El presidente De la Espriella ha anunciado como uno de sus objetivos iniciales convertir a Colombia en la sede latinoamericana del Escudo de las Américas, la iniciativa de Trump que revive la Doctrina Monroe, América para los Norteamericanos, que busca consolidar su control político, económico y militar en América Latina para hacerle frente a los avances de China.
En ese marco, el Secretario de Guerra estadounidense, Pete Hegseth, afirmó que el Gobierno de Abelardo de la Espriella solicitó la participación de Estados Unidos y autorizó “operaciones militares conjuntas” para combatir organizaciones narcotraficantes y terroristas.
No habló simplemente de capacitación, cooperación o intercambio de inteligencia. Habló de operaciones militares.
Entonces las preguntas son inevitables: ¿qué autorizó exactamente el Gobierno colombiano? ¿Ingresarán tropas estadounidenses? ¿Cuántas? ¿Podrán portar armas? ¿Participarán en ataques? ¿Utilizarán drones y aeronaves? ¿Tendrán inmunidad total? ¿Estarán hasta que acaben con el narcotráfico? ¿Quién ejercerá el mando: el General Smith o el General Ramírez?
Y, sobre todo: ¿quién autorizó todo esto?
La Constitución también manda al comandante en jefe
El Presidente dirige las relaciones internacionales y es comandante supremo de las Fuerzas Armadas. Tiene enormes poderes. Pero no poderes absolutos.
El artículo 173.4 de la Constitución establece expresamente que corresponde al Senado “permitir el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la República”. Y además se requiere concepto previo del Consejo de Estado.
Adicionalmente, si estas operaciones suponen nuevos compromisos internacionales, aparece otro límite constitucional.
El Presidente puede celebrar tratados, pero el artículo 189.2 ordena someterlos a la aprobación del Congreso. El artículo 150.16 atribuye al Congreso la competencia para aprobarlos o improbarlos y el 241.10 establece posteriormente su control automático por la Corte Constitucional.
Y estas no son formalidades sin sentido. Son controles constitucionales al poder.
Por eso, antes de anunciar esta nueva era de cooperación militar, el Gobierno debería publicar los documentos y responder algo elemental:
¿Cuál es exactamente el instrumento jurídico que permite estas operaciones y qué controles constitucionales ha cumplido?
Ya intentaron meter la cooperación militar por la puerta de atrás
Hay un antecedente que De la Espriella debería recordar.
En 2009, el Gobierno de Álvaro Uribe suscribió con Estados Unidos un acuerdo que permitía al personal estadounidense acceder y utilizar siete instalaciones militares colombianas.
El Gobierno sostuvo que no necesitaba aprobación del Congreso porque simplemente estaba desarrollando acuerdos anteriores. En otras palabras, pretendía ampliar la cooperación militar sin tramitar un nuevo tratado.
Pero la Corte Constitucional le puso freno.
En el Auto 288 de 2010, determinó que aquel acuerdo incorporaba nuevas obligaciones internacionales y, por tanto, no podía producir efectos en Colombia mientras no cumpliera el procedimiento constitucional correspondiente.
Dieciséis años después parece necesario recordar una obviedad democrática: Combatir el narcotráfico no deroga la Constitución. Y ninguna causa, por legítima o urgente que sea, habilita al Presidente para gobernar por fuera de ella.
Sin soberanía no hay independencia
Colombia necesita buenas relaciones con Estados Unidos y con múltiples países del mundo. También necesita fortalecer la cooperación internacional contra el narcotráfico, el terrorismo y el crimen transnacional.
Pero cooperación no significa subordinación.
Una cosa es compartir inteligencia, tecnología, capacitación o conocimiento. Otra muy distinta es permitir que una potencia extranjera despliegue su fuerza militar y participe en operaciones ofensivas dentro de nuestro territorio.
Los militares estadounidenses no obedecen al Presidente de Colombia. Obedecen a su propia cadena de mando y tienen como misión defender los intereses de Estados Unidos, por lo que podrían tomar control de nuestros recursos naturales o infraestructura crítica, si su amplio concepto de “seguridad nacional”, así lo indica.
Por eso la soberanía importa. Y por eso el Gobierno debe publicar inmediatamente qué acordó con Estados Unidos, cuáles serán las operaciones, quién participará, bajo qué mando, durante cuánto tiempo y cuál es su fundamento jurídico.
También corresponde al Congreso, a los órganos de control, a los jueces y a la sociedad civil exigir esas respuestas y salir en defensa de la Constitución, la soberanía y la independencia de nuestro país, garantías indispensables para salir del atraso y desarrollarnos como nación.
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