Los enemigos de las reformas socioeconómicas y la justicia social

Todo ciudadano con sentido de honestidad, debe reconocer que el presidente Petro dispone de vocación de servicio humanitario y afinidad humanística

Por: MARCOS SILVA MARTINEZ
abril 10, 2024
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Los enemigos de las reformas socioeconómicas y la justicia social

La oposición irracional, retardataria  y perversa, de la extrema derecha, al mando del uribismo y de los gremios económicos y tradicionales dueños  y usufructuarios del poder económico-político, son los enemigos de las Reformas Socioeconómicas y la justicia social. El dominio del poder político-económico, por más de 200 años, les impide reconocer derechos sociales básicos, de los ciudadanos y esa la causa de evitar a toda costa, el desarrollo socioeconómico nacional.

La decisión y acciones de oposición al desarrollo nacional, responde al convencimiento de que el contenido de las Reformas Socioeconómicas e Institucionales, del nuevo gobierno, les reducen las prebendas que les garantiza el dominio del poder público.

El  actual gobierno, debe ser absolutamente consciente de la peligrosidad de esa oposición y de los desafíos que debe asumir y pragmático para tomar prontas,  profundas y radicales decisiones al respecto.

Es inocultable que durante dos siglos de poder político y económico, ejercido por la derecha y extrema derecha y de cogobierno con los gremios económicos, financieros, industriales y terratenientes, lo único que se cimentó, prosperó y prevalece en Colombia es la inequidad socioeconómica, la pobreza,  la desigualdad, la corrupción, la concentración de la riqueza y el capital, la criminalidad,  la impunidad y el subdesarrollo socioeconómico, cultural, académico y científico.

Sin profundas, radicales e integrales reformas de toda la normatividad institucional vigente, incluidas drásticas normas legales y procedimentales, para contener y erradicar la corrupción, la criminalidad y el colapso  ético y moral del poder, erradicar la politiquería, el clientelismos y la impunidad, en todos los niveles de la administración pública colombiana, es imposible la reconstrucción integral nacional que requiere Colombia.

Ante la irracional y perversa oposición de la extrema derecha, representada en el Congreso por el diabólico uribismo, enemigos confesos del desarrollo nacional y de la equidad socioeconómica, el gobierno del Sr. Petro,  debe recurrir a las mayorías nacionales, al pueblo en general que requieren esas reformas, para que el pueblo, como Constituyente Primario,  utilice los recursos constitucionales, consagrados en la Constitución de 1991 y de esa manera, el  Constituyente Primario, logre la aprobación de las inaplazables, Reformas Socioeconómicas que el Congreso, obstinada e irracionalmente, boicotea y niega su  aprobación.

Con fundamento en las anteriores consideraciones, el actual gobierno y organizaciones sociales,  pueden y deben lograr la aprobación de las Reformas Socioeconómicas e Institucionales, mediante la aplicación del ordenamiento legal para la Participación Ciudadana, como el Referendo y la participación masiva del Constituyente Primario.

De acuerdo con lo que esta demostrando el Congreso y la posición de los Gremios Económicos, industriales y Financieros, es el único recurso legal con el que se puede lograr que la Reformas presentadas por el actual gobierno, se conviertan en políticas de Estado y que el mismo Constituyente Primario, determine el contenido y alcance de esas reformas.

A través de esos recursos legales, es ampliamente posible, lograr la aprobación de todas las Reformas que requiere el desarrollo nacional y la reconstrucción de la nación colombiana, si el Congreso impide y niega  su aprobación.

Las reformas, socioeconómicas, presentadas y las anunciadas por el gobierno presente, son imperativos morales  y sociales e imprescindibles para garantizar el cumplimiento de las obligaciones y deberes sociales y políticos del Estado.

El análisis crítico, de la lamentable y caótica situación general de la nación, indican que, son  imprescindibles e inaplazables, entre otras, las siguientes Reformas:

  1. -Reforma Salarial y Pensional, en un solo Referendo, pero más a fondo.

2. -Reforma al Sistema Nacional de Salud. De más alcances y más precisiones.

3. -Reforma al sistema nacional Académico-Educativo. Integral y constructivo.

4. -Refrorma Integral al Sistema Nacional de Contratación Pública. Es la vera rota del fisco, nacional, departamental y municipal.

5. -Reforma integral al Sistema Judicial. Es piedra angular contra la corrupción, la mediocridad y la politiquería, que se tomaron esa Rama del Poder Público.

La Reforma Pensional y Laboral es piedra angular de Reforma Socioeconómica y mensaje específico a las llamadas Altas Cortes, hoy al servicio de las élites.

El constituyente primario, en la Reforma Pensional y Laboral,  mediante el uso de recursos constitucionales,  debe  ordenar que:

1.1. -Establecer que, en Colombia, en el sector público, a partir de la aprobación del Referendo, por concepto de salario y complementarios, ninguna entidad pública o mixta, puede pagar a trabajador o prestador de servicios,  por concepto de salarios y complementarios,  10 salarios mínimos mensuales.

1.2 -Ordenar que en Colombia, en el sector público Oficial,  a partir de la aprobación del Referendo, a nadie pueden pagar más de 8 salarios mínimos mensuales, por concepto de pensión y complementarios y en todos los casos, la liquidación de pensión tiene que hacerse con base en el salario básico mensual, únicamente.

1.3 -Ordenar que todo colombiano en estado de invalidez económica y/o abandono familiar, a partir de los 65 años, tiene derecho a recibir del Estado, una pensión mensual  permanente de medio salario mínimo mensual,  sin derecho a sucesión pensional.

1.4. -Ordenar que el Salario Mínimo, a partir del primero de enero de 2023, se tiene que incrementar porcentualmente, en partes iguales,  durante los cuatro años siguientes, a la declaratoria de vigencia, del presente ordenamiento del Constituyente Primario, hasta alcanzar el valor de la Canasta Básica Familiar Oficial. Del cuarto año de vigencia del presente ordenamiento y a partir de ese monto, el salario mínimo tiene que incrementarse anualmente, en igual porcentaje al del crecimiento de la Canasta Básica  Familiar Oficial, de cada  año.

1.5.- Ordenar que el ingreso a la función pública, como funcionario del estado de nómina o por contrato de servicios, siempre corresponda a selección por concurso público de conocimientos y que para poder concursar, debe demostrar que su formación académica es directamente afín con las funciones que debe desarrollar o ejercer, en el cargo para el cual concursa. Siempre debe seleccionarse, estrictamente en orden descendente.

1.6.- La selección de funcionarios de libre nombramiento y remoción, como ministros, jefes de dependencia y similares, en lo nacional, departamental y municipal, tiene que hacerse siempre acatando el criterio de que el candidato y/o seleccionado, debe demostrar que su formación académica tiene que ser directamente afín con las funciones del cargo para el cual es nombrado.

1.7.- Todo lo ordenado en las precedentes decisiones aprobadas, solo pueden derogarse o modificarse mediante consulta directa, al constituyente primario.

Todo ciudadano con sentido de responsabilidad social y honestidad, debe reconocer y entender que el presidente Petro dispone de vocación de servicio humanitario y afinidad humanística. Que como humano, comete errores, pero los objetivos que trata de lograr, son estrictamente humanitarios, que buscan mejorar las condiciones socioeconómicas de las mayorías, desplazadas de las oportunidades y derechos sociales.

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