Los votos legitiman el poder, pero no están por encima de la Constitución. Una defensa del Estado constitucional de derecho

 - Los 12,7 millones del Pacto Histórico no están por encima de la Constitución

Las democracias no suelen morir el día en que desaparecen las elecciones. Comienzan a deteriorarse mucho antes, cuando el respaldo obtenido en las urnas pretende convertirse en un argumento para limitar el control institucional, desacreditar la justicia o descalificar cualquier cuestionamiento al poder. Ese es, precisamente, el debate que hoy enfrenta Colombia.

Los 12,7 millones de votos obtenidos por el Pacto Histórico constituyen una expresión legítima de la voluntad popular. Nadie puede desconocer el significado político de ese respaldo ni minimizar el derecho de millones de ciudadanos a sentirse representados por un proyecto político. Sin embargo, una cosa es la legitimidad electoral y otra muy distinta convertir esa legitimidad en un argumento para sostener que las investigaciones, los controles institucionales o las críticas al ejercicio del poder constituyen, por definición, una persecución política.

La pregunta no es menor. De su respuesta depende la diferencia entre una democracia constitucional y una democracia plebiscitaria.

Desde hace varios años, diversos dirigentes políticos han recurrido a un razonamiento recurrente: cuando una investigación alcanza a un líder con amplio respaldo popular, ya no se presenta como una actuación propia del Estado de derecho sino como un ataque contra la voluntad del pueblo. Bajo esa lógica, el debate deja de girar alrededor de las pruebas, de la Constitución o del debido proceso para trasladarse al terreno de la legitimidad electoral. El número de votos comienza a reemplazar el análisis jurídico.

Ese desplazamiento resulta profundamente peligroso porque modifica la naturaleza misma de la democracia. La pregunta ya no es si las instituciones actuaron conforme a la ley, sino si tenían derecho a investigar a quien representa a millones de ciudadanos. En otras palabras, la legitimidad política pretende convertirse en una categoría jurídica.

Max Weber comprendió hace más de un siglo una diferencia que hoy parece olvidarse. Las elecciones producen legitimidad de origen. Responden a la pregunta de quién ha sido autorizado por los ciudadanos para ejercer el poder político. Pero esa legitimidad nunca significó inmunidad frente a la ley. El respaldo electoral explica quién gobierna; no determina quién puede ser investigado. Confundir ambas dimensiones supone alterar uno de los fundamentos esenciales de toda democracia representativa. 

Precisamente para evitar esa confusión surgió el constitucionalismo moderno. Luigi Ferrajoli sostiene que el Estado constitucional representa la mayor conquista jurídica de la democracia porque somete incluso a las mayorías al imperio de la Constitución. Antes bastaba vencer para mandar; hoy gobernar significa ejercer el poder dentro de límites que ni siquiera una mayoría puede desconocer. La Constitución no fue escrita para proteger únicamente a las minorías; fue concebida para impedir que cualquier mayoría, por amplia que fuera, pudiera transformar su victoria electoral en un poder sin controles. 

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Esa es la diferencia entre una democracia constitucional y una democracia plebiscitaria. En la primera, las mayorías gobiernan, pero gobiernan sometidas a la ley. En la segunda, las mayorías terminan creyendo que el respaldo popular les permite redefinir los límites de la propia Constitución. Allí comienza la erosión institucional.

Por eso resulta inquietante que el debate político colombiano empiece a medir la legitimidad de las investigaciones por el número de votos del investigado. Si un dirigente representa a millones de ciudadanos, se concluye que cualquier actuación judicial constituye una agresión contra esos millones de electores. El problema de ese razonamiento es que desplaza el centro del debate desde el derecho hacia la aritmética electoral.

La consecuencia sería devastadora. Si el respaldo popular bastara para deslegitimar el control institucional, la igualdad ante la ley desaparecería. La intensidad del escrutinio dependería del tamaño de la mayoría política que respalda al investigado. Cuantos más votos obtuviera un dirigente, menor sería la posibilidad de que las instituciones ejercieran su función sin ser acusadas de perseguir políticamente a sus electores.

Ese no fue el modelo concebido por el constitucionalismo democrático. La ley no distingue entre mayorías y minorías cuando se trata de exigir responsabilidades. La Constitución no pregunta cuántos votos obtuvo un ciudadano antes de determinar cuáles son sus derechos y cuáles son sus deberes. Esa neutralidad constituye precisamente la esencia del Estado de derecho.

