La mal llamada 'reforma al equilibrio de poderes'

La mal llamada 'reforma al equilibrio de poderes'

Solo existe un poder: el del Estado

Por: Franklin Torres Ferias
junio 02, 2015
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La mal llamada 'reforma al equilibrio de poderes'
Fotor: tomada de vanguardia.com

Esta semana, el proyecto de reforma constitucional, que se conoce como la 'reforma de equilibrio de poderes', entra a último debate en la plenaria de la Cámara de Representantes. Este acto legislativo ha generado discusión y controversia en torno a su contenido en distintos escenarios (paneles académicos, discusiones en programas radiales y televisivos) principalmente por converger temas políticos (eliminar la reelección y modificar la figura de la circunscripción nacional en el Senado) y cuestiones frente a la administración de justicia (modificación a la estructura del consejo superior de la judicatura, creación de la comisión de aforados y el cierre al “yo te elijo, tú me eliges”).

Cabe resaltar que el título es impropio, puesto que existe un solo poder, el del Estado, el poder público y lo que tenemos en las actuales democracias son ramas y órganos (manifestaciones del poder estatal) por medio de los cuales el Estado ejerce las distintas funciones que le son propias, como destaca el exmagistrado de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández.

Rodrigo Uprimny menciona que, dicha reforma carece de una orientación ilustre, al no ser coherente, es decir, suponer una visión clara del problema que pretende enfrentar y, por no tener una visión general, permitiría que a ella se le terminen colgando micos de toda índole, pues esta nació de la promesa electoral de Juan Manuel Santos de eliminar la reelección presidencial y reequilibrar los poderes del Estado, pero el Gobierno no explicó claramente desde el inicio cuáles eran los supuestos desequilibrios institucionales que pretendía corregir. Si se trataba únicamente de eliminar las distorsiones generadas por el “articulito” de la reelección presidencial, su derogatoria era suficiente, pero no ha sido así, ahora aparecen desequilibrios por todos lados. Es menester que estas reformas sean estructurales y no coyunturales.

Algo claro, es que la administración de justicia presenta problemas extremadamente serios y son insuficientes las medidas adoptadas en la reforma. Esta no es la primera crisis de la administración de justicia en Colombia, aunque tal vez sí sea la primera que afecta a la Corte Constitucional, instancia que hasta hace poco había sido considerada como la perla de la Constitución de 1991. Desde hace varios años se está criticando a la justicia por su incapacidad para servir como mecanismo de solución de los conflictos ciudadanos. En la década de los 70, se afirmaba que la justicia colombiana era ineficiente y que esa ineficiencia producía la congestión judicial, lo cual hacía que los conflictos quedaron sin ser resueltos generando un descontento en la sociedad. Aquella crisis de la justicia fue tratada mediante varias reformas, siempre pensando en que el problema radicaba en los procedimientos y no en la formación de los abogados o en la forma de incorporar a los jueces a la Rama Judicial.

Pero solo con la Constitución de 1991 se tuvo una reforma estructural, pues se crearon varias instituciones, como la Fiscalía General de la Nación, la Corte Constitucional, y se introdujeron mecanismos judiciales para proteger los derechos de las personas, como la acción de tutela, convirtiéndose esta en el mecanismo idóneo de la ciudadanía para impedir los atropellos de distintos actores. Se tuvo cierto grado de prestigio en la administración de justicia, los jueces y magistrados contribuyeron al desarrollo de la Constitución y al avance de nuestros derechos. Son ya clásicas las sentencias de magistrados como Ciro Angarita, Carlos Gaviria, Marco Monroy Cabra e incluso algunos magistrados auxiliares de la Corte (Rodrigo Uprimny, o Rodolfo Arango) llegaron a ser conocidos no solo por su capacidad académica sino por su integridad moral, pero esto cambió con la elección de magistrados con escasas calidades intelectuales y morales (Jorge Pretelt, Alberto Rojas, Mauricio González). Todo esto ocasiono que la capacidad de acceso a la justicia fuese directamente proporcional a la condición económica de las personas, pues la tutela fue utilizada también por las élites, que abusaron de ella para privar a otros de sus derechos. Se volvió a la época anterior a la Constitución de 1991, con unos jueces mal pagados, con condiciones indignas de trabajo, sin el apoyo del Estado y forzados a entrar en paro para llamar la atención del gobierno nacional. Mientras tanto las posibilidades de acceso de la ciudadanía a cualquier forma de justicia iban siendo eliminadas. Y es claro que lo planteado en la reforma de equilibrio de poderes no subsana estos problemas.

Y vale un interrogante planteado por Rodrigo Uprimny, ¿No será entonces mejor que el Gobierno y el Congreso se concentren en suprimir la reelección presidencial, que es una idea positiva y que ha generado gran apoyo político, en vez de embarcarse en un cúmulo de reformas poco articuladas y de resultados inciertos?

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