El colectivo ciudadano Carnaval Sin Talco logró que la autoridad municipal de Pasto prohibiera la comercialización y el uso del denominado “talco carnavalero”, tras considerarse un asunto de salud pública. La decisión se fundamenta en análisis técnicos que establecen que el producto está compuesto por residuos industriales con posibles efectos nocivos para la salud humana y el medio ambiente.
Uno de los principales soportes de la medida fue el análisis físico-químico realizado por el Laboratorio de Difracción de Rayos X de la Universidad Industrial de Santander, sobre muestras del talco comercializado en Nariño y Cauca, utilizado tradicionalmente durante el Carnaval Andino de Negros y Blancos. Los resultados indicaron que el producto contiene, entre otros componentes, cristales de cuarzo y arcillas minerales.
Desde comienzos de 2025, varios ciudadanos interpusieron derechos de petición ante la administración municipal de Pasto solicitando la suspensión del uso del talco, apoyados en conceptos técnicos y en preocupaciones relacionadas con la salud pública y el medio ambiente. Ante la falta de una decisión administrativa, el colectivo ciudadano presentó una acción popular, que fue admitida por el Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Pasto.
Mediante auto del 1 de diciembre, el despacho judicial ordenó como medida cautelar la suspensión de la comercialización y del uso del producto conocido como “talco carnavalero” o “caolín”, así como la implementación de campañas pedagógicas orientadas a informar a la comunidad sobre los riesgos asociados a su utilización.
De manera previa, los alcaldes de los municipios de Ipiales, Túquerres y La Unión habían expedido decretos que prohibían el uso de este polvo en sus respectivas jurisdicciones. Según los análisis técnicos citados en el proceso, el material estaría compuesto aproximadamente por 58 % de cuarzo y 27 % de arcilla blanca, entre otros minerales.
Investigaciones bibliográficas y fuentes científicas consultadas por el colectivo indican que la sílice cristalina (cuarzo) está clasificada como carcinógeno tipo 1 por la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC), adscrita a la Organización Mundial de la Salud (OMS). Otros componentes identificados son utilizados comúnmente en procesos industriales como la fabricación de vidrio, cemento y cerámicas, y su dispersión en el aire puede generar afectaciones respiratorias, oculares y dermatológicas.
De acuerdo con los accionantes, el material particulado generado por este producto puede afectar la calidad del aire, el agua, los suelos y la vegetación urbana, especialmente en una ciudad como Pasto que no cuenta con planta de tratamiento de aguas residuales, lo que incrementa el impacto ambiental.
El proceso judicial también evidenció que el producto no cuenta con registro sanitario del INVIMA y que su distribución se realizaba desde bodegas ubicadas en el sector del mercado del Potrerillo, desde donde era enviado a otros municipios del departamento.
La decisión judicial ordena al Municipio de Pasto expedir un decreto que prohíba el uso del falso talco durante los Carnavales de Negros y Blancos de 2026, así como adoptar medidas administrativas y de policía para garantizar la efectividad de la prohibición y desarrollar campañas educativas a través de medios de comunicación.
El alcalde de Pasto fue notificado formalmente de la decisión judicial, que busca prevenir riesgos para la salud pública y el medio ambiente durante las celebraciones.
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