¿Quiénes pueden salir a la calle en la cuarentena?

¿Quiénes pueden salir a la calle en la cuarentena?

Duque decretó la medida que contempla 34 excepciones para los trabajadores de servicios esenciales y casos de fuerza mayor. Pero muchos salen a rebuscarse lo del día

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marzo 26, 2020
¿Quiénes pueden salir a la calle en la cuarentena?

Aunque el presidente Duque decretó una cuarentena nacional hasta el próximo 13 de abril, la gente sigue saliendo a las calles. El decreto 457 del 22 de marzo de 2020 detalla las actividades permitidas durante el periodo de aislamiento, pero la cuarentena ha dejado a la vista la debilidad del Estado y los cientos de problemas que aquejan a la sociedad colombiana.

Quienes viven del día a día, quienes tienen un trabajo informal porque son vendedores ambulantes, porque son trabajadoras sexuales, porque son viven de decenas de labores que se detuvieron por la cuarentena, salieron a la calles a rebuscarse el sustento. Aunque el gobierno nacional ha destinado miles de millones para atender las necesidades básicas, al mismo tiempo la gente sigue buscando el sustento mientras llegan las ayudas, que requieren de una importante logística estatal para llevarlas hasta la casa de la gente.

El presidente Duque anunció que durante la cuarentena se entregaría un subsidio por $160.000 pesos para por lo menos tres millones de familias trabajadoras informales que no tienen ningún sustento en programas sociales del estado. Además, en Bogotá la Alcaldía a través de diferentes entidades está entregando mercados a familias de vendedores ambulantes que están en el Registro Individual de Vendedores Informales. Sin embargo, son miles los que todavía están buscando el sustento diario en las calles.

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Las 34 excepciones están detalladas en el decreto, pero acá les explicamos quiénes son los que pueden y deben estar en las calles para que otros puedan cumplir con la medida de aislamiento.

Campo de la salud:

En medio de la emergencia el sistema de salud está a prueba. Son miles los médicos que están saliendo diariamente a los hospitales que deben seguir funcionando normalmente. En esta situación, todo personal de la salud debe estar en las calles y en los centros médicos. Las EPS también están trabajando normalmente:

1-Asistencia y prestación de servicios de salud.

4-Asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.

6-Las labores de las misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de todos los organismos internacionales de la salud, la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados.

8-Las actividades relacionadas con servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias.

29-Las actividades del sector interreligioso relacionadas con los programas institucionales de emergencia y ayuda humanitaria, espiritual y psicológica.

34-La construcción de infraestructura de salud estrictamente necesaria para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.

Labores esenciales distintas al campo de la salud

Pero no solo los servicios de salud son esenciales. El gobierno contempló otras actividades necesarias para mantener el país a flote. Esto incluye el trabajo de los bancos, los servicios funerarios, los supermercados y el transporte público, además de la operación de puertos y aeropuertos. Aunque el transporte comercial está limitado, el transporte de carga es fundamental durante la cuarentena:

3-Desplazamiento a servicios bancarios, financieros y de operadores de pago, y a servicios notariales.

9-Los servicios funerarios, entierros y cremaciones.

16-Las actividades de los puertos de servicio público y privado, exclusivamente para el transporte de carga.

17-Las actividades de dragado marítimo y fluvial.

18-La revisión y atención de emergencias y afectaciones viales, y las obras de infraestructura que no pueden suspenderse.

19-Las actividades necesarias para la operación aérea y aeroportuaria.

25-Las actividades necesarias para garantizar la operación, mantenimiento, almacenamiento y abastecimiento de la prestación de (i) servicios públicos de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público, aseo (recolección, transporte, aprovechamiento y disposición final, incluyendo los residuos biológicos o sanitarios); (ii) de la cadena logística de insumos, suministros para la producción, el abastecimiento, importación, exportación y suministro de hidrocarburos, combustibles líquidos, biocombustibles, gas natural, Gas Licuado de Petróleo -GLP-, (iii) de la cadena logística de insumos, suministros para la producción, el abastecimiento, importación, exportación y suministro de minerales, y (iv) el servicio de internet y telefonía.

27-El funcionamiento de los servicios postales, de mensajería, radio, televisión, prensa y distribución de los medios de comunicación.

33-El desplazamiento estrictamente necesario del personal directivo y docente de las instituciones educativas públicas y privadas, para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.

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Abastecimiento y producción

Uno de los grandes miedos de las personas en medio de esta emergencia es el tema alimentario y el abastecimiento de productos básicos. Tanto el gobierno nacional como los gobiernos locales han repetido decenas de veces que no va a haber escasez de alimentos, por eso no es necesario que acaparen los productos. Para ello, se están otorgando permisos por núcleo familiar para comprar cosas, pero con ciertas restricciones.

Aunque se contempla la ruralidad del país, lo cierto es que la mano de obra en este aislamiento sí comienza a escasear. Ya lo advirtieron los cafeteros, que aseguraron que para la cosecha de abril no hay recolectores, por lo que existe el riesgo que se pierda la producción:

7-La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales, equipos y dispositivos de tecnologías en salud, al igual que el mantenimiento y soporte para garantizar la continua prestación de los servicios de salud.
El funcionamiento de establecimientos y locales comerciales para la comercialización de los medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, equipos y dispositivos de tecnologías en salud.

10-La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de: (i) insumos para producir bienes de primera necesidad; (ii) bienes de primera necesidad -alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza de ordinario consumo en la población-, (iii) alimentos y medicinas para mascotas, y demás elementos y bienes necesarios para atender la emergencia sanitaria, así como la cadena de insumos relacionados con la producción de estos bienes.

