Colombia cayó en picada en el índice de corrupción mundial

Colombia cayó en picada en el índice de corrupción mundial

El país cayó 6 puntos desde la última medición realizada en el 2016, pasando del puesto 90 al 96 entre 180 países

Por: Martin Eduardo Botero
febrero 26, 2018
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Colombia cayó en picada en el índice de corrupción mundial
Foto: Colprensa

Nueva Zelanda encabezó la lista de 180 países y Somalia se situó en el último puesto. La puntuación del Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) de la organización sin fines de lucro Transparency International (TI) correspondiente a un país o territorio indica el grado de corrupción en el sector público según la percepción de empresarios y analistas de país, entre 100 (percepción de ausencia de corrupción) y 0 (percepción de muy corrupto). Según la última encuesta realizada de TI, en 2017, Colombia cayó 6 puntos desde la última medición (2016) pasando del puesto 90 al 96 entre 180 países. Basta con pensar que, en 2010, el país se encontraba en el peldaño 78 y en 2009 en el puesto 75. En la clasificación anual se puede observar un empeoramiento significante respecto a la corrupción pública, ubicándola entre los países más corruptos de América latina junto a Brasil, Panamá y Perú (ocupando el puesto 18 entre 32 países).

Sin duda, es un resultado susceptible de múltiples interpretaciones. No es mi intención, hacer un análisis detallado del resultado de esta encuesta, pero creo que algunos comentarios pueden ayudarnos a todos a encontrar fórmulas que nos permitan hacer un análisis para hallar los factores que socava la función de un Estado cada vez más ineficiente, corrupto y politizado.

En nuestra opinión, los principales factores responsables de los resultados desfavorables son:

• En lo que concierne a los casos judiciales de corrupción de parte de funcionarios públicos de alto nivel y de actores sociales y políticos y de delincuencia organizada los resultados logrados hasta ahora siguen siendo exiguos.

• La práctica actual muestra que las sanciones impuestas por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) suelen ser poco rigurosas.

• Las graves acusaciones de corrupción en relación con el denominado Cartel de la Toga que salpicaron a miembros del CSJ todavía tienen que ser examinadas cuidadosamente.

• La mayor parte de la responsabilidad recae en la clase política autorreferente, ineficaz que promulga una legislación incoherente con la estructura de los delitos de corrupción, a menudo complejas y en ocasiones contradictorias, mientras que el poder judicial resuelve con instrucciones excesivamente técnicas y parsimoniosas, lentitud en el avance de los procesos, y casos de corrupción" (A/HRC/7/39 y Corr.1, párr. 12), así como algunas resoluciones absolutorias.

• Actualmente se están investigando varios casos de corrupción a alto nivel. Sin embargo, se han comunicado tan solo dos condenas en casos de corrupción a alto nivel desde 2017.

• No se ponen a disposición las declaraciones de bienes de los funcionarios de alto nivel, ministros y diputados, que deberían ser publicadas en un sitio especialmente dedicado a tal efecto.

• Tampoco se tiene constancia de ningún caso en que se haya investigado los supuestos casos de conflicto de intereses que afectan a altos funcionarios y diputados.

• Siguen registrándose casos de controles administrativos insuficientes para evitar las irregularidades y detectar las infracciones administrativas. Cabe observar, sin embargo, que en muchos casos la procuraduría y la contraloría tienen indicios de esas irregularidades o infracciones y han sido lo suficientemente «proactivos» para determinar los riesgos y detectar de oficio posibles casos de fraude y corrupción.

Esto implica que se establezcan mejores prioridades, que nos concentremos en las reformas importantes y decisivas, especialmente las que tienen por objeto:

• Adoptar medidas constitucionales que eliminen cualquier ambigüedad relativa a la independencia y responsabilidad del sistema judicial

• La adopción y aplicación de una nueva ley relativa al sistema judicial, la nueva normativa y de los códigos de procedimiento penal y administrativo, principalmente el principio de la oportunidad de las actuaciones judiciales, que se deja a la apreciación del fiscal.

• Por lo que a las sanciones se refiere, establecer penas eficaces, proporcionadas y disuasorias y, cada vez con mayor frecuencia, fijar la duración mínima de la pena máxima.

• Introducir normas claras sobre transparencia y debate público y codificar las diferentes fases del procedimiento legislativo.

• El traspaso de la responsabilidad de la evaluación de los altos magistrados del CSJ a una comisión central de evaluación o Comité de vigilancia y la creación de dos subcomisiones para jueces y fiscales, y la aplicación del código de conducta para los magistrados, teniendo en cuenta los Principios de Bangalore sobre la conducta

• Realizar investigaciones profesionales y no partidistas en casos de denuncia de corrupción a alto nivel e informar a la sociedad civil sobre las mismas.

• Modificación de la ley del poder judicial para reforzar la responsabilidad disciplinaria de los miembros del CSJ

• Informar sobre las inspecciones internas de instituciones públicas y la publicación del patrimonio de altos cargos

• Reformar sustancialmente la ley sobre el decomiso de los productos de los delitos, así como revisar la Ley de regulación de los conflictos de intereses.

• Fortalecer las estructuras de la Fiscalía para combatir los delitos graves, utilizando equipos conjuntos de investigación en algunos casos prioritarios sobre corrupción a alto nivel y delincuencia organizada.

• La reforma del Consejo Superior de la judicatura y de la Corte Suprema de Justicia deben convertirse en una prioridad nacional y extenderse a más campos para lograr una profunda reforma del poder judicial.

Nota:

Índice de Percepción de la Corrupción 2017 de Transparency International América

Índice de Percepción de la Corrupción 2017 de Transparency International

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