¿Y ahora frenazo al plan de conectividad de Petro?

¿Y ahora frenazo al plan de conectividad de Petro?

El presidente tiene como uno de sus objetivos cerrar la brecha digital para una transformación de la población campesina, vulnerable, alejada y de bajos recursos

Por: Douglas Velásquez Jácome
junio 02, 2023
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¿Y ahora frenazo al plan de conectividad de Petro?

El presidente Petro tiene como uno de sus objetivos de CAMBIO masificar la CONECTIVIDAD cerrando la brecha digital (desigualdad en el acceso a Internet y las TIC) para posibilitar la transformación digital de la población campesina, vulnerable, alejada y de bajos recursos, haciéndola transversal a todos los sectores económicos y sociales, para alcanzar equidad y dinamizar así el crecimiento económico. Para ello armó coaliciones políticas con el fin de sacar adelante en el Congreso sus propuestas de transformación social, donde se incluyó al MINTIC. La llegada ahora de Lizcano a MINTIC es una buena señal, pues es un hombre cercano a sus afectos que garantiza lealtad, compromiso y pulcritud.

No deja de sorprender el capitis deminutio que en mi opinión se le da a la Comisión de Regulación de Comunicaciones- CRC con la ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026) y la entrevista del ministro Lizcano en el diario El Tiempo donde MINTIC asume la función regulatoria en los ejes claves para las nuevas transformaciones digitales y la Inteligencia Artificial.

Extraña también,  que después de los descalabros de Duque con la pérdida de 70 mil millones de pesos en el proyecto Centros Poblados y los 500 mil millones de pesos de OCAD PAZ que aparentemente se robaron altos funcionarios de Planeación Nacional, la Contraloría y congresistas a través de pago de coimas, como lo han denunciado los medios de comunicación, se hubiera mantenido con el Artículo 140 el pago de las contraprestaciones económicas por la utilización del espectro radioeléctrico por parte de los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones mediante obligaciones de hacer obras de infraestructura definidas previamente, autorizadas y reglamentadas por MINTIC aumentado del 60% hasta con un 90% del monto total, buscando con ellas ampliar la calidad, capacidad y cobertura de la conectividad  que beneficie a la población pobre, vulnerable y apartada. Las inversiones para realizarse serán determinadas por MINTIC quien mantiene la facultad y responsabilidad de realizar la inspección y vigilancia directamente o a través de auditores expertos e imparciales, así como ejercer la facultad sancionatoria frente al incumplimiento de las obligaciones que acarrear sanciones económicas, la negativa de prorrogas e inhabilidades para participar en próximas subastas. Esta norma es una copia literal del artículo 310 de la ley 1955 de 2019, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 de Duque que dejaron  complejas discusiones de interpretación sobre la mesa del real cumplimiento de las obligaciones técnicas y económicas de los operadores como se desprende de un Informe de Auditoría de la Contraloría de la República de diciembre de 2012 donde se encontró que había una “falta de seguimiento y control a las obligaciones de hacer establecidas en los contratos de concesión celebrados con los operadores de telefonía móvil”. El órgano de control también afirma que no había diligencia y celeridad por parte del MINTIC en las investigaciones contra los operadores, y “no se ha impuesto sanción alguna a los concesionarios de telefonía móvil, no obstante, las observaciones presentadas en los informes de interventoría”. Esta historia no se puede repetir. Nuestra investigación académica deduce también que no se ha recurrido a herramientas de gestión como un Dashboard en línea que monitoriza, analiza y muestra los indicadores con el apoyo de auditorías externas de la mayor experiencia.  Dura tarea tiene aquí el ministro Lizcano.

*El autor es abogado, consultor e investigador académico en temas de nuevas transformaciones digitales, autor del libro en edición “Regulando el Ciberespacio y las nuevas tecnologías” (Título provisional).

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