Una cátedra de ética jurídica. In memoriam, a los cuarenta días de su fallecimiento

 - EL PADRE JAVIER GIRALDO MORENO S.J. Y LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA
Es es un espacio de expresión libre e independiente que refleja exclusivamente los puntos de vista de los autores y no compromete el pensamiento ni la opinión de Las2Orillas

A los cuarenta días de la muerte del Padre Javier Giraldo Moreno, sacerdote jesuita, teólogo, filósofo y defensor de los derechos humanos, corresponde recordar no solamente la hondura ética de su vida, sino también la vigencia de una de sus contribuciones más significativas para el pensamiento jurídico colombiano: su escrito sobre la objeción de conciencia.

El P. Giraldo Moreno falleció en Bogotá el 25 de agosto de 2026, tras una vida consagrada al acompañamiento de las víctimas del conflicto armado, a la documentación de violaciones de derechos humanos y a la defensa de comunidades históricamente marginadas. Su obra intelectual no puede comprenderse separada de esa experiencia: fue un pensador que escribió desde la conciencia moral, desde la memoria de los oprimidos y desde una exigencia radical de verdad y justicia. 

El encuentro en la Biblioteca Luis Ángel Arango

En mayo de 2010 tuve la oportunidad de asistir, en la Biblioteca Luis Ángel Arango, a un acto académico dedicado a la obra del maestro Rafael Gutiérrez Girardot. El encuentro reunió a lectores, académicos y juristas en torno a la figura de uno de los ensayistas más lúcidos del pensamiento colombiano, reconocido por la profundidad de sus análisis filosóficos y literarios, así como por su singular capacidad para pensar la cultura desde una perspectiva crítica.

Compartimos aquella jornada, entre otros asistentes, con el profesor de Filosofía de la Universidad Nacional Rubén Jaramillo; el notario tercero y jusfilósofo Hernán Ortiz; el erudito académico y jurista Augusto Ardila; el exmagistrado Carlos Gaviria Díaz; y los Cofrades Gutierristas Jaime Arévalo, Gustavo Bustamante, Felipe García y el poeta Fernado Denis. El ambiente era el propio de quienes conciben el ensayo como una forma exigente de pensamiento: rigurosa, libre y comprometida con la claridad.

Al término del acto, se le preguntó al magistrado Gaviria cuál consideraba él un buen ensayo jurídico; es decir, un texto capaz de constituir una referencia y un aporte genuino a la ciencia del derecho. Su respuesta fue memorable.

Dijo que el mejor ensayo jurídico que acababa de leer versaba precisamente sobre la objeción de conciencia. No había sido escrito, precisó, por un jurista de formación, sino por un teólogo y filósofo jesuita: el Padre Javier Giraldo. Para el exmagistrado, aquel texto constituía una verdadera cátedra sobre la materia.

Sigue a Las2orillas.co en Google News

Fue un concepto autorizado y elogioso, pronunciado por quien conocía de cerca el derecho constitucional, la crítica jurídica y las tensiones entre moral, poder y Estado. Aquella valoración nos llevó, de inmediato, a buscar y leer el escrito del padre Giraldo.

El escrito sobre la objeción de conciencia

El texto del P. Javier Giraldo no era un ejercicio meramente teórico. En él, el P. Giraldo planteó la objeción de conciencia como el derecho de toda persona a rechazar leyes, órdenes o exigencias estatales que contradigan sus convicciones morales profundas, sustentadas en razones religiosas, filosóficas o políticas. 

Su reflexión encontró en Colombia una expresión concreta cuando, en 2009, invocó la objeción de conciencia para excusarse de participar en una diligencia judicial, argumentando un impedimento moral derivado de décadas de experiencias con una administración de justicia que, a su juicio, había consagrado la impunidad, la falsedad y la injusticia. El escrito se apoyó en el artículo 18 de la Constitución Política, conforme al cual nadie será obligado a actuar contra su conciencia. 

El documento relata los siguientes casos concretos que erosionaron su fe en el sistema judicial:

  1. Desaparición forzada de un campesino en Bolívar (1993) con falsificación de declaraciones e informes médicos.
  2. Masacre de El Carmen de Chucurí, donde los denunciantes fueron asesinados y el proceso saboteado desde la Fiscalía.
  3. Declaraciones del suboficial Bernardo Alfonso Garzón revelando fabricación de pruebas por organismos de inteligencia.
  4. Masacre de Trujillo, con un testigo clave declarado «loco» y luego descuartizado.
  5. Montajes judiciales contra campesinos inocentes con testimonios falsos pagados.

