A partir del 15 de septiembre los deudores podrán obtener cuantiosos descuentos en las infracciones de tránsito que tengan encima

 - Todo lo que necesita saber para que le perdonen una parte de las multas de tránsito que debe

A partir del 15 de septiembre  los deudores que tengan comparendos de tránsito en todo el territorio colombiano podrán aprovechar para obtener descuentos en el capital de la multa y en los intereses en mora.

La ley 2155 que estipula el pago de multas establece claramente cuales son las condiciones que deben cumplir los morosos para obtener estas rebajas:

Para conductores de vehículos

-Condición Especial de Pago para los deudores de multas de tránsito
-Exigible para multas ejecutoriadas desde el 30 de junio de 2021 hacia atrás
-No incluye la embriaguez con este beneficio para estos conductores (parágrafo 1)

-Tiene una vigencia de 12 meses hasta septiembre 14 de 2022
Paga 50% de capital. Sept. 14 de 2021 – Mayo 14 de 2022 (8 meses)
Paga 80% de capital. Mayo 15 de 2021 – Sept. 14 de 2022 (4 meses)

Para conductores de motos:

-Condición Especial de Pago para los deudores de multas de tránsito
-Exigible para multas ejecutoriadas desde el 30 de junio de 2021 hacia atrás
-Este beneficio incluye la embriaguez para motociclistas
-Tiene una vigencia de 12 meses hasta Septiembre 14 de 2022
Paga 20% de capital, Sept. 14 de 2021 – Marzo 14 de 2022 (6 meses)
Paga 40% de capital, Marzo 15 de 2021 – Mayo 14 de 2022 (2 meses)
Paga 60% de capital, Mayo 15 de 2021 – Sept. 14 de 2022 (4 meses)

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