Tenemos Código Sustantivo del Trabajo y ahora decreto 1174
Opinión

Tenemos Código Sustantivo del Trabajo y ahora decreto 1174

Con un solo decreto se acaba la estabilidad laboral, indemnizaciones, salario mínimo, pensión, incapacidades, y se ponen en entredicho vacaciones, cesantías, primas… ¿Cuál tipo de contrato preferirán los empleadores?

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septiembre 08, 2020
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El Código Sustantivo del Trabajo reformado mil veces desde que se expidió en 1950 estableció hasta 1990 la estabilidad laboral, salario mínimo, seguridad social de salud, pensión y riesgos laborales, prestaciones sociales de vacaciones, cesantías y primas de junio y navidad, indemnización por despido, parafiscales de Sena, Icbf y Cajas de subsidio familiar y libertades sindicales de asociación, negociación y huelga.

Y el país tuvo crecimientos y  empleos al menos similares cuando no mejores a los de hoy en día.

Desde 1990 con la llegada del neoliberalismo se estableció la ortodoxia que para poder generar empleo había que establecer la flexibilidad laboral y disminuir los costos laborales.

Y así, flexibilizaron el contrato laboral con la ley 50 del 90 y acudieron a los contratos civiles de prestación de servicios, , cooperativas, empresas SAS, contratos sindical, tercerización laboral, etcétera. El salario mínimo ha sido sometido a una ráfaga de estigmatización señalándolo como muy alto y que debe ser diferencial y mucho más bajo. Con la ley 100 de 1993 privatizaron la salud, las pensiones y riesgos, convirtiéndolos de derechos fundamentales en grandes negocios financieros: EPS, AFP y ARL. Las cesantías fueron reducidas eliminando la retroactividad y llevándolas a fondos privados. Las indemnizaciones por despido han sido reducidas en un 70 %. Las parafiscales de salud (8 %), Icbf (3 %) y el Sena (2 %), fueron liberadas de la responsabilidad de los patronos y trasladados a los ingresos generales de la nación. Y con la combinación perversa de flexibilización laboral y violencia antisindical(genocidio), han diezmado al sindicalismo de una tasa del afiliación del 16 % en los años 80 a un 5 % en nuestros días.

Pero no estaban satisfechos con precarizar y miserabilizar las condiciones de los trabajadores y necesitaban más.

Desde que llegó Iván Duque a la presidencia empezó a hablar de la necesidad de una reforma laboral y pensional. Y negándolo siempre y explicando que el país debería flexibilizar más, en medio de la pandemia y las dificultades que vive la población y los trabajadores y sin ningún diálogo social como lo recomienda la OIT, expidió en medio del autoritarismo que lo caracteriza el decreto 1174 de agosto 31 de 2020.

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En vez de la pensión de un salario mínimo le imponen unos BEPS que es un ahorro individual que en la vejez no representará más de $70.000 mensuales a precios de hoy y no es heredable

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Con este decreto se puede contratar por horas con ingresos de salario por debajo del salario mínimo.  Con pisos de protección social con lo que se pierde los derechos de pensión y de incapacidades y licencias por salud. En vez de la pensión de un salario mínimo le imponen unos BEPS que es un ahorro individual que en la vejez no les representará más de 70 mil pesos mensuales a precios de hoy y no es heredable. Y será prohibido enfermarse o accidentarse en el trabajo por qué nadie les reconocerá las incapacidades. Y la maternidad y paternidad no tendrán derecho a dichas licencias. Y quedarán en entredicho las vacaciones, cesantías y demás prestaciones. Pues ¿cómo se acumularán los tiempos con los diversos patronos? y ¿cuándo cumplirá por horas el equivalente a las vacaciones y cesantías? ¿Y cuál estabilidad laboral si el contrato es por hora laborada? Y si va a conformar sindicato o afiliarse a alguno, pues muy seguro perderá su vinculación por horas.

En conclusión, con un solo decreto, el 1174 de 2020, se acaba la estabilidad laboral, las indemnizaciones por despido,  el salario mínimo, la parafiscalidad del subsidio familiar a las cajas, la pensión, las incapacidades y licencias, las libertades sindicales, y se ponen en entredicho las vacaciones, cesantías, primas, dominicales y festivos.

Y adivinen entonces, ¿con cuál tipo de contrato van los patronos a  vincular los trabajadores?

La respuesta es obvia: con el 1174, que en general va a ser al menos en un 35 % más barato que si lo hicieran con el código sustantivo del trabajo, incluyendo las modificaciones señaladas entre 1990 y el 2019.

Y con ello, adicionalmente, van a "mejorar" los índices de informalidad y desempleo que reporte el  Dane, pues si se mide ahora que cualquier trabajador que labore por horas y por debajo del salario mínimo, que siempre era informal, ahora será FORMAL. Y si el patrono cambia un trabajador de un salario mínimo por dos trabajadores de medio salario mínimo, pues disminuirá el índice de desempleo.

Lo que sí, no disminuirá, será la pobreza y la desigualdad. Se "redistribuirá" la pobreza y se concentrará la riqueza.

Este es el gran legado de Duque a la mayoría de los colombianos.

Posdata: Se ve venir un nuevo 21 de noviembre (21N).

Twitter: fabioariascut

 

 

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