Estos casos no se presentan como anomalías, sino como manifestaciones de un patrón estructural donde la prueba testimonial es el mecanismo central de una justicia corrupta, fácilmente manipulable para servir intereses políticos.

Más allá de las discusiones que pueda suscitar la extensión de esta figura frente a deberes procesales o ciudadanos, el aporte del P. Giraldo reside en haber mostrado que la objeción de conciencia no es una simple excusa ni una forma de anarquismo jurídico. Es, en su formulación más exigente, un acto moral de resistencia frente a aquello que la conciencia reconoce como injusto.

La jurisprudencia constitucional colombiana ha reconocido, además, que la objeción de conciencia es un derecho fundamental autónomo, vinculado con la libertad de conciencia, y que puede operar frente a normas o actuaciones estatales concretas. En materia de servicio militar, por ejemplo, la Corte Constitucional ha sostenido que procede la exención cuando existen convicciones sinceras, fijas y profundas, manifestadas externamente y verificables. 

Impunidad sistemática y persecución de víctimas

El texto describe una dinámica dual: impunidad absoluta para agentes del Estado y paramilitares, y persecución judicial contra víctimas y defensores de derechos humanos. Esta estructura, según el jesuita Giraldo, convierte al sistema judicial en un instrumento de injusticia más que de justicia. 

Un ensayo jurídico desde la ética

Lo que Carlos Gaviria Díaz reconoció en aquel escrito fue algo que el derecho académico no siempre sabe valorar: la capacidad de un texto para iluminar una institución jurídica desde la experiencia ética y moral. El padre Giraldo no escribió como tecnócrata del derecho, sino como hombre de conciencia. Permítaseme señalar que su ensayo posee una fuerza que muchos tratados carecen.

Su lenguaje no busca la neutralidad fría; busca la coherencia entre lo que se cree, lo que se afirma y lo que se hace. En ello reside su valor pedagógico: enseña que el derecho no se agota en la norma positiva, sino que debe ser leído a la luz de la dignidad humana, la verdad y la justicia. Debo agregar que el P. Giraldo fue Maestro y Pedagogo, enseñó en el colegio Mayor de San Bartolomé y en la Universidad Javeriana. Tenía la destreza de un gran comunicador. 

Cuando falleció el magistrado Carlos Gaviria, la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma organizó un acto de homenaje en su memoria, al cual asistí por invitación de la ilustre exalcaldesa de Apartadó, Gloria Cuartas. En aquella ocasión, celebrada en mayo de 2015, se encontraba también el padre Javier Giraldo, a quien referí el concepto que el magistrado había emitido sobre su escrito acerca de la objeción de conciencia. El padre Giraldo acogió la opinión del jurisconsulto con sencillez y gratitud, como corresponde a todo hombre grande. Le pregunté entonces si la objeción de conciencia se refería únicamente a la moral o si involucraba también la ética. Me respondió que atañe a ambas dimensiones: a la moral, porque nace de convicciones personales profundas sobre aquello que la conciencia reconoce como justo y coherente; y a la ética, porque tales convicciones deben expresarse mediante razones racionales, defendibles y comprometidas con los valores 

Memoria y vigencia

A cuarenta días de su muerte, recordamos al padre Javier Giraldo Moreno no solo como un defensor de derechos humanos, sino como un pensador cuya obra interpela al jurista, al funcionario, al gobernante, al juez y al ciudadano. Su escrito sobre la objeción de conciencia, publicado hace 17 años, sigue siendo una invitación a preguntarse si el derecho puede exigir del ser humano aquello que su conciencia considera moralmente inaceptable.

La respuesta que dejó el P. Giraldo no fue la evasión del deber, sino la afirmación de que existe un límite ético infranqueable: la dignidad de la conciencia humana. Por eso, su texto permanece como una verdadera cátedra, tal como lo reconoció el magistrado Carlos Gaviria Díaz, y como un legado intelectual y moral que Colombia no debe olvidar.

N.B.: Para quienes quieran obtener o leer el texto completo del escrito de la objeción de conciencia del P. Javier Girarldo, les dejo el enlace:

Objeción de Conciencia - Desde los Márgenes

Roberto Córdoba Triviño

[email protected]

También le puede interesar:

Anuncios.