Las democracias no suelen morir de un día para otro. Se deterioran cuando las instituciones dejan de aplicar las mismas reglas para todos. Colombia ya vivió esa experiencia con la parapolítica, el mayor escándalo de infiltración criminal en la representación política del país.
Las cifras aún impresionan: 139 congresistas fueron investigados y 37 terminaron condenados por sus vínculos con estructuras paramilitares. La lección fue clara: cuando organizaciones armadas interfieren en la voluntad popular, la democracia pierde legitimidad y el Estado tiene el deber de investigar.
Paradójicamente, uno de los principales denunciantes de ese fenómeno fue Gustavo Petro. Desde el Congreso sostuvo que ningún proyecto político podía construirse sobre la intimidación de los ciudadanos. Hoy ese mismo estándar debería aplicarse a cualquier dirigente político, sin excepción.
No es una categoría jurídica; es una pregunta que la justicia debe responder
El llamado "parapetrismo" no existe como categoría jurídica. Es un término del debate político que plantea una pregunta: si hoy existieran denuncias serias sobre la influencia de organizaciones armadas ilegales en procesos electorales, ¿actuaría la justicia con el mismo rigor que durante la parapolítica?
La respuesta solo puede construirse sobre pruebas. Como sostiene Francisco Gutiérrez Sanín, la relación entre violencia y política debe analizarse con evidencia y no con presunciones. En la misma línea, Eduardo Pizarro Leongómez advierte que la persistencia de los actores armados ilegales sigue siendo uno de los principales desafíos para la democracia colombiana.
Las alertas no son pruebas, pero tampoco pueden ignorarse
Las alertas no provinieron únicamente de la MOE. La Defensoría del Pueblo, la MAPP/OEA y organismos de las Naciones Unidas también advirtieron que la violencia y el control territorial de grupos armados podían afectar la libertad del voto. Aunque estas advertencias no prueban delitos electorales, sí justifican investigaciones.
Surge entonces una pregunta institucional:
¿Cuántos de los congresistas elegidos en mayo de 2026 obtuvieron sus mayores votaciones en municipios donde la MOE advirtió riesgos extremos por violencia y control territorial?
La coincidencia geográfica no demuestra responsabilidad penal, pero sí puede orientar investigaciones cuando existan denuncias y otros elementos de prueba.
¿Cuántos estarían hoy dispuestos a contar quién los amenazó o por quién les ordenaron votar?
También merece investigación que 218 mesas de votación registraran el 100 % de los votos para un mismo candidato, varias ubicadas en regiones de alto riesgo electoral. Estos hechos no prueban un delito, pero sí justifican una investigación seria. Difícil será obtener esos testimonios mientras persistan el miedo y las retaliaciones de estructuras como el ELN, las disidencias de las FARC, el Clan del Golfo y otros grupos armados.
Es difícil atrapar una nube. Solo cuando cae la lluvia sabemos que estaba allí. Algo parecido ocurre con el constreñimiento al elector: solo adquiere relevancia jurídica cuando se convierte en pruebas y testimonios.
La democracia exige un solo rasero
Como recuerda Francisco Gutiérrez Sanín, la violencia y la política deben analizarse con evidencia. Eduardo Pizarro advierte que los actores armados siguen amenazando la democracia. El jurista Luigi Ferrajoli sostiene que "la igualdad ante la ley constituye la primera garantía de la democracia", mientras que Steven Levitsky recuerda que las democracias comienzan a deteriorarse cuando las instituciones dejan de aplicar las reglas de manera imparcial.
Si durante la parapolítica la justicia investigó con firmeza, ese mismo estándar debe aplicarse hoy, sin importar quién gobierne o quién haga oposición.
El vacío jurídico que Colombia debería llenar
La parapolítica nunca fue un delito autónomo. Los responsables fueron condenados por concierto para delinquir, fraude electoral y constreñimiento al sufragante.
Quizá Colombia deba debatir una reforma que sancione de manera específica la captura criminal de los procesos electorales por organizaciones armadas ilegales, cualquiera que sea su origen ideológico. No sería una ley contra un gobierno o un partido; sería una ley para proteger el voto libre.
¿Pueden ser condenados los congresistas elegidos por el constreñimiento?
La respuesta es sí, siempre que la justicia demuestre, más allá de toda duda razonable, que un candidato o un congresista incurrió en delitos como concierto para delinquir, constreñimiento al sufragante, corrupción al sufragante, financiación ilegal de campañas u otras conductas previstas en la ley. Así ocurrió durante la parapolítica: las condenas no nacieron de una etiqueta política, sino de pruebas suficientes que acreditaron responsabilidades individuales.
La pregunta de fondo sigue abierta: ¿tendrá la justicia el mismo valor para investigar y sancionar, cualquiera que sea el partido político involucrado?
Esa respuesta no les corresponde a los columnistas ni a los políticos. Les corresponde a los jueces. Porque cuando la ley deja de aplicarse por igual para todos, el verdadero problema deja de ser un gobierno o una oposición y pasa a ser la credibilidad misma del Estado de derecho.
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