Beneficios tributarios para la ciencia en medio del COVID-19

Beneficios tributarios para la ciencia en medio del COVID-19

Sobre la convocatoria de MinCiencias para beneficios tributarios a proyectos de privados en ciencia, tecnología e innovación

Por: María Piedad Villaveces Niño
junio 14, 2020
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Beneficios tributarios para la ciencia en medio del COVID-19
Foto: Observatorio Universidad Colombiana

Desde el 2019 el Ministerio de Ciencias - MinCiencias, abrió una convocatoria para que las entidades privadas con ánimo de lucro presentaran proyectos a ser aprobados y que pudieran acceder al beneficio tributario de ciencia, tecnología e innovación.

Es importante recordar las reglas para acceder a este beneficio, que estimula la inversión de las empresas del sector privado en cualquiera de las actividades de ciencia, tecnología e innovación, sobre todo, en la difícil condición económica por la que atraviesa el país debido al Covid 19.

Condiciones para acceder al beneficio:

  1. Ser empresa con ánimo de lucro constituida legalmente en Colombia.
  2. Presentar al Consejo de Beneficios Tributarios de MinCiencias un proyecto de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, cuya inversión será realizada durante el año 2020 y vigencias fiscales futuras inclusive. Aunque es ventanilla abierta, la próxima fecha de cierre es el 15 de julio de 2020.
  3. Tener el pronunciamiento del Consejo de Beneficios Tributarios que otorga el cupo de beneficio tributario.

Una vez cuente con las tres condiciones anteriores, la empresa deberá iniciar la ejecución del proyecto con sus propios recursos durante la vigencia establecida y siguiendo estrictamente el cronograma así como la metodología que se presentó en el proyecto aprobado por el Consejo de Beneficios Tributarios de MinCiencias.

En el momento en que se deba pagar el impuesto a la renta, la empresa que fue favorecida del beneficio tributario informará a la DIAN que tiene un cupo de deducción en renta del 100% de la inversión que hizo por el proyecto que presentó al Consejo de Beneficios Tributarios y además un cupo de descuento tributario del 25% de la inversión. Lo anterior tiene sólo una restricción: que no puede superar el 25% del impuesto a pagar.

En el momento de aislamiento preventivo obligatorio que nos avocó el Covid 19, en el que nos hemos visto obligados a apoyarnos en los sistemas de información para seguir trabajando, las inversiones en ciencia, tecnología e innovación pueden ser pagadas por el Estado, si se estructuran en forma de proyectos y se presentan al Consejo de Beneficios Tributarios de MinCiencias.

Tener esta información a la mano puede ayudar a muchos industriales que hoy están buscando toda clase de fuentes de recursos para seguir en el mercado. Por ello, considero importante recordar que existe este beneficio tributario para quienes invierten en actividades de investigación y desarrollo de nuevos productos o servicios en Colombia.

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