La indignación de la arquidiócesis de Manizales ante ratificación de condena

La indignación de la arquidiócesis de Manizales ante ratificación de condena

La arquidiócesis debe pagar una indemnización por la violación de un padre a un menor. Sin embargo, alegan que la condena debe ser para el individuo, no para la institución

Por: Diego Alejandro Vargas Aguilar
agosto 30, 2017
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La indignación de la arquidiócesis de Manizales ante ratificación de condena

La Sala Civil del tribunal superior de Manizales ha ratificado la condena que hace un año emitió un juzgado de la misma ciudad, donde ordena a la arquidiócesis de Manizales pagar una indemnización junto al sacerdote Pedro Abelardo Ospina que fue hallado culpable de la violación de un monaguillo en el año 2008, hechos ocurridos en la casa cural de la iglesia donde el menor acolitaba.

Nuevamente salen a relucir argumentos como, ¿por qué una institución debe pagar por una conducta individual de uno de sus miembros?, ¿no se supone que el violador es el único culpable de su conducta y no la institución para la cual trabajaba?, ¿entonces si un profesor viola a un menor se puede condenar civilmente a la federación colombiana de educadores (FECODE) o si mi hermano viola y asesina a una niña se puede condenar civilmente a toda la familia? La respuesta es simple: todos los casos son diferentes.

No es la primera ni la última vez que una institución o persona jurídica es condenada civilmente por acciones u omisiones derivadas de la conducta individual de uno de sus miembros. El Ejército Nacional de Colombia o la Policía Nacional han sido instituciones que en el marco de un proceso judicial han sido condenadas a indemnizar a familias de personas víctimas de acciones individuales de uno o varios miembros de dichas instituciones cuando en el marco del debido proceso se han demostrado acciones u omisiones de las instituciones que han facilitado o propiciado las conductas punibles de sus miembros. No es nada raro, y no es nada de otro mundo. Muchas veces han habido momentos en los que determinadas instituciones del Estado colombiano, (e incluso el propio Estado) han sido halladas culpables por acciones cometidas individualmente por uno o varios miembros que han sido condenados penal y civilmente por sus delitos individuales, pero que durante un proceso judicial se encontró culpabilidad civil de la institución a la que pertenecían las personas condenadas por las conductas punibles.

 

No todas las veces una institución es encontrada culpable de la conducta delictiva de alguno de sus miembros, y la Iglesia Católica no es la excepción. Son miles los casos en que un bautizado y confeso católico ha cometido crímenes y ha sido juzgado y condenado individualmente sin que en el proceso judicial haya salido a relucir el nombre de la Iglesia Católica; como también son numerosos los casos de policías que han cometido delitos y han sido condenados individualmente sin que la institución a la que pertenecían haya sido encontrada culpable de acciones u omisiones que la obliguen a pagar cuantiosas multas o indemnizaciones a familiares de las víctimas.

La Iglesia Católica no es divina, es una institución que, como cualquier otra en el país, debe estar regida por las mismas reglas que rigen a cualquier institución en Colombia, y por lo tanto también es susceptible de ser demandada cuando haya indicios de que sus acciones u omisiones propician crímenes tan aberrantes como la violación de menores de edad; y son bastantes los indicios que demuestran a lo largo y ancho del mundo, que la iglesia como institución ha trasladado de parroquia a sacerdotes con el objetivo de protegerlos de la justicia y con el propósito de proteger la imagen institucional de una iglesia cada vez más desprestigiada. En el caso que me motiva a escribir este artículo es evidente que los jueces encontraron indicios y pruebas que permiten que la arquidiócesis de Manizales sea hallada culpable civilmente por acciones y omisiones que condujeron a que dentro de su lugar de trabajo, un niño fuera violado por un sacerdote que se aprovechó de su jerarquía dentro de la institución para perpetrar el crimen.

La Iglesia Católica, al igual que el ejército nacional, la policía o cualquier institución del Estado, debe responder civilmente cuando en un proceso judicial se demuestra la culpabilidad generada por acciones u omisiones que propician o encubren crímenes de esta magnitud. No es la primera ni la última vez que una institución o persona jurídica es condenada civilmente por un crimen de uno o varios de sus miembros, y tampoco la Iglesia Católica ha sido condenada civilmente por cada uno de los crímenes cometidos por sus fieles o jerarcas que la componen, y por tal razón el victimismo sobra y es repudiable en una institución conocida por reprimir el deseo sexual de sus jerarcas, no para llegar castos al cielo sino para amasar riquezas en la tierra.

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