Por primera vez en el nuevo gobierno, la figura del alcalde ad hoc vuelve a poner a Cali en el centro del debate nacional sobre ordenamiento territorial. Mediante el Decreto 1479 del 30 de septiembre de 2026, el presidente Abelardo de la Espriella designó a su jefe de Despacho y secretario privado, Nicolás Gómez Arenas, como alcalde ad hoc de Santiago de Cali para conocer exclusivamente los asuntos relacionados con el Plan de Ordenamiento Territorial (POT).
La medida, que no implica la salida del alcalde titular Alejandro Eder ni el traslado del gobierno a Bogotá, busca destrabar un trámite que lleva más de dos años en suspenso.
El antecedente se remonta al 11 de octubre de 2024. Ese día, Eder se declaró impedido ante la Procuraduría General para participar en cualquier actuación vinculada al POT. En su escrito, el mandatario argumentó que parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad podrían tener inversiones en sectores directamente regulados por el POT, con obras en construcción, ingeniería civil, cemento, industria básica del hierro y del acero, finca raíz, hotelería y actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados.
El impedimento fue aceptado y desde entonces la ciudad ha debido funcionar con alcaldes ad hoc en su proceso de reordenamiento territorial.
El primero fue Jaime Luis Berdugo, exviceministro del Interior de la administración de Gustavo Petro, designado en abril de 2025. Luego se anunció a Kinerith Stephanie Gómez Ríos, asesora del Ministerio del Interior, pero su designación se frenó tras cuestionamientos por haber sido contratista de la Alcaldía de Cali hasta junio de 2026, lo que reeditaba el riesgo de conflicto de interés.
Ahora llega Nicolás Gómez, bogotano de 29 años y una de las figuras más jóvenes y cercanas al presidente. Él encarna la prolongación de la influencia de la casa Gómez, regidora del Movimiento de Salvación Nacional. Su padre es el senador Enrique Gómez Martínez y su tío Miguel es ministro de Hacienda. Por eso él se declara laureanista de tiempo completo, en homenaje a su bisabuelo Laureano Gómez y a su tío abuelo Álvaro Gómez Hurtado.
Su hoja de vida lo presenta como un politólogo y comunicador de la University of Arizona, con maestría en Políticas Públicas de la Universidad de los Andes, y hasta antes de la elección presidencial como secretario Político del Movimiento de Salvación Nacional.
Desde el 7 de agosto de 2026 ocupa la Jefatura de Despacho Presidencial, cargo que en la estructura del DAPRE equivale al de secretario privado y jefe de gabinete. De él dependen la Casa Militar, la Jefatura de Protección Presidencial, la Secretaría de Comunicaciones y la Consejería para las Regiones.
La oposición podría quejarse de nepotismo, pero desde el punto de vista jurídico su designación cumple con la regla básica porque se trata de un funcionario del orden nacional sin vínculo con los intereses inmobiliarios que motivaron el impedimento de Eder.
Un vacío técnico
En sectores políticos, gremiales y de la academia en Cali hay preocupación por el hecho de que Gómez no tenga formación en planeación, urbanismo, arquitectura o ingeniería, pues su perfil es fundamentalmente político.
Aunque algunos lo consideran también un asunto bizantino, el debate no sobraría porque Cali es la tercera ciudad del país, con 20.000 familias aún fuera de sus casas tras el terremoto del 10 de agosto, y con cinco zonas priorizadas para renovación urbana, que son Cuarto de Legua, Los Cámbulos, Capri y las comunas 2 y 18, según anuncios del alcalde titular Alejandro Eder.
El POT, cuyo trámite está a cargo del Concejo, será la norma que definirá dónde se puede construir, cómo se redensifica y qué suelos serán protegidos.
Sin embargo, la ley no pide que el alcalde ad hoc sea urbanista. La figura está prevista en el Código de Procedimiento Administrativo para garantizar imparcialidad, pero no para formular técnicamente el plan.
El alcalde ad hoc no redacta el POT. El trabajo técnico lo hace el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, que desde julio de 2024 adelanta estudios de amenazas, riesgos y expansión urbana.
La función del ad hoc consiste en firmar los actos que por competencia corresponden al alcalde y que el titular no puede firmar por conflicto de interés. Con la medida se evita que el proceso se paralice o sea anulado después por la justicia contenciosa administrativa.
Hay un antecedente. El POT de 2014 de Cali fue anulado por el Tribunal Administrativo del Valle precisamente por un vicio en la designación de la alcaldesa ad hoc de entonces, que fue nombrada por la Procuraduría Regional del Valle y no por la Presidencia de la República, como ordena la ley.
Aquel fallo, producto de un probado error administrativo, dejó a la ciudad sin instrumento de largo plazo y le impuso un plazo de 30 meses para adoptar uno nuevo.
Con la designación de Gómez, De la Espriella y su ministro del Interior, Rodrigo Lara Restrepo, buscan cerrar ese vacío. Su reto ahora es dar seguridad jurídica al trámite y, al mismo tiempo, brindar tranquilidad técnica a una ciudad que necesita reconstruir vivienda tras el sismo y ordenar su crecimiento.
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