Esta semana, la Corte Constitucional tomó una decisión histórica: declaró inconstitucional un artículo que permitía a las empresas de telecomunicaciones ofrecer acceso gratuito a ciertas aplicaciones —como Facebook o WhatsApp— sin gastar datos del plan del usuario. Lo que para muchos era un beneficio, en realidad era una trampa elegante. Una forma disimulada de decirte qué podías ver y qué no. Y eso, en una democracia, es peligroso.
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A primera vista, la medida puede parecer impopular: ¿Cómo así que nos quitaron el "Internet gratis"? Pero lo cierto es que ese acceso gratuito era apenas a una parte del universo digital. Lo llamaban "zero rating" y permitía que los más pobres solo pudieran navegar en lo que les regalaban. No era libertad, era jaula disfrazada.
La Corte no se dejó engañar. Con su Sentencia C-206 de 2025, entendió que no hay verdadera equidad digital si unos acceden a toda la red y otros solo a unos cuantos jardines amurallados que deciden las grandes empresas. La neutralidad en la red no es un capricho técnico: es una garantía de que todas las personas, sin importar su plan de datos, tengan derecho a la misma información, las mismas herramientas, la misma posibilidad de construir conocimiento.
Porque el problema nunca fue regalar el acceso a Internet, el problema fue regalarlo solo a lo que le conviene a las plataformas más poderosas. ¿Quién garantiza que mañana no nos den solo acceso gratuito a propaganda? ¿O a noticias de un solo bando? ¿O a contenidos diseñados para mantenernos entretenidos pero desinformados?
La Corte decidió proteger el derecho a una red libre, sin filtros empresariales. No tumbó el Internet gratis, tumbó el Internet segmentado, donde unos podían navegar libremente y otros quedaban confinados a lo que les asignaban.
Hoy, más que nunca, defender la libertad de expresión pasa también por defender la libertad de navegación. El conocimiento no puede ser un lujo ni un favor. Tiene que ser un derecho. Y ese derecho debe ser igual para todos.
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