Cinco países han dejado la CPI en 2026 y crecen rumores sobre Colombia. Pero no hay salida oficial: el proceso tarda un año y puede revertirse, como en Hungría

Black-and-white photo of a man in a suit reading a book at a desk, with a small statue of Lady Justice in the foreground - ¿Salir de la Corte Penal Internacional? Lo que el debate omite

Desde mediados de agosto circula la versión de que el Gobierno estaría evaluando retirar a Colombia de la Corte Penal Internacional. Hasta hoy es solo eso: una versión. No hay comunicación oficial de la Presidencia ni de la Cancillería, y en el registro de las Naciones Unidas Colombia sigue apareciendo como lo que es desde el 5 de agosto de 2002: un Estado parte del Estatuto de Roma. Escribo, entonces, sobre una hipótesis y no sobre un hecho. Pero la hipótesis merece tomarse en serio, porque el debate se llenó de afirmaciones que las fuentes no respaldan y porque la pregunta dejó de ser local: 2026 la convirtió en un asunto mundial.

Los números lo muestran. En lo corrido del año, cinco Estados notificaron su salida: Níger, Burkina Faso y Malí en junio; Venezuela y Chad en julio. Hungría, que había anunciado la suya en 2025, se arrepintió en mayo, cuatro días antes de que se consumara. El procedimiento es de una sencillez engañosa: basta una carta al Secretario General de la ONU, sin explicar motivos. Lo que casi nadie cuenta es lo que viene después de la carta.

Porque la salida no opera al día siguiente sino un año después, y durante esos doce meses el país sigue siendo parte del tratado con todas sus obligaciones. Colombia aprendió esa lección de la peor manera. Cuando denunció el Pacto de Bogotá, en noviembre de 2012, sostuvo que la denuncia regía de inmediato para los pleitos nuevos. Nicaragua demandó un día antes de vencerse el año, y la Corte Internacional de Justicia, en 2016, le dio la razón a Managua: el tratado siguió vigente, completo, durante todo ese año. La regla del Estatuto de Roma es idéntica a la de aquel Pacto. Quien firme la nota no cierra una puerta: abre una ventana de doce meses en la que todo sigue igual, incluida la exposición del Estado.

La ventana también funciona en el otro sentido: mientras el plazo corre, la notificación se puede revocar. Lo hizo Gambia en 2017, lo hizo Sudáfrica ese mismo año y lo hizo Hungría hace tres meses. Ningún retiro es irreversible mientras el año no se cumpla, y ese dato cambia la lectura política de cualquier anuncio.

¿Y quién decide en Colombia? La respuesta corta es que el Presidente, como director de las relaciones internacionales; una ley de 1944 lo presupone y así se han tramitado todas nuestras denuncias de tratados, del Pacto de Bogotá a Unasur, sin que ningún juez lo objetara. Pero la respuesta corta no es la completa. La cuestión nunca ha sido resuelta de frente por nuestros tribunales, y el único juez del mundo que ha examinado el punto —el sudafricano, en 2017— concluyó que su gobierno no podía retirarse de la CPI sin la aprobación previa del Parlamento de ese país, y lo obligó a revocar la notificación. Aquí ese pleito es previsible. El Gobierno probablemente lo ganaría; pero gratis no le saldría.

Falta la pregunta que más inquieta: ¿qué pasaría con los procesos? Y aquí aparece la singularidad colombiana que el debate ignora. La Fiscalía de la CPI examinó al país durante diecisiete años y cerró ese examen en octubre de 2021 con un acuerdo de cooperación en el que dejó constancia de que la justicia colombiana —la ordinaria y la transicional— estaba funcionando. Hoy no hay investigación abierta contra Colombia en La Haya. Venezuela, en cambio, se va con una investigación en curso, y sus deberes de cooperación la acompañarán después del retiro. Son dos salidas que no se parecen en nada.

Tampoco habría borrón y cuenta nueva. Los crímenes internacionales seguirían tipificados en nuestro Código Penal; los deberes de investigar, juzgar y sancionar seguirían exigibles ante el Sistema Interamericano, cuya vigilancia no bajaría sino que, previsiblemente, subiría; el Consejo de Seguridad conservaría la facultad de remitir situaciones a la Corte; y otros Estados podrían juzgar estos crímenes bajo sus propias leyes. Salir de la CPI no apaga la justicia penal internacional: apenas renuncia a una silla en ella.

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Queda el argumento estrella del retiro: recuperar soberanía. Merece un examen sereno. La CPI funciona bajo el principio de complementariedad: solo actúa donde la justicia nacional no responde. Y en el caso colombiano el Fiscal de la CPI dejó constancia oficial, por escrito, de que la nuestra estaba respondiendo. Retirarse de un tribunal que ya había declarado su confianza en el Estado no amplía la soberanía; renuncia al testimonio internacional de que se la estaba ejerciendo bien. Esa paradoja importa más que todos los tecnicismos, y quien tenga la decisión en sus manos hará bien en detenerse en ella antes de firmar la nota.

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Por Ricardo Andrés Giraldo Cifuentes

Abogado penalista · Conjuez del Tribunal Superior de Medellín · Docente de maestría · Autor y conferencista internacional