Eliminación de la mesada de junio: inequidad pensional

Eliminación de la mesada de junio: inequidad pensional

" Seguimos esperando, señor presidente Santos. Seguimos esperando, señores senadores a que le reivindiquen los derechos a los pensionados"

Por: RAMIRO MORA
mayo 15, 2017
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Eliminación de la mesada de junio: inequidad pensional
Foto: Vanguardia Liberal

Los pensionados y jubilados de Colombia deben conocer que por la infamia y el pensamiento procaz de un gobierno más de 300.000 personas no podrán recibir la mesada 14 o prima de junio, porque en forma descarada le fue cercenada con el acto legislativo 01 de 2005.

La triste historia

La ley 100 de 1993, había creado en su artículo 142, la Mesada 14. Tal vez, como un estímulo para las personas que habían laborado toda su vida y que como empleados la recibían periódicamente. Este artículo decía que la recibirían los pensionados por jubilación, invalidez, vejez y sobrevivientes, que no excediera de los 15 smlm. Hay que recordar que, César Gaviria fue su promotor y Álvaro Uribe, fue su ponente en el congreso.

Llegado a la presidencia el señor Uribe creó el Acto legislativo 01, el cual en su inciso 8 parágrafo transitorio No. 6 de 2005 estableció lo siguiente: “A partir del 29 de julio de 2005, se elimina para las nuevas pensiones, la mesada 14 o prima de junio, salvo para las pensiones que se causen hasta el 31 de julio de 2011 y que sean iguales o superiores a 3 salarios mínimos mensuales. Las personas que, causen el derecho después del 31 de julio, solo recibirán 13 mesadas en el año.”

Aunque este adefesio jurídico aparentemente tuvo vicios de inconstitucionalidad por un errado procedimiento en la plenaria del Senado, la CC mediante sentencia C-277 de 2007, declaró exequible la norma Constitucional que elimina la mesada 14, porque consideraron la inexistencia de vicios impugnados. El hecho era sencillo de analizar: la plenaria del senado de la república el día 15 de junio de 2005 no contaba con la mayoría calificada que exigía el artículo 375 de la Constitución Nacional.

Salvamento de voto

El Magistrado Nelson Pinilla, en su salvamento de voto manifestó: “Por todo lo anterior, reitero mi inconformidad con la decisión adoptada en la sentencia C-277 de 2007, de declarar exequible el inciso 8° del Acto Legislativo 01 de 2005, pues en mi criterio en la aprobación de esa disposición se incurrió en una grave irregularidad que la vició de inconstitucionalidad, por cuanto el Senado de la República desconoció la intangibilidad e irreversibilidad de la votación realizada el día anterior sobre el mencionado inciso, mediante la cual fue negado, por lo cual no era viable y resultaba contrario a la Constitución, haber repetido esa votación”

No obstante, de todas maneras se aprobó. Por esta razón, los pensionados desde esa fecha no tienen derecho a recibir la mesada 14 en el mes de junio, como si lo hacen otros compañeros.

La paz de los colombianos quedaría bien rotulada cuando realmente exista una verdadera justicia social. No puede el gobierno, en aras de quedar bien ante los organismos internacionales, proceder a firmar acuerdos con un grupo en disidencia, cuando le está quitando derechos a muchos compatriotas que necesitan con urgencia de su apoyo.

Recuerden el principio de que justicia es darle a cada uno lo que le pertenece. Seguimos esperando, señor presidente Santos. Seguimos esperando, señores senadores a que le reivindiquen los derechos a los pensionados. La rebaja en la cotización en salud y la mesada 14 son ingresos que nos han sustraído injustamente. ¿Hasta cuándo esta inequidad y desigualdad?

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