11-La cadena de siembra, cosecha, producción, embalaje, importación, exportación, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de semillas, insumos y productos agrícolas, piscícolas, pecuarios y agroquímicos -fertilizantes, plaguicidas, fungicidas, herbicidas-; productos agropecuarios, piscícolas y pecuarios, y alimentos para animales, mantenimiento de la sanidad animal, el funcionamiento de centros de procesamiento primario y secundario de alimentos, la operación de la infraestructura de comercialización, riego mayor y menor para el abastecimiento de agua poblacional y agrícola, y la asistencia técnica. Se garantizará la logística y el trasporte de las anteriores actividades.

28-El abastecimiento y distribución de alimentos y bienes de primera necesidad - alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población- en virtud de programas sociales del Estado y de personas privadas.

Funcionamiento de la vida diaria

2-Adquisición de bienes de primera necesidad -alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población.

12-La comercialización presencial de productos de primera necesidad se hará en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal en establecimientos y locales comerciales a nivel nacional, y podrán comercializar sus productos mediante plataformas de comercio electrónico y/o por entrega a domicilio.

5-Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.

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Operación del Estado

El aparato estatal debe seguir funcionando porque en su mayoría está concentrado en la mitigación del virus. Además, el ministro de Defensa, Carlos Holmes Truijillo, aseguró que las Fuerzas Armadas seguirán en trabajando con normalidad:

13-Las actividades de los servidores públicos y contratistas del Estado que sean estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19, y garantizar el funcionamiento de los servicios indispensables del Estado.

14-Las actividades del personal de las misiones diplomáticas y consulares debidamente acreditas ante el Estado colombiano, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.

15-Las actividades de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado, así como de la industria militar y de defensa.

26-La prestación de servicios bancarios y financieros, de operadores postales de pago, centrales de riesgo, transporte de valores y actividades notariales.

El Superintendente de Notariado y Registro determinará los horarios y turnos en los cuales se prestará el servicio notarial, garantizando la prestación del servicio a las personas más vulnerables y a las personas de especial protección constitucional.

Servicios

20-La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio. Los restaurantes ubicados dentro de las instalaciones hoteleras solo podrán prestar servicios a sus huéspedes.

21-Las actividades de la industria hotelera para atender a sus huéspedes, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.

22-El funcionamiento de la infraestructura critica -computadores, sistemas computacionales, redes de comunicaciones, datos e información cuya destrucción o interferencia puede debilitar o impactar en la seguridad de la economía, salud pública o la combinación de ellas. ·

23-El funcionamiento y operación de los centros de llamadas, los centros de contactos, los centros de soporte técnico y los centros de procesamiento de datos que presten servicios en el territorio nacional y de las plataformas de comercio electrónico.

24-El funcionamiento de la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, los servicios carcelarios y penitenciarios y de empresas que prestan el servicio de limpieza y aseo en edificaciones públicas, zonas comunes de edificaciones y las edificaciones en las que se desarrollen las actividades de que trata el presente artículo.

Permisos de trabajo

A pesar de la cuarentena, algunas empresas que están por fuera de estos servicios siguen trabajando. Es el caso de multinacionales como la Drummond o la mina El Cerrejón. También están trabajando las empresas que hoy toman protagonismo como las que ofrecen los servicios de internet, claves para el buen funcionamiento de quienes pueden trabajar desde sus casas o de las plataformas que permiten continuar con las labores sin salir a la calle:

22-El funcionamiento de la infraestructura critica -computadores, sistemas computacionales, redes de comunicaciones, datos e información cuya destrucción o interferencia puede debilitar o impactar en la seguridad de la economía, salud pública o la combinación de ellas. ·

23-El funcionamiento y operación de los centros de llamadas, los centros de contactos, los centros de soporte técnico y los centros de procesamiento de datos que presten servicios en el territorio nacional y de las plataformas de comercio electrónico.

24-El funcionamiento de la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, los servicios carcelarios y penitenciarios y de empresas que prestan el servicio de limpieza y aseo en edificaciones públicas, zonas comunes de edificaciones y las edificaciones en las que se desarrollen las actividades de que trata el presente artículo.

30-Las actividades estrictamente necesarias para operar y realizar los mantenimientos indispensables de empresas, plantas industriales o minas, del sector público o privado, que por la naturaleza de su proceso productivo requieran mantener su operación ininterrumpidamente.

31-La intervención de obras civiles y de construcción, las cuales, por su estado de avance de obra o de sus características, presenten riesgos de estabilidad técnica, amenaza de colapso o requieran acciones de reforzamiento estructural.

32-Las actividades de los operadores de pagos de salarios, honorarios, pensiones, prestaciones económicas públicos y privados; beneficios económicos periódicos sociales -BEPS-, y los correspondientes a los sistemas y subsistemas de Seguridad Social y Protección Social.

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Parágrafo 1. Las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas e identificadas en el ejercicio de sus funciones.

Parágrafo 2. Se permitirá la circulación de una sola persona por núcleo familiar para realizar las actividades descritas en el numeral 2 y 3.

Parágrafo 3. Cuando una persona de las relacionadas en el numeral 4 deba salir de su lugar de residencia o aislamiento, podrá hacerlo acompañado de una persona que le sirva de apoyo.

Parágrafo 4. Con el fin de proteger la integridad de las personas, mascotas y animales de compañía, y en atención a medidas fitosanitarias, solo una persona por núcleo familiar podrá sacar a las mascotas o animales de compañía.

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