Una denuncia destapó el mecanismo fraudulento para evadir el pago de deudas y la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá tomó cartas en el asunto

 - Acción de la justicia contra el Cartel de la Insolvencia: tres abogados fueron sancionados por participar en el esquema

Con la denuncia del atropello a uno de sus clientes, el abogado Juan Carlos Mora destapó uno de los casos de uso fraudulento de la insolvencia. Lo que fue concebido como un salvavidas para deudores de buena fe en crisis financiera ha sido utilizado como un mecanismo para evadir el cumplimiento de obligaciones legítimas.

El abogado penalista Iván Cancino también se sumó a las denuncias de estas presuntas redes dedicadas a evadir el pago de deudas y defraudar a los acreedores.

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La persistencia del abogado Mora Muñoz arrojó un resultado sin precedentes. Las investigaciones adelantadas dieron lugar a un fallo de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, que sancionó a tres abogados por su participación en el denominado cartel de la insolvencia. La corporación, presidida por el magistrado Jorge Eliécer Gaitán Peña, es la autoridad encargada de investigar y sancionar disciplinariamente a los abogados en ejercicio y a los funcionarios de la Rama Judicial.

La sanción recayó sobre los abogados Edwin Fabián Castro Barreiro, Manuel Antonio Pérez Maldonado y Fabiola Bohórquez, quienes fueron excluidos del ejercicio de la profesión.

| Puede leer aquí: Anatomía del fallo que destapó la trama del Cartel de la Insolvencia

Según el fallo del tribunal disciplinario, presidido desde 2025 por el abogado sanandresano Richard Navarro May, quedó demostrado que los profesionales, valiéndose de su conocimiento jurídico, actuaron con "mala fe y temeridad", logrando defraudar al sistema judicial colombiano y perjudicando gravemente los derechos económicos de los acreedores verdaderos. Como consecuencia, quedaron inhabilitados para volver a ejercer la profesión.

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Implicaciones penales y compulsa de copias

La trascendencia de este fallo supera el ámbito disciplinario y se extiende al terreno penal. La corporación judicial envió copias del expediente a distintas dependencias de la fiscalía general de la Nación para que adelanten las investigaciones correspondientes:

  • Investigación penal general: dirigida a establecer la eventual responsabilidad penal de los tres abogados sancionados por las conductas investigadas.
  • Justicia especializada: remisión de copias a la Fiscalía 54 delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado contra bandas criminales, debido a la sofisticación y estructura con la que presuntamente operaba esta red.
  • Investigación de testaferros o "prestanombres": se ordenó investigar penalmente a los terceros que actuaron como testaferros o "prestanombres", permitiendo el uso de sus identidades para figurar en créditos ficticios y participar en procesos ejecutivos con el propósito de manipular los quórums de votación en las audiencias de insolvencia.

Radiografía del fenómeno: el auge de los "carteles de la insolvencia"

Este caso no representa un hecho aislado, sino la confirmación de una modalidad que ha mostrado un crecimiento sostenido desde el segundo semestre de 2020. Bajo falsas promesas de asesoría legal, los denominados "carteles de la insolvencia" han convencido a múltiples deudores de que este mecanismo constituye una forma viable de extinguir deudas sin pagarlas o de refinanciarlas a plazos excesivamente largos y sin intereses.

El modus operandi de estos grupos implica una compleja red de complicidades. Abogados inescrupulosos desnaturalizan el espíritu protector de la Ley de Insolvencia y utilizan algunos centros de conciliación de reciente creación para facilitar este tipo de fraude. Allí, mediante la creación de deudores y créditos ficticios, diluyen artificialmente la participación del acreedor real y obtienen las mayorías necesarias para imponer acuerdos de pago que terminan convirtiéndose en un completo despojo financiero.

No obstante, las dinámicas del mercado están cambiando. Durante este año, tanto los acreedores legítimos como sus equipos jurídicos han aprendido a identificar los patrones de actuación de estas organizaciones.

Los casos de insolvencia se han multiplicado: hace diez años se reportaban 400; en 2025 la cifra ascendió a cerca de 19.000 y para este año se proyecta que supere los 30.000.

Ante este panorama, el sector bancario decidió reforzar sus mecanismos de prevención.

Las entidades financieras vienen fortaleciendo sus medidas de detección para identificar posibles abusos del régimen de insolvencia, lo que puede incidir en sus procesos de evaluación del riesgo crediticio y de vinculación a determinados servicios financieros.

Guía práctica: ¿Cómo identificar si puede ser víctima de un cartel de la insolvencia?

Para entidades del sector solidario, como los fondos de empleados, o para personas naturales que de buena fe han otorgado un préstamo y son convocadas a un proceso de insolvencia en centros de conciliación sin trayectoria, resulta fundamental realizar una debida diligencia con base en las siguientes señales de alerta:

  • Perfil e historial de los supuestos coacreedores: conviene verificar quiénes afirman ser los demás acreedores del proceso. En investigaciones previas se ha detectado que algunos de estos esquemas incluyen como supuestos prestamistas a personas privadas de la libertad o ciudadanos sin capacidad económica para respaldar los montos reclamados.
  • Soportes de deuda sospechosos: la existencia de obligaciones respaldadas únicamente por letras de cambio simples, firmadas por montos de cientos de millones de pesos a favor de personas que, al mismo tiempo, registran deudas de escasa cuantía (como saldos mínimos de tarjetas de crédito o cuotas de administración de propiedad horizontal), constituye un indicio de inflación artificial del pasivo.
  • Abogados recurrentes: estos esquemas suelen ser operados por un grupo reducido de profesionales. Si al revisar el expediente se evidencia que los abogados de los demás acreedores aparecen reiteradamente en otros procesos de insolvencia de la región, podría tratarse de una red organizada.
  • Acuerdos sospechosamente rápidos: un trámite que avanza a una velocidad inusual y concluye con un acuerdo aprobado gracias a mayorías conformadas por acreedores cuestionables constituye otra señal de alerta.
  • Trayectoria del centro de conciliación: se ha identificado un patrón de uso de centros de conciliación con menos de cuatro o cinco años de funcionamiento, lo que se atribuye a la proliferación de estos despachos. En contraste, quienes promueven estas prácticas suelen evitar instituciones con amplia trayectoria, como los centros de conciliación de Fenalco o de las cámaras de comercio, con filtros éticos y de control más rigurosos, que dificultan la configuración de este tipo de estafas.

Este fallo, con las sanciones ejemplarizantes impuestas a los abogados Edwin Fabián Castro Barreiro, Manuel Antonio Pérez Maldonado y Fabiola Bohórquez, no solo constituyó un precedente, sino que también encendió las alarmas sobre las prácticas de abogados inescrupulosos. Además, envió un mensaje claro a quienes pretendan persistir en estas conductas: arriesgan la pérdida de la tarjeta para su ejercicio profesional y se exponen a consecuencias penales.

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Por Las Dos Orillas

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