"Queda en pie e incólume la alarma de unidad y organización"

"Queda en pie e incólume la alarma de unidad y organización"

Aclaración para la opinión pública y habitantes del barrio Cerro El Volador sobre el proceso de desalojo y reubicación

Por: Carlos Cadavid
diciembre 22, 2022
Este es un espacio de expresión libre e independiente que refleja exclusivamente los puntos de vista de los autores y no compromete el pensamiento ni la opinión de Las2orillas.

Aclaración necesaria sobre la Sentencia del Juez 33 Administrativo de Oralidad de Medellín y la pretensión principal de los habitantes del barrio Cerro El Volador, que salió airosa en esta primera etapa del proceso comunitario, frente a un posible desalojo masivo inicial de 460 viviendas, que hoy se ha bajado a 62.

La pretensión principal de los habitantes del barrio Cerro El Volador decantada y presentada en las múltiples reuniones, manifestaciones y comunicados, por parte del Comité Ciudadano, la nueva Junta de Acción Comunal, el actor popular y SINTRAIM, en el curso de los tres últimos años desde que se anunció por parte de la administración municipal la implantación de los patios talleres del Metro Ligero de la 80 sobre predios del barrio, fue, y sigue siendo, la de reubicar estas obras en un sitio más adecuado ya existente y estudiado para que no se afecten los derechos colectivos ni el barrio. Misma pretensión que fue puesta en conocimiento mediante aviso por el propio juzgado ante la opinión pública y la comunidad para que se pronunciaran.

Esta pretensión a la letra decía, y dice, que: “...se disponga el cambio de los diseños y ubicación de los patios talleres del metro ligero de la 80, a un terreno de los muchos disponibles que hay, según los hechos, con el fin de ponderar nuestros derechos humanos, fundamentales y colectivos, como comunidad afectada, frente al aspecto económico para la consecución de un terreno más apto y con menos impacto social y antropológico para nuestra comunidad.” (Medellín, 20 de enero de 2022, proceso 2021-323).

El lunes 19 de diciembre de 2022 el Juzgado 33 Administrativo de Oralidad del Circuito de Medellín, mediante la Sentencia Nro. 50, decidió negar las pretensiones de la demanda al considerar que en el curso del proceso las entidades demandadas (Municipio de Medellín, Metro de Medellín LTDA y el ISVIMED), accedieron a no ubicar los patios talleres en predios del barrio. Este hecho lo interpretamos como un logro de los habitantes organizados en el Comité Ciudadano y en la Junta Comunal del barrio Cerro El Volador.

Esta circunstancia nos permite concluir efectivamente que se superó dentro del proceso constitucional una parte vital de las solicitudes de la comunidad, al acordarse las obras en el polígono correspondiente al plan parcial de Everfit, que es un terreno mucho más apto y menos invasivo y costoso para las comunidades, consumándose un acto de fe pública en consonancia con el principio de la legítima confianza que rige a los servidores públicos. Lo indicado, no significa que se resignen los recursos legales para impetrar la correspondiente apelación frente al total de las pretensiones con el fin de que éstas sean apreciadas en su justo valor en segunda instancia ante el Tribunal Administrativo del caso.

Quedan por definir otras demandas, solicitudes, peticiones y soluciones, aún pendientes, tales como la afectación de algunos predios, 62, no ya con los talleres o patios del Metro Ligero de La 80, como quedó claro en los documentos y en algunas intervenciones públicas, la ampliación de vías, reconocimiento y mejoramiento integral del barrio y de las viviendas, legalización y titulación de predios, así como el reconocimiento de la mesa de trabajo conjunta entre voceros comunitarios, actor popular, entidades involucradas y autoridades de vigilancia y control, para todos los efectos legales y sociales, de modo que se puedan concertar las actuaciones que faltan sin desmedro de los derechos colectivos, individuales y patrimoniales de los habitantes.

En consecuencia, queda en pie e incólume la alarma de unidad y organización y los llamados de apoyo y solidaridad, tanto frente al gobierno nacional, regional y local como de la opinión pública y organizaciones nacionales e internacionales, para que coadyuven y contribuyan al mejoramiento de las condiciones habitacionales, de vida y de trabajo de la comunidad. Una intervención integral es para mejorar en todos los aspectos de la existencia humana sin perjucio de la realidad de los ingresos precarios y de las posibilidades concretas de las familias en un entorno socio económico variable e imprevisible.

Atentamente, 

Ethelberto Zapata Gil 

Sindicato de Trabajadores Artesanales, Informales e Independientes de Medellín (SINTRAIM) 

Celular: 300-760-3711 

[email protected] 

Jaime Alberto Lopera Quintero 

Actor Popular Comité Ciudadano Barrio Cerro El Volador 

Celular: 312-814-8310 

[email protected] 

Liliana Andrea Monsalve Zapata 

Presidenta Junta Acción Comunal Barrio Cerro El Volador 

Celular: 304-585-8778 

[email protected] 

Carlos Arturo Cadavid Valderrama  

Alianza Internacional de Habitantes (AIH-IAI) 

Coordinador Colombia 

Cel: 301-410-1680 

[email protected] 

Juan Esteban Correa Ramírez 

Alianza Internacional de Habitantes (AIH-IAI) 

Representante AIH Medellín 

Celular: 312-297-8993 

[email protected] 

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