Con el contrato sindical pierden los trabajadores
Opinión

Con el contrato sindical pierden los trabajadores

En estos contratos los trabajadores le dicen a los trabajadores que ya no son empleados sino “socios” y con esos cantos de sirena les quitan derechos laborales

Por:
septiembre 15, 2015
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Los llamados Contratos Sindicales, son formas ilegales de tercerización laboral permitidas por la ley y que están creciendo como espuma y con impunidad. Con lenguaje romántico la ley los define como la “institución jurídica del derecho colectivo del trabajo, a través de la cual los sindicatos pueden participar en la gestión de las empresas y en la promoción del trabajo colectivo” (Decreto1429/2010).

Pero la realidad es bien distinta y sus consecuencias nefastas para cientos de miles de trabajadores que lo padecen y para el movimiento sindical colombiano, ya que de un día para otro nacieron varios cientos de sindicatos de papel justo después de que otra ley, la 1429 de 2010 prohibió tercerizar trabajadores a las también mal usadas Cooperativas de Trabajo Asociado– CTA. Pero en Colombia, como “hecha la ley, hecha la trampa” rápidamente las Cooperativas se convirtieron en “sindicatos” y es la estructura del Estado la que más ha multiplicado el uso de contratos sindicales especialmente en las entidades de salud, de obras públicas y el mantenimiento vial.

Un estudio reciente de la Escuela Nacional Sindical –ENS- determinó que existen hoy en el país al menos 1476 contratos sindicales usados para intermediación laboral ilegal. Y ese estudio muestra también la obvia coincidencia de tiempo entre la ilegalización de las CTA y la resurrección de los contratos sindicales, ya que mientras en 2010 apenas existían 50 contratos sindicales vigentes, en el 2012 el Ministerio de Trabajo registraba la existencia de 703 casos con 158.878 trabajadores afectados. Las cifras y las fechas hablan por sí solas.

Y los creadores de estos falsos sindicatos son en su mayoría los propietarios de las extintas CTA que siguieron con otro nombre explotando a cientos de miles de trabajadores. Y el Estado sigue incumpliendo sus deberes legales y constitucionales al no vincular directamente a sus trabajadores usando ahora, para mantenerlos tercerizados, una figura sindical de papel.

Por eso es triste ver como la Confederación General del Trabajo –CGT- defiende esta institución y los sindicatos que lo practican como la Unión de Trabajadores de la Industria Energética Nacional –Uten- los cuales venden en páginas web y perfiles de Facebook servicios de suministro de personal a las empresas de energía eléctrica y de servicios públicos domiciliarios.(Ver enlace). En los debates nacionales e internacionales, que el uso de esta figura ilegal de tercerización está produciendo, estas organizaciones están librando una cruzada en defensa de una institución que solo favorece a los empresarios y al gobierno. A los primeros,  por el ahorro en los costos laborales, y al segundo, por la propaganda que le permite hacer sobre el “crecimiento” ficticio de la tasa de sindicalización en Colombia.

En el contrato sindical los trabajadores le dicen a los trabajadores que ya no son empleados sino “socios” y con esos cantos de sirena les quitan derechos laborales.

Los sindicatos y sus directivos pasan a ser patronos en el desarrollo del contrato sindical, en teoría sin ánimo de lucro, pero la realidad muestra que sus patrimonios crecen gracias a millonarios contratos. Al final de la jornada, los “socios, al terminar el contrato sindical, vuelven al desempleo, mientras, los directivos del falso sindicato, siguen buscando con apetito otro contrato sindical para volver a tercerizar a otros trabajadores.

En  la más reciente Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT pude comprobar en vivo y en directo como los trabajadores mexicanos demostraron que ese tipo de sindicalismo “mafioso”, terminó devorando al sindicalismo de ese país, donde los “contratos de protección patronal” (como los llaman allá) se convirtieron en una alianza entre empresarios, gobierno y falsos sindicalistas para impedir la existencia del sindicalismo reivindicativo de derechos laborales. Dichas denuncias llevaron al gobierno mexicano a proponer reformas legislativas que si se aprueban y se ponen en práctica, permitirán a los trabajadores mexicanos volver a tener el derecho de negociar colectivamente sus condiciones de trabajo. (Ver enlace)

En Colombia mientras tanto, la justicia constitucional dejó al descubierto en dos sentencias de 2011 que los trabajadores en un contrato sindical no pueden reclamar solidaridad laboral a la empresa contratante. Y más grave aún, que los afiliados al sindicato no pueden considerarse “trabajadores”, ya que el contrato sindical, “no necesariamente se rige por un contrato individual de trabajo, sino por un contrato de afiliación sindical”.  Y les negó a los trabajadores vinculados a estos contratos sindicales el derecho a la acción de tutela por violación de derechos fundamentales. Para la Corte Constitucional si el sindicato empleador no les paga salarios a los afiliados trabajadores, no hay violación al mínimo vital. (Ver sentencia). En ambos casos la Corte Constitucional no protegió los derechos de los trabajadores tercerizados ilegalmente en un contrato sindical firmado precisamente por Uten con una hidroeléctrica y dejó sus derechos salariales y prestacionales sin protección, lo cual demuestra, lo que realmente es un contrato sindical.

El movimiento sindical tiene el deber moral de combatir todas las formas de explotación laboral, los fenómenos de tercerización laboral ilegal y demandar de las entidades y empresas, públicas y privadas, la formalización laboral de todos sus trabajadores. Un  sindicato de verdad nunca podrá decir que la mejor manera de mejorar las condiciones laborales de los trabajadores son los contratos sindicales, porque en el contrato sindical no hay trabajo decente.

Y no hay trabajo decente porque no hay contratos laborales, no hay salarios ni prestaciones, sino compensaciones, incluso se encuentran contratos sindicales donde las incapacidades por enfermedad, las vacaciones o los pagos por trabajo extra o dominical no existen, mucho menos libertades sindicales ya que los trabajadores no conocen ni siquiera lo que es un verdadero “sindicato”.

@PalmaEdwin

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