Rionegro: Historia de un chanchullo

Rionegro: Historia de un chanchullo

No tiene Personero titular desde hace 7 meses y el Concejo municipal ha dilatado su nombramiento pese a un fallo del Tribunal de Antioquia

Por: Oscar Castaño Valencia
diciembre 01, 2016
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Rionegro: Historia de un chanchullo

Rionegro es un municipio de primera categoría, tiene 125 mil habitantes y un ingreso anual estimado para 2017 de 365 mil millones de pesos. Entre otras proyecta realizar obras como un sistema masivo de transporte que costaría una cifra cercana al billón de pesos.

Este municipio con Aeropuerto y zona Franca, además de sus ventajas comparativas y competitivas por ser uno de los de mayor desarrollo en la región y el país, pasa por una crisis institucional de gran envergadura: No tiene Personero titular desde hace 7 meses y el Concejo municipal ha dilatado su nombramiento pese a un fallo del Tribunal de Antioquia, una sentencia del Consejo de Estado y recientemente una acción de tutela del juzgado 19 de la ciudad de Medellín.

 

¿Qué ha pasado?

Desde que la norma obligó a realizar un concurso de méritos para elegir Personeros en Colombia, muchos son los procesos aún pendientes para definir la titularidad de los cargos. En Rionegro se vive una historia macondiana con el procedimiento utilizado por la Corporación pública para su nombramiento.

En Octubre de 2015 la mesa directiva convocó el concurso de méritos y con él dio a conocer el reglamento que aplicaría para quienes se postularan. Desde aquel día y hasta hoy han sido las acciones judiciales las que han sido las protagonistas de esta elección frustrada en varias de sus etapas.

ANI Omega Ltda. una empresa constituida hace solo 4 años dedicada a la investigación y asesoría forense y criminalística fue la elegida por el Concejo municipal para realizar el concurso de méritos, esta firma fue bastante cuestionada por lo que al parecer era su poca o ninguna experiencia en este tipo de procesos y que con los resultados a la vista confirmaron lo que para muchos era posible: Un fallido concurso que dejó muy mal la institucionalidad del Concejo municipal.

El 7 de diciembre de 2015, Giovanni García Martínez entonces Presidente del Concejo convocó una “audiencia reservada de revisión de pruebas”, él y la secretaria de la Corporación firmaron un documento que abría una nueva etapa en el Concurso la cual no estaba incluida en el cronograma.

Esta decisión que por arte de magia le dio mayor puntaje a quien venía en segundo lugar, fue el determinante para que Carlos Andrés García Castaño quien no había solicitado revisión de sus pruebas en adelante fuera investido con el primer lugar en el concurso y finalmente elegido Personero.

No se explican los actores políticos y sociales que han intervenido en el proceso, cuál fue el motivo que tuvo el Presidente del Concejo para cambiar radicalmente la orientación de un proceso que hasta ese momento ya tenía varias acciones de tutela y solicitudes de veedores ciudadanos que advertían de irregularidades en el mismo.

Cambiar el cronograma de un concurso de méritos cuando solo era posible hacerlo para fecha y lugar, era algo abiertamente ilegal que el señor García Martínez se apropió sin consideración a las voces que llamaban a la revocatoria directa de la resolución.

Según Jhonathan Montes Ceballos abogado demandante, considera una grave manipulación del concurso lo hecho por el Presidente en 2015, que buscaba favorecer los intereses de la Corporación y de quien fue elegido como Personero el 9 de enero.

Precisamente en fallo de segunda instancia el Consejo de Estado le dio la razón y declaró la nulidad del acto de elección de Carlos Andrés García por considerar que se cometieron serias irregularidades con el acta 048 del 7 de diciembre al convocar una nueva etapa en el concurso, con el agravante que el documento fue firmado solo por 2 de los 4 miembros de la mesa directiva.

Desde el 29 de septiembre fecha en el cual el Consejo de Estado confirmó el fallo del Tribunal de Antioquia, han transcurrido 2 meses en los cuales el Concejo de Rionegro ha dado sus propias interpretaciones a las decisiones judiciales, pidió aclaración al fallo del máximo órgano de lo contencioso administrativo y este lo negó, al fin le recordó que debía proceder a darle continuidad al concurso y proceder a la elección de quien por méritos tuviera el mejor puntaje.

Fue así como el abogado Jhon Fredy Osorio Pemberty, quien reclama su nombramiento por lo decidido por el Consejo de Estado, acudió a la acción de Tutela como mecanismo de protección de los que considera es la violación a sus derechos fundamentales. Por ello la jueza 19 civil municipal de Medellín le dio la razón y un término de 48 horas a Gregorio Orjuela Pérez, Presidente actual de la Corporación para que procediera a elegir el Personero titular.

Vacancia absoluta y vigencia de la lista de elegibles

La controversia desatada en este proceso radica primero en que Rionegro no tiene Personero, dado que la nulidad del acto de elección de Carlos Andrés García dejó sin piso la elección de Claudia Yaneth Loaiza, nombrada como Personera Encargada. “No puede estar ejerciendo dado que el motivo de su nombramiento terminó en el momento en que se conoció la invalidez de la elección del titular y se produjo la vacancia absoluta”.

Obliga lo anterior a nombrar de forma inmediata a quien continúe en la lista de elegibles, según los demandantes quienes hacen parte de esta, tienen derechos adquiridos dado que la resolución de enero de 2016 que la contenía está vigente ya que en ninguno de los fallos ha sido declarada nula.

Los ciudadanos rionegreros tienen serias dudas en este proceso que ya está marcado por la falta de garantías, en los cuales han sido reiteradas conclusiones de la justicia quienes han dado por descontado no solo que se ha tratado de manipular la elección, sino ahora en desconocer el fallo del Consejo de Estado y con este el del juez de tutela.

Mientras estas acciones se dan la Procuraduría regional de Antioquia y la Fiscalía local quienes conocen del proceso hacen lo propio en un caso que trascendió los juzgados y ahora se perfila para las acciones de control disciplinario y de responsabilidad penal, por desacato a las decisiones judiciales y a la negligencia de quien es el llamado a corregir el camino de este cuestionado proceso de elección.

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