"Si en un año no se puede determinar el compromiso y el cumplimiento de un gobierno con lo proyectado, el inicio del proceso de revocatoria debe prolongarse"

 - Coherencia a la colombianaFoto: Red + Noticias

Recuerdo aquel capítulo del Chavo del 8 en el que todo el elenco viaja a las hermosas playas de Acapulco y Quico muy emocionado le pregunta a su mamá: "Puedo meterme al mar?". Y la vieja chancluda le responde: "Claro tesoro, nada más no te vayas a mojar".

¿No les parece familiar? La Constitución y ley colombiana amparan, como mecanismo de participación ciudadana, la revocatoria del mandato, la cual se puede iniciar al año de posesión del mandatario, cuando el mismo no está cumpliendo con su Plan de Desarrollo.

Sin embargo la CNE pretende tumbar los 4 procesos de revocatoria que hoy cursan en contra del alcalde Enrique Peñalosa argumentando que en tan solo un año no es posible determinar si el funcionario cumple o no con lo proyectado en su Plan de Desarrollo.

Si en un año no se puede determinar aún el compromiso y el cumplimiento de un gobierno con lo proyectado, el inicio del proceso de revocatoria debe prolongarse, para lo cual, necesariamente, el período de gobierno debe ampliarse.
Si bien es cierto que para que la revocatoria perfeccione cabalmente su razón de ser, se requiere de ajustes en la Constitución y la ley, esto no es causa para frenar su ejercicio hoy, siempre y cuando se ajuste al marco constitucional, legal y normativo actual, como casualmente es el caso de las que se adelantan en contra del mandato de Peñalosa.
La CNE no puede politizar esto y terminar como la vieja chancluda del cuento.

 

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