hogares desintegrados (una mamá, un papá, padres separados, sin padres pero con abuelos, tíos, un largo etcétera) y hasta el momento no han adoptado conductas que puedan considerarse como violatorias de la moral social? Los roles de la familia no son ejercidos monopolísticamente por la mamá y el papá, se extiende más allá e incluso alcanza a abarcar a la colectividad social en la que el menor se desarrolla. Es por esto que no se puede afirmar que un niño que crece bajo el seno homoparental va a carecer de una posición femenina, o en caso contrario masculina.

Asegura además, que es “el pueblo soberano”, expresado en los más de dos millones de personas que firmaron la iniciativa legislativa quienes tienen la última palabra. Y que como agregado, el ejercicio del mecanismo de adopción por parte de parejas homosexuales es meramente simbólico bajo el considerando de que desde que se les permitió hacerlo solo 5 parejas han solicitado ante el ICBF iniciar el proceso. Viviane, Lucio, así fuese una sola pareja que lo hiciera, es un logro. ¿Cómo esperan que salga toda la comunidad Lgbtiq a adoptar cuando ni si quiera podemos tomarnos de la mano en público sin exponernos a agresiones por parte de la sociedad? Es un proceso largo y la sociedad, tanto homosexuales como heterosexuales va a demorar en adaptarse. Los unos en dejar de temer el rechazo y los otros en dejar de rechazar. Por el otro lado, siendo Viviane Morales una de las constitucionalistas más respetadas del país debería saber que el pueblo cuando es convocado a referendo no actúa como constituyente primario, sino derivado. ¿Qué quiere decir eso? Que no puede limitar derechos consagrados en la Constitución.

El pueblo sencillamente no puede entrar a decidir sobre un tema tan delicado como éste. No es porque se vulnere un derecho fundamental de los homosexuales y los solteros de adoptar, sino porque no es de su competencia determinar qué familia es o no válida dentro de nuestro ordenamiento jurídico. Esta figura es el eje fundamental del Estado y en la práctica adquiere muchas formas que una aplastante mayoría no puede desconocer. ¿Quién es entonces el facultado para hacerlo? Dentro de la argumentación jurídica el constituyente primario (que ya arriba se explicó cuándo ejerce o no como tal) en la teoría constitucional las necesidades sociales del momento histórico, que en este instante es el reconocimiento de una minoría y su no discriminación. Se debe entender, como lo han trabajado los grandes constitucionalistas, que la Carta Magna es letra muerta si no se adapta a las condiciones sociales e históricas. Es por ello que no se puede interpretar exegéticamente el artículo 42 superior.

Por último, Carlos Lucio aseguró que él y quienes apoyan su posición no se fundamentan en ideologías, pero a la vez afirmó que así le contradijesen todas las universidades del mundo, todos los académicos, sociólogos, sicólogos y antropólogos, él nunca iba a cambiar su parecer con respecto a los roles que juega cada miembro en la familia. ¿Coherencia?

Parece ser que el tema de la ideología de género no tiene fin y se va a extender hasta las elecciones del 2018. Dicen los postores del referendo que son los grandes poseedores del poder quienes se están aprovechando de la reivindicación de los derechos de las minorías (a lo que le llaman ideología de género) para su propio provecho. Yo me pregunto, ¿no será más bien que Viviane está aspirando a su reelección en el Senado?

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