IVA, una mirada en retrospectiva al tributo

IVA, una mirada en retrospectiva al tributo

Considerar en la práctica un impuesto regresivo no solo resulta impopular, sino una amenaza para el crecimiento de la economía y la estabilidad política del país

Por: Mesa de Economía para la Representación Estudiantil
diciembre 11, 2018
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IVA, una mirada en retrospectiva al tributo

Conforme a la propuesta de Ley de Financiamiento, impulsada por el gobierno de Iván Duque, es menester por parte de la Mesa de Economía para la Representación Estudiantil (MERE) compartir con la comunidad académica y el público en general el siguiente análisis, que busca servir como insumo para la discusión.

El impuesto al valor agregado (IVA) es un instrumento de política económica que por su facilidad de recaudo y amplia base gravable resulta ser útil para los gobiernos. Sin embargo, este tiene sus riesgos cuando no se asume con responsabilidad.

En el año 2016 la recaudación total del IVA fue de $30,68[1] billones, lo que representó el 28,64% de lo captado por impuestos nacionales, $25,72 billones por concepto de declaración del IVA y $4,96 billones por retención en la fuente a título de este. Para el siguiente año, el recaudo del IVA aumentó a $37,51 billones debido al incremento de la tarifa que pasó del 16% al 19%. En este mismo año los ingresos percibidos por concepto de IVA significaron el 32,65% del recaudo por impuestos nacionales y la reforma al IVA significó un aumento de $6,82 billones en el presupuesto nacional. La importancia fiscal del impuesto es innegable, pero de la configuración de su base gravable depende de si el impuesto es progresivo o regresivo. Para entender las consecuencias de aplicar un IVA arbitrario es importante conocer su historia.

En Colombia se menciona la creación del IVA en el año 1963 como tributo monofásico que operaba en el sector industrial. Esa historia moderna del impuesto es difusa y apresurada, puesto que este tiene un antecedente en el siglo XVI cuando el país era conocido como el Nuevo Reino de Granada.

En ese entonces bajo la cédula real de Felipe II del primero de noviembre de 1574, se reglamentó la Alcabala, que consistía en un tributo sobre el comercio de muebles e inmuebles con una tarifa inicial del 2% sobre el valor de la venta, exceptuando las ventas realizadas por las iglesias, monasterios, prelados y clérigos (Rodríguez 1987); su implementación se hizo con el propósito de equipar una armada que vigilara los mares de las indias y protegiera el comercio, las ciudades y puertos españoles en América, además de financiar la guerra que España libraba con Francia[2]. Años después la tarifa de la Alcabala se establece en el 10% y esto produce el primer levantamiento civil en la ciudad de Tunja en el año de 1592, para exigir la abolición del tributo. Para esta época la Alcabala generaba el 80% de los ingresos recibidos por la corona española de parte del Nuevo Reino de Granada.

Sumado a lo anterior cerca de dos siglos después, el 16 de marzo de 1781 en la población del Socorro (Provincia de Santa Fe), inicia una sublevación liderada por Manuela Beltrán en contra de las acciones tomadas por el regente visitador Juan Francisco Gutiérrez de Piñeres, “quien aumentó el impuesto de alcabala; estableció impuestos a la sal, el tabaco y los juegos de cartas; e impuso nuevos gravámenes a los textiles de algodón” Rueda (2014). Esta revuelta se alzaría en armas y llegaría a puertas de Santa fé bajo una junta del común conocida después como los “comuneros”, quienes negociaron con el arzobispo Antonio Caballero y Góngora para frenar su avance hacia la capital. La rebelión de los comuneros implicó acciones como:

“Ataques a oficiales reales, derramamiento de aguardiente y quema de tabaco, asalto a poblaciones, difusión de rumores falsos, lanzamiento de proclamas, marchas hacia ciudades importantes o a la capital, quema de símbolos reales (como el sello real y otros objetos de la casa de correos) y organización del ejército del común, estructura desde la cual se impusieron drásticas penas a los jefes de la resistencia realista mediante el embargo de bienes, la imposición de destierros y el establecimiento de multas” (Rueda, 2014).

La rebelión de los comuneros aunque no implicó un movimiento anticolonial fue un referente para posteriores levantamientos contra la Corona.

Se debe saber que un impuesto es progresivo en la medida en que se contribuya a él en razón de las capacidades de ingresos o renta, lo cual puede ser abordado desde el artículo trece de la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano que menciona lo siguiente: “para el mantenimiento de la fuerza pública y los gastos en administración es indispensable una contribución común, debe ser igualmente repartida entre todos los ciudadanos en razón de sus posibilidades”(1789);  definición que se amplió en el discurso sobre los principios de Robespierre (1791) que afirma lo siguiente: los ciudadanos cuyas rentas no excedan lo necesario de su subsistencia, deben ser dispensados de contribuir a los gastos públicos, quienes por su parte exceden deben soportarlos progresivamente según la magnitud de su fortuna, la anterior afirmación  se formaliza y se adhiere a un marco normativo en la obra maestra de Adam Smith, más exactamente en el libro V con su definición del principio de justicia o proporcionalidad en donde se menciona que: los ciudadanos  deben contribuir al sostenimiento del gobierno en una proporción conforme sus capacidades, es decir, en proporción a los ingresos que gozan bajo la protección del Estado (1776).

Se debe reconocer que la Alcabala como antecedente histórico del IVA era un tributo regresivo que hacía parte de un sistema tributario “destructor, bárbaro e impolítico”  Pombo (1870), que pese a sus esfuerzos “no producía al estado colonial ingresos adecuados para cumplir muchas de sus obligaciones”  Fajardo (2007) y terminó impidiendo “la acumulación de capital en la colonia y la reproducción de su sistema productivo” Rodríguez (1987).

Por lo anterior considerar en la práctica un IVA regresivo no solo resulta impopular, sino una amenaza directa para el crecimiento de la economía y la estabilidad política del país

[1] Las cifras se calcularon a partir de los datos: Estadística de los ingresos tributarios administrados por la DIAN. 1970-2018, elaborados por Coordinación de Estudios Económicos. Subdirección de Gestión de Análisis Operacional. DIAN.

[2] En una carta enviada al cabildo de Tunja por parte del licenciado Gaspar de Peralta se menciona la necesita de la alcabala incluso para defender la religión católica

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