Juramento y Felonía
Opinión

Juramento y Felonía

Y, ¿la imparcialidad, la independencia?

Por:
junio 08, 2017
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El juramento, aquella bellísima institución que consolidaba derechos o permitía la determinación que, por la fuerza de la palabra, se ofrecía en casos de resolución de obligaciones, tiene su legendario arraigo en Roma: ‘Dos personas entre las cuales se debate la existencia de un derecho, pueden convenir que se atendrán al juramento de una de ellas. Cuando el juramento ha sido prestado por una de las partes, o cuando la otra le hace dejación, el pretor las obliga a respetar su convención. (…)’; sobrecogedora nos parece hoy la sensación, alcance y vínculo de la palabra; se reproduce en la narrativa de Cervantes, cuando maximiza, en forma de creación de la caballería, el gozar de la espléndida hazaña pastoril:

(…) llamó al ventero y, encerrándose con él en la caballeriza, se hincó de rodillas ante él, diciéndole:

—No me levantaré jamás de donde estoy, valeroso caballero, fasta que la vuestra cortesía me otorgue un don que pedirle quiero, el cual redundará en alabanza vuestra y en pro del género humano. (…)

—No esperaba yo menos de la gran magnificencia vuestra, señor mío —respondió don Quijote—, y así os digo que el don que os he pedido y de vuestra liberalidad me ha sido otorgado es que mañana en aquel día me habéis de armar caballero, (…) trujo luego un libro (…) se vino adonde don Quijote estaba, al cual mandó hincar de rodillas; y, leyendo en su manual, como que decía alguna devota oración, en mitad de la leyenda alzó la mano y diole sobre el cuello un buen golpe, y tras él, con su mesma espada, un gentil espaldarazo, siempre murmurando entre dientes, como que rezaba. Hecho esto, mandó a una de aquellas damas que le ciñese la espada, la cual lo hizo con mucha desenvoltura y discreción, (…) Al ceñirle la espada dijo la buena señora:

—Dios haga a vuestra merced muy venturoso caballero y le dé ventura en lides

y así, en ceremonia de membresía se coronó caballero; membresía, juramento, compromiso por la palabra, por su contenido.

Poco racional, pero acaso útil el juramento del medioevo, lealtad a toda prueba: ‘(…) tras un apretón de manos y la declaración verbal de querer ser vasallo del señor, se realizaba el juramento de fidelidad (sólo entre hombres libres y sobre los Evangelios) y se sellaba con un beso en la boca, símbolo de paz y fidelidad. (…) se creaba un lazo perpetuo entre ambos con obligaciones y deberes recíprocos. Así el vasallo debe a su señor fidelidad, Auxilium (tanto militar, como personal que se concretaba en la realización de determinados trabajos, como económico), además de deber acudir a su corte para aconsejarle. Por parte del señor, éste debía dar a su vasallo protección militar y judicial, además de, su obligación fundamental, mantenimiento’; el desacato por parte del vasallo, constituía felonía, ‘(…) cuando un vasallo cometía una falta contra el señor feudal o violaba una norma del feudo al que pertenecía, entonces el vasallo era acusado de cometer una felonía’.

El juramento, instituto preciso, agolpado sobre la palabra, dejó su significado en la Edad Media, se puso como punto de compromiso, de fidelidad al Señor y la membresía que era postura de compartir, quedó como máxima de sometimiento.

Empero, ¿de qué estamos hablando hoy? ¿Del sometimiento de los candidatos y, posteriormente, elegidos magistrados? ¿A quién? ¿A qué?

¿Comete, acaso, felonía el candidato designado que no posea la membresía, que no esté dispuesto al sometimiento? ¿A qué? ¿A quién?

 

En las Cortes, la membresía,
el sometimiento, el juramento lo deben ser solo
a la Constitución, a la ley

 

Que no quede duda, señoras y señores: las funciones en el Estado deben ser desarrolladas en armonía para procurar el bien común y la Justicia; y, en las Cortes, la membresía, el sometimiento, el juramento lo deben ser solo a la Constitución, a la ley. No puede ser de otra manera, no puede ser sometimiento a alguien o a algo diferente a la normatividad.

Felonía es el incumplimiento a esa membresía, a ese juramento: lecciones de una elección; independencia, autonomía e imparcialidad, principios fundantes en la protección, nada más ni nada menos, que de la democracia.

 

 

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