La Yidispolítica es un escándalo político revelado en 2008, cuando la exrepresentante a la Cámara Yidis Medina admitió públicamente haber recibido prebendas a cambio de votar a favor de la reforma constitucional que habilitó la reelección presidencial de Álvaro Uribe Vélez en 2006. Aunque inicialmente la iniciativa enfrentaba una fuerte resistencia y parecía destinada a archivarse, el entonces presidente y su equipo lograron asegurar los votos necesarios mediante ofrecimientos como notarías. Entre los funcionarios involucrados en estas prácticas estuvieron los ministros Diego Palacio Betancur y Sabas Pretelt de la Vega.
Este caso no solo evidenció la compra de votos en un Congreso nacional, sino también el papel que desempeñaron las notarías en operaciones ilegales, como el despojo y acaparamiento de tierras. La entrega de una notaría a Medina la convirtió en un engranaje del clientelismo político y la legitimación de procesos de blanqueo de propiedades a favor de narcotraficantes, hacendados y paramilitares. Así, el escándalo expuso cómo las transacciones clientelistas afectan tanto la política nacional como la apropiación ilícita de recursos públicos. La Yidispolítica, al involucrar directamente al expresidente, mostró la capacidad de la corrupción para permear las más altas esferas del Estado y extenderse a otros niveles de la administración pública. Esto siguió normalizando prácticas ilícitas en diversas entidades. Algo inimaginable para algunos compatriotas.
Durante los ocho años del gobierno de Álvaro Uribe, el Partido Conservador resultó especialmente beneficiado con cargos burocráticos y contratos estatales. Tras la aprobación en el Senado, la reforma que habilitaba la reelección necesitaba el respaldo de la Comisión Primera de la Cámara, que la aprobó con 18 votos a favor, 16 en contra y una ausencia. Posteriormente se descubrió que dos representantes conservadores, Yidis Medina y Teodolindo Avendaño, quienes ocupaban curules de reemplazo fueron determinantes para el resultado a cambio de beneficios, lo que los llevó a prisión. Avendaño se ausentó de la votación en la Comisión a cambio de una notaría. Con una carrera política iniciada en Caicedonia como diputado y dos períodos como congresista suplente en acuerdos de «carrusel» con Rodrigo Arcila para asegurar una curul, utilizó su último mandato para ajustar su pensión. No obstante, fue condenado a ocho años de cárcel por enriquecimiento ilícito y cohecho, y en 2013 el Consejo de Estado declaró ilegal su pensión como congresista y la redujo a menos de la mitad.
Según la Sentencia SU-490 de 2016, la Corte Suprema abrió una investigación contra Medina por cohecho tras aprobarse la reforma en 2004, pero inicialmente el proceso concluyó con fallos favorables y un acto inhibitorio. No obstante, en 2008, nuevos artículos periodísticos reavivaron la controversia, lo que llevó a la Sala de Casación Penal a condenarla a 47 meses y 26 días de prisión, tras reconocer que recibió como prebenda la notaría segunda de Barrancabermeja, luego otorgada a Sandra Domínguez. Este episodio refleja cómo, desde la descentralización de los años ochenta, el clientelismo se consolidó en Colombia como un mecanismo de transacción política en el que la entrega de cargos y beneficios aseguraba votos e intereses particulares. La particularidad de la Yidispolítica reside en que implicó directamente al presidente de la República, poniendo en entredicho la legitimidad de su reelección al demostrarse que Uribe recurrió a prácticas ilegales para modificar la Constitución.
Como resultado del proceso judicial, se declaró penalmente responsable a Yidis Medina Padilla por el delito de cohecho propio, tipificado en el artículo 405 de la Ley 599 de 2000. La Corte le impuso una condena de prisión, junto con la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante el mismo periodo y una multa equivalente a 48,13 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de los hechos, a favor del Tesoro Nacional. Aunque se le negó la suspensión condicional de la pena, se le concedió prisión domiciliaria por ser mujer cabeza de familia, con la obligación de suscribir un compromiso y prestar caución por dos salarios mínimos mensuales. Además, se le reconoció el tiempo de detención preventiva como parte de la pena y se determinó que no procedía la condena en perjuicios. Luego de su condena, Medina afirmó en una entrevista para La W que el propio presidente Uribe le solicitó apoyo con las palabras: «Haga patria, hija querida, salve la patria, ayúdeme a continuar con el gobierno» .
En el caso de Teodolindo Avendaño, la Corte estableció que el 3 de junio de 2004, fecha en que debía votarse la reforma en la Comisión Primera de la Cámara, se ausentó sin justificación válida. Aunque alegó atender un accidente de su hijo en Cali, la Corte determinó que su ausencia se debió a un acuerdo por el cual recibió 450 millones de pesos provenientes de la venta de la Notaría 67 como prebenda por no participar en la sesión. El alto tribunal también evidenció que el día anterior, Diego Palacio, entonces ministro de Protección Social, sostuvo una reunión inesperada con Avendaño, se supone, para discutir asuntos de la red hospitalaria del Valle del Cauca. Sin embargo, tras su ausencia, el excongresista «desapareció del mapa». Además, se comprobó que el 3 de junio no recibió llamadas de su hijo, como había dicho, pero sí varias provenientes de los conmutadores de la Presidencia y Vicepresidencia. De cualquier modo, Avendaño fue absuelto en 2013 pues no se logró evidenciar la conducta del ya fallecido excongresista por falsedad y fraude. A esto se le llamó duda probatoria. La investigación consistió en que el exrepresentante no reportó al Consejo Nacional Electoral $150.000.000 para su campaña en 2006.
Finalmente, como actualización reciente de las condenas derivadas de la Yidispolítica en 2024, la Corte Suprema de Justicia ratificó la sentencia contra tres exfuncionarios del gobierno de Uribe por ofrecer prebendas ilegales a congresistas, como Medina y Avendaño, para asegurar la aprobación de la reforma que permitió la reelección en 2004. En su fallo de segunda instancia, la Sala de Casación Penal confirmó que tales beneficios fueron determinantes para influir en los votos. Esto fue respaldado con pruebas y testimonios, incluidos los de Yidis Medina. Así, la Corte mantuvo las penas impuestas en 2015: seis años y medio de prisión para los exministros Sabas Pretelt y Diego Palacio, además de multas e inhabilitaciones para ocupar cargos públicos, y cinco años de prisión para el exdirector del DAPRE, Alberto Velásquez Echeverri.
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