Frenazo a Petro en su intención de intervenir las tarifas de servicios

Frenazo a Petro en su intención de intervenir las tarifas de servicios

El Consejo de Estado le dejó claro que para poder hacerlo tendría que buscar la modificación de dos leyes que le dejan esas funciones a las comisiones de regulación

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marzo 03, 2023
Frenazo a Petro en su intención de intervenir las tarifas de servicios

El presidente Gustavo Petro ya no podrá anunciar que rebajará o congelará las tarifas de servicios públicos, un anuncio que en tiempos de campaña le generó rendimiento electoral. Ahora tendrá que atenerse a una sentencia del Consejo de Estado que le deja en claro que señalar los montos que se verán reflejados en las facturas que les corresponde a las comisiones de regulación.

Si se empeñara en otorgar rebajas o congelamientos para los usuarios, el mandatario tendría que impulsar primero reformas a dos leyes expedidos por el Congreso en 1992 y 1993 y que atribuyeron funciones a la Comisión de Regulación de Regulación de Energía y Gas (CREG) y a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento (CRA).

La providencia no desconoce las facultades del presidente, pero las pone en sus justas dimensiones. Lo hace en estos términos: (…) Esta Sala Unitaria (integrada por un solo magistrado) debe ser enfática en señalar que en el presente pronunciamiento no se cuestiona el hecho de que el Presidente de la República haya reasumido las funciones que en materia de servicios públicos domiciliarios le asisten, pues lo que se encuentra irregular es que el primer mandatario de la Nación haya decidido arrogarse la competencia para regular el régimen tarifario de los servicios públicos”.

Por eso el magistrado Roberto Augusto Serrato Valdés suspendió provisionalmente el Decreto 2267 de 16 de febrero de 2023, cuya firma había sido celebrada por Petro entre vítores y aplausos.

El fallo fue expedido con rapidez porque los ciudadanos Julián David Solorza Martínez y Lucas Arboleda Henao, los demandantes del decreto, pidieron la imposición de una medida cautelar de urgencia para evitar lo que, para ellos, podría ser un desbordamiento en las funciones del presidente.

Por ahora el Consejo de Estado no se ha pronunciado a fondo sobre otros dos puntos importantes que cuestionan los demandantes. Uno de ellos consiste en que Petro, amigo de diálogos y consultas con la gente, expidió el decreto sin haber dado el espacio necesario para que los ciudadanos pudieran emitir sus opiniones.

El plazo para conocer la opinión de los usuarios debió ser de 15 días, según lo dispone el Código de Procedimiento Administrativo. Petro y sus ministros solo dio un breve compás de dos días.

Para tranquilidad de los integrantes de las comisiones de regulación que, Cuando fue expedido el decreto sintieron que sus funciones quedaban en vilo, la decisión del Consejo de Estado explica que la medida cautelar de suspensión provisional “se traduce en que las comisiones de regulación de los servicios públicos domiciliarios seguirán ejerciendo, de manera ordinaria, todas las funciones que le fueron asignadas en las Leyes 142 y 143 de 1994, y demás normas concordantes”.

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