“Donde las estirpes condenadas a cien años de soledad tengan por fin y para siempre una segunda oportunidad sobre la tierra” — Gabriel García Márquez.
La Justicia Especial de Paz fue creada en los Acuerdos de Paz como un mecanismo para superar el conflicto armado. Los crímenes de guerra y contra la humanidad, que se produjeron en este contexto, dejaron una estela de dolor, odio, daños, brechas generacionales, miedo e injusticias, que se buscan resarcir, a través del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.
Para reflexionar sobre los retos de la JEP, se parte de la idea de que el principal desafío sería la articulación, coordinación y colaboración armónica de la institucionalidad, creada con los Acuerdos de Paz, a la que se suman la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición y la Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas.
Como el sistema se aplica a los actores que hayan participado de manera directa o indirecta, ─y cometieron delitos─, en relación con el conflicto armado, incluyendo a los combatientes que se desmovilicen, a los agentes del Estado y a terceros que colaboren de manera voluntaria, se hace determinante su colaboración eficaz, con base en la posibilidad de sanciones, compromisos y acuerdos. Para las guerrillas, con la amnistía; para los militares con la cesación de la acción penal y para los otros agentes del Estado y los terceros, con la posibilidad de un tratamiento diferenciado. Otro reto allí sería consolidar una metodología, procedimientos y estrategias de investigación y juzgamientos, que venzan a la alarmante impunidad, frente a tantos graves crímenes.
Frente a los ataques mediáticos de sus detractores, contrarrestar las campañas negras, con una estrategia pedagógica, masiva y de alto impacto. Esto haría posible asegurar el equilibrio entre el tratamiento a todos los actores y el acceso a la información, para los diversos casos. Será crucial lograr pronto un primer Acuerdo, condena o compromiso, que genere precedente y simbolice una comprensión general sobre los beneficios de este instrumento de Paz, que active políticamente a la ciudadanía organizada, para que se constituya en un instrumento de presión y de control social a la justicia transicional.
Para evitar los cruces con los linderos de la Ley de Justicia y Paz o con los eventuales fallos de la Justicia Internacional, así como las cortapisas que generaría otra arquitectura basada en acuerdos con otras organizaciones insurgentes, o el sometimiento a la justicia, de los demás actores armados, es pertinente armonizar los alcances, quizás, con jueces de descongestión de procesos de justicia y paz o solicitando a los tribunales internacionales, dentro de los principios de subsidiaridad y de favorabilidad, que se transfieran a la JEP, las investigaciones, aún en etapas preliminares.
Los mecanismos reparadores y humanitarios para avanzar hacia la paz y la reconciliación no pueden contaminarse de impunidad, corrupción o de negacionismo subterráneo, de lo que ocurrió, así nos duela o nos avergüence. Los resultados de este modelo autónomo, y acordado, de justicia restaurativa, deben llevar a un consenso político, que permita consolidar su institucionalidad, credibilidad y legitimidad, para garantizar a las víctimas, y a todos los colombianos, el derecho a una justicia real e imparcial, así como la reincorporación efectiva a los guerrilleros que se acogieron a los Acuerdos de Paz, sin sesgo frente al tratamiento especial, o diferenciado, que se le imparta a los demás actores, que incidieron en las dinámicas del conflicto.