Jürgen Habermas dio un paso más allá al sostener que la legitimidad democrática no se agota el día de las elecciones. Un gobierno, un partido o un dirigente no conservan su legitimidad simplemente porque alguna vez obtuvieron el respaldo de las urnas. La preservan en la medida en que aceptan justificar públicamente sus decisiones, responder a las críticas y someterse al control de las instituciones. La democracia no se reduce al conteo de votos; se sostiene sobre la deliberación, la transparencia y la rendición de cuentas. 

Desde esa perspectiva, la existencia de investigaciones judiciales, actuaciones disciplinarias, controles fiscales o cuestionamientos periodísticos no constituye una anomalía democrática. Constituye, precisamente, la evidencia de que el Estado de derecho continúa funcionando. Otra cosa muy distinta es que esas actuaciones sean arbitrarias, selectivas o violen el debido proceso. Cuando eso ocurre, corresponde denunciarlo con firmeza. Pero esa denuncia debe sustentarse en hechos, en pruebas y en argumentos jurídicos, no en el simple hecho de que el investigado represente a millones de ciudadanos.

Confundir investigación con persecución únicamente por el peso electoral de un dirigente conduce a una conclusión incompatible con cualquier Estado constitucional: que el alcance de la justicia depende del número de votos obtenidos. Bajo esa lógica, la igualdad ante la ley desaparece y el control institucional deja de ser una garantía de la democracia para convertirse en una amenaza contra quienes acumulan mayor respaldo popular.

Hannah Arendt advirtió que las democracias empiezan a debilitarse cuando un movimiento político deja de considerarse una parte del pueblo para asumirse como el pueblo mismo. En ese momento, toda crítica deja de ser una expresión normal del pluralismo democrático y pasa a interpretarse como una agresión contra la voluntad popular. La política abandona el terreno de los argumentos para instalarse en el de las identidades irreconciliables. Quien discrepa deja de ser un contradictor y comienza a ser presentado como enemigo. 

Ese riesgo no pertenece exclusivamente a la izquierda ni a la derecha. La historia demuestra que todos los proyectos políticos, cuando alcanzan un alto grado de poder o de legitimidad electoral, pueden sentirse tentados a identificar su propio destino con el de la nación. Precisamente por eso el constitucionalismo estableció límites que no dependen del color ideológico de quien gobierna ni del tamaño de su respaldo electoral. La Constitución existe para recordar que el poder siempre necesita controles, incluso cuando se considera moralmente superior o políticamente mayoritario.

En consecuencia, el verdadero debate no consiste en determinar si los 12,7 millones de votos del Pacto Histórico son muchos o pocos. Tampoco en desconocer la legitimidad democrática de quienes los obtuvieron. La cuestión verdaderamente importante es otra: ¿puede ese respaldo convertirse en un argumento para deslegitimar anticipadamente la actuación de los jueces, los organismos de control o el escrutinio ciudadano?

Mi respuesta es no.

No porque las instituciones sean infalibles. No porque los jueces jamás se equivoquen. No porque la persecución política sea imposible. La respuesta es negativa porque aceptar esa premisa significaría sustituir la supremacía de la Constitución por la supremacía de las mayorías. Significaría admitir que la intensidad del control institucional depende del peso electoral del investigado y no de la fuerza de las pruebas o de la aplicación imparcial de la ley.

Ese día dejaríamos de hablar de una República para comenzar a hablar de un sistema donde la legitimidad política pretende convertirse en inmunidad jurídica.

Los 12,7 millones de votos merecen el mayor respeto. Representan la voz de millones de colombianos y constituyen una parte esencial del pluralismo democrático. Pero el respeto a esos ciudadanos no consiste en convertir a sus dirigentes en intocables. Consiste en garantizar que, como cualquier otro servidor público o actor político, respondan ante la Constitución, la ley y las instituciones cuando existan razones jurídicas para hacerlo.

Weber nos recordó que las urnas explican quién gobierna. Ferrajoli enseñó que incluso ese poder encuentra límites en la Constitución. Habermas demostró que la legitimidad se mantiene mediante la deliberación y la rendición de cuentas. Arendt advirtió que ninguna democracia sobrevive cuando una mayoría pretende identificarse con el pueblo y situarse por encima de las reglas comunes.

Los cuatro convergen en una misma conclusión: el respaldo electoral jamás puede convertirse en una patente de inmunidad.

Las urnas eligen gobernantes.

La Constitución les recuerda que ninguno está por encima de la ley.

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Por Germán Alberto Bermúdez Ordoñez

Soy escritor, educador y veterano de guerra colombiano. Mi trayectoria integra liderazgo militar, pedagogía humanista y reflexión filosófica, orientada a comprender y transformar los procesos humanos y sociales en contextos de conflicto, posconflicto y construcción de paz.