La utopía del aborto legal en Colombia

La utopía del aborto legal en Colombia

Aunque la interrupción voluntaria del embarazo está permitida bajo tres causales, muchas veces es difícil lograr que se practique el procedimiento

Por: Geraldine Bahamón Maya
julio 05, 2019
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La utopía del aborto legal en Colombia
Foto: Pixabay

El aborto o IVE (Interrupción Voluntaria del Embarazo) es un tema que ha pasado de las sombras a luz gracias a los diferentes movimientos protestantes protagonizados por personas. Sí, personas, sin hablar específicamente de mujeres, porque aunque sea difícil de asimilar para las mentes cuadradas, hay hombres que han entendido la importancia del tema y que deciden salir de la opresión y crear un cambio, apoyando a las mujeres.

Sin embargo, aunque hay una lista larga de razones por las cuales debe ser legalizado el aborto —entendido como la interrupción del embarazo antes de que el feto esté capacitado para la vida extrauterina—, hay un conjunto de personas y actores alrededor del mundo que no entienden la importancia de la legalización del aborto, entre ellos el gobierno, el cual “defiende la vida a toda costa", sobre todo en países tan conservadores como es el caso de Colombia.

En la sentencia C-355 del 2006 se dice que el aborto en Colombia es legal bajo tres causales: “cuando la constitución del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico; cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto” (Abecé: línea materna, ministerio de salud). No obstante, la sentencia no obliga a ninguna mujer a optar por la interrupción voluntaria del embarazo; es decir, así esté en alguna de estas tres condiciones, ella tendrá la libertad de tomar una decisión sin verse obligada a recurrir al aborto, lo cual me parece una decisión razonable.

En cualquier caso, para obtener un aborto legal existen reglas por cumplir, las cuales están establecidas por el gobierno. Para acceder a una intervención se deben cumplir unos requisitos sin importar la causal debido a que pedir un aborto que se encuentre fuera de los causales anteriormente mencionados es un acto ilegal.

Por otro lado, el Ministerio de Salud deja saber que: “La Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoce que la salud “(…) es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”. De esta forma, la causal salud para interrumpir el embarazo abarca cualquier afectación a la salud física, mental o social de la mujer. Por ello, basta la existencia de riesgo para la salud de la mujer en cualquiera de estas esferas y no se requiere que se haya generado ya un daño por la continuación del embarazo.

Cabe anotar que el concepto de peligro tiene que ser valorado por la mujer y no por terceros o por los profesionales que le atiendan. Lo anterior, en atención a que es su cuerpo, su salud y su vida la que se expone a los riesgos inherentes de la maternidad y esta puede ponderarlos en función de sus estándares de bienestar. Cada mujer, entonces, define los márgenes de riesgo que está dispuesta a correr. Para una IVE por salud mental no debe exigirse la existencia de un diagnóstico psiquiátrico o una discapacidad psicosocial. La causal de salud mental es procedente cuando se presente dolor psicológico o sufrimiento mental, y se afecten cualquiera de las esferas de la salud de la mujer.

Tras esto podemos concluir que la más mínima afectación a la salud de la mujer, en cualquiera de sus facetas, es suficiente causal para llevar a cabo la IVE. Considero que el gobierno debería evaluar otras causales como, por ejemplo, cuando la pareja planifica y el método falla y surge un embarazo o por condones defectuosos. Y aunque el Ministerio de Salud muestre todo de una forma tan fácil, la realidad en las EPS o IPS es otra: a diario las mujeres que intentan a acceder a este servicio se encuentran con la objeción de conciencia del personal médico que las atiende haciendo casi que imposible llevar a cabo la IVE en el tiempo establecido.

Por estas razones creo que el aborto en Colombia solo se ha quedado en el texto en línea que otorga el Ministerio de Salud; más allá de estas palabras o reglas impuestas para brindar las IVE de mejor calidad, la realidad es otra, el día a día es otro, porque no hay libertad, porque el miedo a ser juzgadas o privadas de la libertad reina en nosotras las mujeres a la hora de acceder a este “servicio”. Además, tampoco hay una campaña para que se sepa de la legalización del tema; por el contrario se mantiene en incertidumbre al público de interés.

La opinión pública, haciendo referencia a lo que consideran de los grupos sociales que conforman nuestra vida —familia, amigos, redes sociales, etc.— , tiene un impacto en nuestra vida ya sea de forma positiva o negativa. En el siglo XXI, vivimos con la idea de que estamos en plena libertad, dejando las épocas opresoras atrás, pero yo me pregunto: ¿de verdad hay personas que viven en esa utopía? La libertad se define hoy en día como el pequeño conjunto de cosas que el gobierno nos deja hacer, lo que está fuera de ese conjunto —como el aborto—claramente es una violación a nuestro buen gobierno y Estado que trabajan para el bien del país pensando en sus ciudadanos.

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